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85 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de marzo de 2017 El Peruano / TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban transferencias financieras del Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes Productivos” a favor de unidades ejecutoras del sector público RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 048-2017-TR Lima, 28 de marzo de 2017VISTOS: El Informe N° 096-2017-JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Memorando N° 545-2017/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGP, de la Unidad Gerencial de Plani fi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Memorando N° 662-2017/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGC, de la Unidad Gerencial de Capacitación e Inserción Laboral Juvenil; el O fi cio N° 174-2017-MTPE/3/24.2, del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes Productivos”; el O fi cio N° 118-2017- MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 373-2017-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2011-TR, modi fi cado por los Decretos Supremos N° 004-2012-TR y N° 004-2015-TR, se crea el Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes a la Obra” (actualmente “Jóvenes Productivos”), dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el cual se establece sobre la base de la Unidad Ejecutora 002: Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes Productivos”, la misma que cuenta con autonomía técnico-administrativa, económica y fi nanciera y que tiene por fi nalidad la inserción de los jóvenes de 15 a 29 años de edad, de escasos recursos económicos y/o en situación de vulnerabilidad, de las familias más pobres de la población rural y urbana, a través de su capacitación y fomento en el acceso al mercado de trabajo formal; Que, la Vigésimo Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza de manera excepcional realizar transferencias fi nancieras con entidades públicas, para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales se suscriban convenios de colaboración interinstitucional, para los procesos de formación, capacitación y evaluación en materia educativa y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo, debiendo autorizarse las transferencias fi nancieras mediante resolución del titular del pliego y publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; Que, a través del literal m) del artículo 11 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes Productivos”, aprobado por Resolución Ministerial N° 179-2012-TR, se autoriza aprobar y suscribir convenios o contratos y sus modi fi catorias necesarias durante el desarrollo de las acciones del Programa; Que, el numeral 8.2.4 de la Directiva N° 01-2016-MTPE- JOVENES PRODUCTIVOS/DE, “Procedimiento y mecánica operativa para la suscripción de convenios con entidades de capacitación pública para los servicios de capacitación y autorización de inicio de cursos”, aprobada por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 041-2016-MTPE/3/24.2/JOVENES PRODUCTIVOS/DE y modi fi catorias, establece el procedimiento para la suscripción de convenios de cooperación interinstitucional y autorización de transferencias fi nancieras; Que, la Unidad Gerencial de Capacitación e Inserción Laboral Juvenil, mediante Memorando N° 662-2017/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGC, en mérito al Informe N° 240-2017/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGC/ACSEC, señala que los convenios suscritos cuentan con su respectiva viabilidad técnica que permitirá su ejecución, por lo que corresponde aprobar las transferencias fi nancieras a favor de dichas entidades con la fi nalidad de cubrir los costos establecidos; Que, la Unidad Gerencial de Plani fi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa, mediante Memorando N° 545-2017/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGP, emite opinión de viabilidad sobre la procedencia de la transferencias fi nancieras a favor de las Unidades Ejecutoras en base al Informe N° 518-2017-JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGP-AP, a través del cual se informa que se otorgó Certi fi caciones de Crédito Presupuestario – CPP N° 348-2017 por la suma de S/ 92,390.00 (NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), CCP N° 354-2017 por la suma de S/ 240,500.00 (DOSCIENTOS CUARENTA MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES), CCP N° 360-2017 por la suma de S/ 166,500.00 (CIENTO SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES), CCP N° 352-2017 por la suma de S/ 407,000.00 (CUATROCIENTOS SIETE MIL Y 00/100 SOLES), CCP N° 350-2017 por la suma de S/ 229,030.00 (DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL TREINTA Y 00/100 SOLES), CCP N° 347-2017 por la suma de S/ 517,916.00 (QUINIENTOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES), CCP N° 362-2017 por la suma de S/ 277,500.00 (DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES), CCP N° 353-2017 por la suma de S/ 157,250.00 (CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), CCP N° 345-2017 por la suma de S/ 185,000.00 (CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL Y 00/100 SOLES), CCP N° 358-2017 por la suma de S/ 92,500.00 (NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES), CCP N° 346-2017 por la suma de S/ 1,480,000.00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS OCHENTA MIL Y 00/100 SOLES), CCP N° 356-2017 por la suma de S/ 434,750.00 (CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), CCP N° 349-2017 por la suma de S/ 416,250.00 (CUATROCIENTOS DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), CCP N° 351-2017 por la suma de S/ 148,000.00 (CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL Y 00/100 SOLES), CCP N° 355-2017 por la suma de S/ 397,750.00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), correspondientes a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios; dichos montos fi nanciarán los costos de quince (15) convenios de colaboración interinstitucional suscritos con entidades de capacitación del sector público, ascendente a la suma de S/ 5’242,336.00 (CINCO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES); Que, mediante Informe N° 096-2017/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa considera procedente que se apruebe la transferencia fi nanciera a las entidades de capacitación pública, con la fi nalidad de cubrir los costos establecidos en los convenios de colaboración interinstitucional, para los procesos de capacitación técnica laboral y el servicio de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo, de conformidad con lo establecido en la Vigésimo Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Que, mediante O fi cio N° 118-2017-MTPE/4/9 la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe Técnico N° 080-2017-MTPE/4/9.2, de la O fi cina de Presupuesto, el cual emite opinión favorable sobre las referidas transferencias fi nancieras y recomienda continuar con el trámite de aprobación de la resolución ministerial solicitada por el mencionado Programa; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y los antecedentes que se acompañan a la presente, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 373-2017-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección