Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2017 (30/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 195

El Peruano / Sábado 30 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 460-MDB, de fecha 31 de Diciembre del 2016, se aprobó la estructura de costos por concepto del derecho de emisión y estimación de ingresos del servicio de emisión mecanizada de actualización del valúo predial y arbitrios municipales del ejercicio 2017, fijándose en S/ 3.69 (tres y 69/100 Soles), la tasa por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2017 y adicionalmente S/ 0.70 soles, por cada predio o Anexo, siendo esta ratificada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 494-2016/MML, publicado el 31 de diciembre de 2016; Que, en tal sentido y considerando la necesidad de brindar un servicio a la comunidad la Gerencia de Administración Tributaria, mediante el Informe Nº 073-2017-GAT-MDB, remite el Proyecto de Ordenanza que Aprueba el Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización del Autoavalúo Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2018, para su aprobación conforme a ley; y, mediante el Informe Nº 436-2017-GAJ-GM/MDB, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que resulta favorable la aprobación de la Ordenanza propuesta, por encontrarse enmarcada dentro de la normativa vigente, debiendo tenerse especial atención a los plazos establecidos para la presentación al Servicio de Administración Tributaria-SAT; Que, mediante el Proveído Nº 866-2017-MDBGM, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaria general para ser elevados al Concejo Municipal; y mediante Dictamen Nº 023-2017, la Comisión de Economía, Administración y Planeamiento DICTAMINA recomendando al Pleno de Concejo, aprobar la Ordenanza que Aprueba el Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización del Autoavalúo Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2018; Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto En Mayoría de sus miembros, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DEL AUTOAVALÚO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2018 Artículo Único.- PRORROGAR para el ejercicio 2018 la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 460-MDB, publicada en el diario oficial El Peruano el 31 de diciembre del 2016 y ratificada con Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 494-2016/ MML, que fija en S/ 3.69 (Tres y 69/100 Soles) la Tasa por el servicio de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación y Distribución a Domicilio de la Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y, adicionalmente, S/ 0.70 soles por cada Predio o Anexo adicional que se posea, para el Autoavalúo del Predio. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- Facultar al Alcalde de la Municipalidad de Barranco, para que dicte las disposiciones complementarias y necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza. Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, al Área de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión de la misma; a la Secretaría General la publicación en el diario oficial El Peruano y, al Área de Sistemas y Tecnologías de la Información su publicación en el Portal de la Municipalidad de Barranco www.munibarranco.gob.pe. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 1601768-1

Ordenanza que establece incentivo por pronto pago para el Ejercicio 2018
ORDENANZA Nº 491-MDB Barranco, 20 de diciembre del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO Por Cuanto: El Concejo Municipal de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Informe Nº 466-2017-SGRC-GATMDB, de fecha 11 de diciembre de 2017, emitido por la Sub Gerencia de Recaudación y Control; el Informe Nº 091-2017-GAT-MDB, de fecha 12 de diciembre de 2017, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Nº 490-2017-GAJ-MDB, de fecha 12 de diciembre de 2017, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 980-2017-MDB-GM, de fecha 12 de diciembre de 2017, emitido por la Gerencia Municipal; y el Dictamen Nº 027-CEAP-MDB, de fecha 15 de diciembre de 2017, emitido por la Comisión de Economía, Administración y Planeamiento, respecto al proyecto de Ordenanza que regula el Beneficio del Pronto Pago para el ejercicio 2018, en el distrito de Barranco; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; de conformidad con el Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, así como crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, mediante Ordenanza Nº 462-MDB, se aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2017, de la Municipalidad Distrital de Barranco, la misma que fue ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 491-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ambas normas fueron publicadas el 31 de diciembre de 2016 en el diario oficial El Peruano; Que, en mérito a las normas legales referidas, el Concejo Municipal de Barranco aprobó, con fecha 08 de noviembre de 2017, la Ordenanza Nº 485-2017-MDB, que aprueba el régimen tributario de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondiente al año 2018; Que, es política de esta gestión incentivar el cumplimiento voluntario por parte de los administrados de sus obligaciones tributarias, en tal sentido resulta necesario conceder incentivos a los contribuyentes que se encuentren al día en el pago de su Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el año 2017, y que paguen al contado el total del Impuesto Predial, dentro del plazo de vencimiento de la primera cuota correspondiente al año 2018; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipales, contando con el voto Unánime de sus miembros, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL INCENTIVO POR PRONTO PAGO PARA EL EJERCICIO 2018 Artículo Primero.- Los contribuyentes que, al 31 de diciembre del 2017, se encuentren al día en el pago de sus tributos municipales y no registren deudas pendientes

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