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22 NORMAS LEGALES Viernes 10 de noviembre de 2017 / El Peruano Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación, registre en el aplicativo informático del Banco de Inversiones, las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector Educación y sus responsables designados mediante la presente resolución, así como remitir copia de la presente resolución al Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. IDEL VEXLER T. Ministro de Educación 1585062-1 Designan Jefe de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 621-2017-MINEDU Lima, 9 de noviembre de 2017CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 576-2017-MINEDU se encargó las funciones de Jefe de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación; Que, se ha visto por conveniente designar al funcionario que ejercerá el cargo de Jefe de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, siendo necesario dar por concluido el referido encargo de funciones; Con el visado de la Secretaría General, de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, de la O fi cina General de Recursos Humanos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor JORGE ALBERTO ZAPATA GALLO en el cargo de Jefe de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación. Artículo 2.- Dar por concluido el encargo de funciones conferido mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 576-2017-MINEDU. Regístrese, comuníquese y publíquese. IDEL VEXLER T. Ministro de Educación 1585357-1ENERGIA Y MINAS Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Loreto destinados al mantenimiento del mecanismo de Ventanilla Única RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 457-2017-MEM/DM Lima, 7 de noviembre de 2017VISTOS: El Informe No 675-2017-MEM/DGFM, del 31 de octubre de 2017, de la Dirección General de Formalización Minera del Ministerio de Energía y Minas; y el Informe N°431-2017-MEM/OGJ, del 02 de noviembre de 2017, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el literal b) de la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se autorizó, durante el Año Fiscal 2017, al Ministerio de Energía y Minas, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, pudiendo incluir saldos de balance que dicho Ministerio previamente incorpora en su presupuesto institucional, para efectuar transferencias fi nancieras a favor de los gobiernos regionales con el objeto de continuar la formalización de la actividad minera a pequeña escala; Que, la citada disposición señala que dichas transferencias fi nancieras se fi nancian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 – Ministerio de Energía y Minas – Central. Asimismo, se autorizan mediante resolución del titular del pliego, la que se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”, previa suscripción de convenios y/o adendas, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales; Que, asimismo, se establece la obligación de los Gobiernos Regionales, quienes reciben las referidas transferencias de recursos, de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fi nes distintos para los cuales fueron transferidos; Que, con fecha 30 de setiembre del 2017, se suscribió el Convenio No. 016-2017-MEM/DGFM entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Loreto, en virtud del cual y en el marco de las normas precedentemente descritas, este Ministerio asumió la obligación, entre otras, de destinar a favor del citado Gobierno Regional, los recursos presupuestales necesarios para apoyar la continuidad del funcionamiento y mantenimiento del mecanismo de la Ventanilla Única, por un monto total equivalente a la suma de S/ 41 521.00 (Cuarenta y Un Mil Quinientos Veintiuno con 00/100 Soles); Que, mediante Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 2017-03492-001, la O fi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto informó sobre la existencia de recursos presupuestales por el monto antes señalado, para los fi nes indicados en el convenio suscrito con el Gobierno Regional de Loreto; Que, en consecuencia es necesario autorizar la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados hasta por un monto total ascendente a S/ 41 521.00 (Cuarenta y Un Mil Quinientos Veintiuno con 00/100 Soles), a favor del Gobierno Regional de Loreto, destinados a fi nanciar lo establecido en la Cuadragésima