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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2017 (29/03/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de marzo de 2017 / El Peruano - MIGRACIONES, da cuenta que el administrado cumplió con cada uno de los requisitos previstos en el artículo 3° de la Ley N° 26574 y artículo 8° de su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 004-97-IN, concordante con el Anexo 6) del TUPA en el procedimiento para la obtención de la Nacionalidad Peruana por Naturalización; Que, mediante Dictamen Nº 013-2016-MIGRACIONES- AJ, de fecha 4 de julio de 2016, la O fi cina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, opina, no encontrar observación legal al expediente administrativo de obtención de la Nacionalidad Peruana por Naturalización solicitada por el ciudadano argentino Emiliano José Ciucci; Que, el artículo 6° de la Ley N° 26574, Ley de Nacionalidad, establece que la naturalización es aprobada o cancelada, según, corresponda, mediante Resolución Suprema; Con el visado de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52° de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 26574, Ley de Nacionalidad; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-IN; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Reglamento de la Ley de Nacionalidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-97-IN; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Otorgar la Nacionalidad Peruana por Naturalización al señor Emiliano José Ciucci, inscribirlo en el registro respectivo y extenderle el Título de Nacionalidad correspondiente. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1502810-2 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Director II de la Dirección de Beneficencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 102-2017-MIMP Lima, 27 de marzo de 2017CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 265-2016- MIMP se designó al señor Luis Alberto Andrade Olazo en el cargo de Director II de la Dirección de Bene fi cencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; Que, el referido funcionario ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar, correspondiendo designar a la persona que lo reemplazará; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor LUIS ALBERTO ANDRADE OLAZO al cargo de Director II de la Dirección de Bene fi cencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor CARLOS ROBERTO LÍMACO MENDOZA en el cargo de Director II de la Dirección de Bene fi cencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO - LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1502265-1 Aprueban el Plan Operativo Informático 2017 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 103-2017-MIMP Lima, 27 de marzo de 2017Vistos, el Memorando N° 084-2017-MIMP/OGA de la O fi cina General de Administración, el Informe Técnico N° 012-2017-MIMP/OGA.OTI/HEH de la O fi cina de Tecnologías de la Información, el Memorando N° 100-2017-MIMP/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 034-2017-MIMP/OGPP-OP de la O fi cina de Planeamiento y el Informe N° 051-2017- MIMP/OGPP-OPR de la O fi cina de Presupuesto; CONSIDERANDO:Que, el artículo 17 del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, establece que las O fi cinas Sectoriales de Estadística e Informática están encargadas de la producción y del servicio estadístico e informático en su Sector, además de coordinar, planear y supervisar las actividades que realizan los demás órganos estadísticos e informáticos; Que, por Resolución Ministerial N° 19-2011-PCM, se aprobó como actividad permanente la “Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático – POI de las entidades de la Administración Pública” y su Guía de Elaboración, cuyo numeral 4.2, en su inciso b), dispone que la aprobación de la formulación, registro y evaluación del Plan Operativo Informático en las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local, así como en los Organismos Autónomos, es realizada por la máxima autoridad de la entidad; Que, con Informe Técnico N° 012-2017-MIMP/ OGA.OTI/HEH del 20 de febrero de 2017, la O fi cina de Tecnologías de la Información, luego de haber consolidado información de índole técnico de las Unidades Ejecutoras 001: Administración Nivel Central, 006: Programa