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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2017 (29/03/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 99

99 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de marzo de 2017 El Peruano / de Administración y Finanzas de la O fi cina Nacional de Gobierno Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO ORLANDO VILLAR AMIEL Jefe de la O fi cina Nacional de Gobierno Interior 1502382-1 ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE Aprueban el Reglamento de notificación de actuaciones administrativas en la casilla electrónica otorgada por el OSINFOR RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 025-2017-OSINFOR Lima, 23 de marzo de 2017VISTOS: El Proveído N° 002-2017-OSINFOR/06.1-06.2, de fecha 21 de marzo de 2017, de la Dirección de Supervisión de Concesiones Forestales y de Fauna Silvestre y de la Dirección de Supervisión de Permisos y Autorizaciones Forestales y de Fauna Silvestre, mediante el cual hacen suyo el Informe N° 002-2017-OSINFOR/06.1.2-06.2.2, el Memorándum N° 337-2017-OSINFOR/04.1 de fecha 22 de marzo de 2017, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, mediante el cual hace suyo el Informe N° 006-2017-OSINFOR/04.1.1, el Informe N° 004-2017-OSINFOR/05.1, de fecha 23 de marzo de 2017, de la Oficina de Tecnología de la Información y el Informe Legal N° 079-2017-OSINFOR/04.2, de fecha 23 de marzo de 2017, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1085, se crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, como Organismo Público Ejecutor, con personería jurídica de derecho público interno, encargado, a nivel nacional, de la supervisión y fi scalización del aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque, otorgados por el Estado, a través de las diversas modalidades de aprovechamiento reconocidas por la Ley Forestal y de Fauna Silvestre; Que, conforme el numeral 3.5 del artículo 3° del Decreto Legislativo N° 1085, es función del OSINFOR, dictar en el ámbito de su competencia, las normas y/o reglamentos que regulen los procedimientos a su cargo, así como aquellas que se re fi eran a obligaciones o derechos contenidos en los títulos habilitantes; Que, de acuerdo al numeral 61.2 del artículo 61° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General: “Toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el e fi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia”; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1272 se modi fi có el artículo 20° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el cual incluye la facultad de la Entidad para efectuar la noti fi cación al administrado mediante casilla electrónica; Que, mediante los documentos de vistos, la Dirección de Supervisión de Concesiones Forestales y de Fauna Silvestre y la Dirección de Supervisión de Permisos y Autorizaciones Forestales y de Fauna Silvestre consideran necesario la aprobación del proyecto de “Reglamento de notifi cación de actuaciones administrativas en la casilla electrónica otorgada por el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR”, en atención a que generará incentivos a los administrados y regentes que se adhieran a la noti fi cación mediante casilla electrónica y permitirá a la Entidad obtener mayores niveles de e fi ciencia durante el proceso de noti fi cación, toda vez que reduce el plazo y los costos para ejecutarlas a través del uso de tecnología, así como a las modi fi caciones incorporadas por el Decreto Legislativo N° 1272 a la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el mismo que cuenta con la opinión favorable de la O fi cina de Tecnología de la Información y de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; Que, mediante Informe Legal de vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto del proyecto de reglamento propuesto, recomendando su aprobación; Que, de acuerdo al numeral 9.4 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N° 065-2009-PCM, es función del Presidente Ejecutivo emitir las normas, reglamentos, resoluciones y/o directivas referidas a asuntos de su competencia; Con la visación de la Secretaria General, la Dirección de Supervisión de Concesiones Forestales y de Fauna Silvestre, la Dirección de Supervisión de Permisos y Autorizaciones Forestales y de Fauna Silvestre, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Tecnología de la Información y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1085, Ley que crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 065-2009-PCM y la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo 1°.- APROBAR el Reglamento de notifi cación de actuaciones administrativas en la casilla electrónica otorgada por el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, que consta de catorce (14) artículos, tres (03) Disposiciones Complementarias Finales, dos (02) Disposiciones Complementarias Transitorias y cuatro (04) anexos, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución presidencial. Artículo 2°.- DISPONER que el Reglamento aprobado en el artículo precedente, entrará en vigencia al día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 3°.- DISPONER que la O fi cina de Tecnología de la Información publique la presente resolución y el reglamento aprobado en el Portal Institucional de Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR (www.osinfor.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MÁXIMO SALAZAR ROJAS Presidente Ejecutivo (e) 1502384-1 Aprueban “Directiva para la compensación del pago de multas mediante el mecanismo de conservación de bosques húmedos en comunidades nativas y campesinas” RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 026-2017-OSINFOR Lima, 23 de marzo de 2017