Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2017 (08/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Jueves 8 de junio de 2017

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, en el marco del principio de participación, regulado en el literal b) del artículo 3 del Reglamento de la Ley Nº 27446 aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, se debe promover la intervención informada y responsable de todos los interesados en el proceso de evaluación de impacto ambiental, para lograr la ejecución de políticas acordes al SEIA; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM los proyectos de normas que tengan efectos ambientales serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados; Que, teniendo en cuenta que la incorporación voluntaria de los citados lineamientos, en las diferentes etapas del estudio de impacto ambiental --no obstante, constituirán compromisos obligatorios para los titulares, una vez obtengan la certificación ambiental-- tendría algún impacto en el dimensionamiento del proyecto, corresponde se publique dichos documentos para recibir opiniones y sugerencias de los interesados; Que, en tal sentido, corresponde publicar los siguientes documentos denominados "Lineamientos para la incorporación de la mitigación del cambio climático dentro del Estudio de Impacto Ambiental detallado a cargo del Senace" y "Lineamientos para la incorporación de la adaptación al cambio climático dentro del Estudio de Impacto Ambiental detallado a cargo del Senace"; Con los visados de la Secretaría General, la Dirección de Gestión Estratégica y la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM; Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente; la Ley Nº 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE; Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales; y, Reglamento de Organización y Funciones del SENACE, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2015-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación de los siguientes proyectos de documentos denominados "Lineamientos para la incorporación de la mitigación del cambio climático dentro del Estudio de Impacto Ambiental detallado a cargo del Senace" y "Lineamientos para la incorporación de la adaptación al cambio climático dentro del Estudio de Impacto Ambiental detallado a cargo del Senace", en el Portal Institucional de la Entidad (www.senace.gob.pe). Artículo 2.- Los interesados podrán remitir sus opiniones y/o sugerencias, por escrito, a la Sede Central del Senace, ubicada en la avenida Ernesto Diez Canseco Nº 351, distrito de Miraflores; o a la dirección electrónica: consultaspublicas@senace.gob.pe; en un plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICK WIELAND FERNANDINI Jefe del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace 1530060-1

Que, mediante Ley N° 29968 se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace como Organismo Público Técnico Especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente, encargado de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) regulados en la Ley N° 27446 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 4 del Reglamento de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM señala que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución Jefatural N° 025-2017-SENACE/J se designa a la señora Delcy July Chumbiriza Tapia, Especialista en Derecho Ambiental I de la Oficina de Asesoría Jurídica, como responsable suplente del Libro de Reclamaciones y de brindar información de acceso público, así como de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia Estándar del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace; Que, la señora Delcy July Chumbiriza Tapia ha dejado de laborar en el Senace, por lo que resulta necesario designar al responsable suplente del Libro de Reclamaciones y de brindar información de acceso público, así como de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia Estándar del Senace; Con el visado de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ Senace; el Decreto Supremo N° 043-2003-PCM y sus normas modificatorias, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; el Decreto Supremo N° 042-2011-PCM, que obliga a las Entidades del Sector Público a contar con un Libro de Reclamaciones; y, en uso de las atribuciones establecidas en el literal a) y k) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2015-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora Delcy July Chumbiriza Tapia, Especialista en Derecho Ambiental I de la Oficina de Asesoría Jurídica, como responsable suplente del Libro de Reclamaciones y de brindar información de acceso público, así como de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia Estándar del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, efectuada mediante Resolución Jefatural N° 025-2017-SENACE/J. Artículo 2.- Designar al señor Jorge Aurelio Calle Valladares, Especialista en Gestión Pública I de la Oficina de Asesoría Jurídica, como responsable suplente del Libro de Reclamaciones y de brindar información de acceso público, así como de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia Estándar del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, en adición a sus funciones. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Certificación

Designan responsable suplente del Libro de Reclamaciones y de brindar información de acceso público, así como de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia Estándar del SENACE
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 039-2017-SENACE/J Lima, 7 de junio de 2017

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