Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2017 (21/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 126

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NORMAS LEGALES

Jueves 21 de diciembre de 2017 /

El Peruano

Ordenanza 1661, ambas expedidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 29022, Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones, y la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley 30228, Ley que modifica la Ley 29022, las únicas normas que rigen la instalación de infraestructura en telecomunicaciones son la referida Ley 29022 y sus modificatorias, así como las disposiciones complementarias que emita el Ministerio de Transportes y Comunicaciones sobre la materia (como, por ejemplo, el Decreto Supremo 003-2015-MTC, Reglamento de la indicada Ley 29022) en concordancia con la ley. Sin embargo, la Municipalidad Metropolitana de Lima impuso la prohibición cuestionada, pese a que las Leyes 29022 y 30228, ni el Decreto Supremo 003-2015-MTC, contienen una prohibición similar. En tal sentido, al exceder lo contemplado en la normativa especial de alcance nacional en materia de instalación de infraestructura de telecomunicaciones, contravinieron las disposiciones detalladas en el párrafo precedente, vulnerando, en consecuencia, el Principio de Legalidad establecido en el numeral 1.1) del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Presidente SALA ESPECIALIZADA EN COMPETENCIA 1599165-18 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL ­ INDECOPI RESOLUCIÓN N° 0400-2017/SDC-INDECOPI AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Sala Especializada en Defensa de la Competencia FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 13 de julio de 2017 ENTIDAD QUE IMPUSO LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Municipalidad Metropolitana de Lima NORMA QUE CONTIENE LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Ordenanza Nº 1067-MML, actualizada con la Ordenanza Nº 1328-MML PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA CONFIRMADO: Resolución Nº 0598-2016/CEB-INDECOPI del 25 de noviembre de 2016 BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES y SUSTENTO DE LA DECISIÓN: La prohibición de instalar estaciones de radiocomunicación para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en el distrito de San Isidro materializada en el código F.45.3.0.06 del Anexo I de la Ordenanza Nº 1067-MML y actualizado con la Ordenanza 1328-MML. La razón es que, en el presente caso se ha podido evidenciar que la Municipalidad Metropolitana de Lima impuso una prohibición que excede lo contemplado en la normativa especial de alcance nacional en materia de instalación de infraestructura de telecomunicaciones, contraviniendo la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley 30228, así como el artículo 4 de la Ley 29022. Presidente SALA ESPECIALIZADA EN DEFENSA DE LA COMPETENCIA 1599165-19 DEFENSA DE LA

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL ­ INDECOPI RESOLUCIÓN N° 0451-2017/SDC-INDECOPI AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Sala Especializada en Defensa de la Competencia FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 3 de agosto de 2017 ENTIDAD QUE IMPUSO LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Municipalidad Metropolitana de Lima NORMA QUE CONTIENE LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Ordenanza Nº 1429-MML modificada por la Ordenanza 1605-MML PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA CONFIRMADO: Resolución Nº 0026-2017/CEB-INDECOPI del 10 de enero de 2017 BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL y SUSTENTO DE LA DECISIÓN: La prohibición de instalar estaciones de radiocomunicación para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en el distrito de San Borja materializada en el código CIIU F.45.3.0.06 del Anexo I de la Ordenanza Nº 1429-MML modificada por la Ordenanza Nº 1605-MML. La razón es que, en el presente caso se ha podido evidenciar que la Municipalidad Metropolitana de Lima impuso una prohibición que excede lo contemplado en la normativa especial de alcance nacional en materia de instalación de infraestructura de telecomunicaciones, contraviniendo la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30228, así como el artículo 4 de la Ley Nº 29022. Presidente SALA ESPECIALIZADA EN DEFENSA DE LA COMPETENCIA 1599165-21

Declaran como barreras burocráticas ilegales diversas medidas dispuestas por la Municipalidad Distrital de San Isidro
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL ­ INDECOPI RESOLUCIÓN N° 0378-2016/SDC-INDECOPI AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Sala Especializada en Defensa de la Competencia FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 18 de julio de 2016 ENTIDAD QUE IMPUSO LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Municipalidad Distrital de San Isidro NORMA QUE CONTIENE LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Ordenanza Nº 387-MSI, que aprueba el Reglamento de Licencias de Funcionamiento en el distrito de San Isidro. PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA CONFIRMADO: Resolución Nº 0557-2015/CEB-INDECOPI del 18 de diciembre de 2015.

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