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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2017 (30/06/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Viernes 30 de junio de 2017 El Peruano / sucesión indivisa o sociedad conyugal que optó por tributar como tal, en la que se indica el detalle de lo declarado y de la operación de pago realizada, así como el respectivo número de orden. 5.3 Tratándose de declaraciones en las que se opte por realizar la cancelación del importe a pagar en los bancos habilitados utilizando el NPS, de no mediar causal de rechazo, el sistema de la SUNAT emite la constancia de presentación de la declaración jurada para la persona natural, sucesión indivisa o sociedad conyugal que optó por tributar como tal, la misma que contiene el detalle de lo declarado, el respectivo número de orden, el NPS y el importe a pagar utilizando el NPS. 5.4 Las referidas constancias pueden ser impresas, guardadas y/o enviadas al correo electrónico que señale la persona natural, sucesión indivisa o sociedad conyugal que optó por tributar como tal. Artículo 6. Plazo para presentar la declaración jurada y efectuar el pago del impuesto La persona natural, sucesión indivisa o sociedad conyugal que optó por tributar como tal puede presentar su declaración jurada hasta el 29 de diciembre de 2017 debiendo efectuar el pago del impuesto hasta el día de presentación de la referida declaración. Artículo 7. Declaración jurada sustitutoria y pago del impuesto 7.1 La persona natural, sucesión indivisa o sociedad conyugal que optó por tributar como tal que presente su declaración jurada puede sustituir esta hasta el 29 de diciembre de 2017, ingresando nuevamente toda la información requerida en el Formulario Virtual Nº 1667 – Declaración, repatriación e inversión de rentas no declaradas, inclusive aquella información que no desea sustituir. 7.2 En caso la persona natural, sucesión indivisa o sociedad conyugal que optó por tributar como tal determine un monto mayor de impuesto en relación con el que determinó en la declaración jurada sustituida, aquella debe abonar la diferencia al momento de presentar la declaración jurada sustitutoria. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. Con fi dencialidad de la información A fi n de mantener la con fi dencialidad de la identidad de las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales que presenten la declaración jurada, así como de la información proporcionada por estas para efecto del acogimiento al Régimen, se debe tener en cuenta lo siguiente: 1. Los integrantes del equipo especializado:a. Son responsables de la custodia, veri fi cación y utilización de la información contenida en las declaraciones juradas, así como de toda la información recibida y recabada de los sujetos que se acojan al Régimen. b. Deben mantener la con fi dencialidad de la información a que se re fi ere el literal anterior, salvo las excepciones previstas en el artículo 85 del Código Tributario, bajo responsabilidad. El incumplimiento de lo previsto en este inciso dará lugar a la sanción que corresponda de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Interno de Trabajo de la SUNAT. 2. Infraestructura:a. Solo se permite el acceso de los integrantes del equipo especializado a los ambientes destinados para la labor que les sea encomendada, para lo cual se sujetarán a los correspondientes protocolos de seguridad. b. No se permite el ingreso de personas ajenas a los ambientes a que se re fi ere el literal anterior, salvo que aquellas cuenten con autorización expresa para ello. Dichas personas también se sujetan a los referidos protocolos. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional ANEXO I ESTRUCTURA DEL FORMULARIO VIRTUAL Nº 1667 – DECLARACIÓN, REPATRIACIÓN E INVERSIÓN DE RENTAS NO DECLARADAS Nº CAMPO DESCRIPCIÓN EXCLUSIONES 1¿Se encuentra excluido por el artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 1264? En caso no se encuentre excluido marca “No estoy excluido” y presiona el botón “Continuar”. INFORMACIÓN DE PARIENTES HASTA EL PRIMER GRADO DE CONSANGUINIDAD Y/O AFINIDAD 2 Tipo de parienteSe selecciona entre los tipos de pariente: cónyuge, concubino(a), padre, madre, hijo(a), suegro(a), yerno y nuera. 3 Tipo de documentoSe selecciona entre los tipos de documento: DNI, pasaporte o carné de extranjería. 4 Número de documentoSe registra el número de documento del pariente. DECLARACIÓN DE RENTAS NO DECLARADAS 5Número de celular y dirección de correo electrónico del declaranteDato obligatorio para contactar al declarante. 6Número de celular y dirección de correo electrónico del representante legalDato opcional en caso requiera adicionar un punto de contacto. 7Número de celular y dirección de correo electrónico del asesor tributarioDato opcional en caso requiera adicionar un punto de contacto. 8 Base imponible Se registra la información correspondiente a la base imponible y otros, conforme al anexo II. 9Detalle consolidado de la base imponibleSe muestra el consolidado de la base imponible por cada rubro y cantidad de registros. DETERMINACIÓN Y PAGO DE LA DEUDA 10 Base imponibleMuestra la sumatoria total de la base imponible. 11 Impuesto resultanteSe muestra una pantalla asistente para registrar el monto acogido sujeto a la tasa de 10% y, de ser el caso, a la tasa de 7%. El impuesto resultante es la suma de los impuestos calculados. 12 Datos de la repatriación Dato obligatorio en caso se acoja a la tasa de 7%. Se registra el nombre o razón social de la empresa del sistema fi nanciero supervisada por la SBS, el medio de pago utilizado, el número de cuenta y la fecha de repatriación. 13 Datos de la inversiónDato obligatorio en caso se acoja a la tasa de 7%. Se registra los datos del tipo de inversión realizado de acuerdo con el detalle de la Tabla Nº 1. 14 Pagos previosEn caso presente declaraciones sustitutorias, se muestran el o los pagos previos de las declaraciones anteriores. 15 Saldo a pagarEs la diferencia del monto de la casilla Impuesto resultante menos el monto de la casilla de pagos previos. 16 Importe a pagarCasilla calculada que muestra el total del saldo a pagar que debe ser pagado en la fecha de presentación de la declaración.