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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2017 (29/03/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 84

84 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de marzo de 2017 / El Peruano Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) encontrándose conformado, entre otros, por un (1) representante de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS); asimismo, agrega que los miembros del Consejo Directivo son designados por Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Salud, por un período de cuatro (4) años, pudiendo renovarse por un período adicional; Que, con Resolución Suprema N° 004-2014-SA de fecha 14 de enero de 2014, se designó al señor Luis Fernando Gonzáles – Prada Saponara, como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), en representación de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradora Privada de Fondo de Pensiones (SBS); Que, mediante O fi cio N° 41242-2016-SBS la citada Superintendencia comunica que el señor Luis Fernando Gonzáles – Prada Saponara ya no continuará con el encargo de representar a la SBS, proponiendo en su reemplazo al señor Carlos Francisco Izaguirre Castro; Que, en tal sentido es pertinente dar por concluida la designación efectuada mediante Resolución Suprema N° 004-2014-SA y designar al representante de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) ante el Consejo Directivo de SUSALUD; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; y, el Decreto Legislativo N° 1158, modificado por el Decreto Legislativo N° 1289; y, SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Luis Fernando Gonzáles – Prada Saponara efectuada mediante Resolución Suprema N° 004-2014-SA, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Designar al señor Carlos Francisco Izaguirre Castro, como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), en representación de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS). Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1502810-3 REQUISITOS PARA PUBLICACI ŁN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario O fi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justi fi car; si incluyen grá fi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 10 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN