Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2017 (10/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Viernes 10 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Designan Procurador Público de la Fuerza Aérea del Perú
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 255-2017-JUS Lima, 9 de noviembre de 2017 VISTOS, el Oficio Nº 2075-2017-JUS/CDJE e Informe N° 052-2017-JUS/CDJE, de la Secretaría Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 47, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos y mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el literal b) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1068, establece que es atribución del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, literal a) del artículo 25 del Decreto Legislativo Nº 1068, estipula que la designación de los Procuradores Públicos y Procuradores Públicos Adjuntos culmina por renuncia; Que, mediante Resolución Suprema Nº 105-2015JUS, del 17 de junio de 2015, se designó al abogado Coronel FAP Fernando Pablo Kahn Arce como Procurador Público de la Fuerza Aérea del Perú; Que, mediante escrito del 07 de febrero de 2017, dirigido a la Presidenta del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, el mencionado Procurador Público presentó su renuncia a dicho cargo; Que, mediante Resolución Suprema Nº 035-2013JUS, del 03 de abril de 2013, se designó al entonces señor abogado Comandante FAP Ever Wilfredo Chávez Silva como Procurador Público Adjunto de la Fuerza Aérea del Perú; Que, mediante escrito del 29 de marzo de 2017, dirigido a la Presidenta del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, el mencionado Procurador Público Adjunto formuló su renuncia a dicho cargo; Que, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado, mediante Sesión Extraordinaria del 30 de marzo del 2017, acordó aceptar la renuncia del señor abogado Coronel FAP Fernando Pablo Kahn Arce, como Procurador Público de la Fuerza Aérea del Perú y del ahora Coronel FAP Ever Wilfredo Chávez Silva, como Procurador Público Adjunto de la Fuerza Aérea del Perú; asimismo, acordó proponer al Coronel FAP Ever Wilfredo Chávez Silva, como Procurador Público de la Fuerza Aérea del Perú; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0172008-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor abogado Coronel FAP Fernando Pablo Kahn Arce como Procurador Público de la Fuerza Aérea del Perú, dándosele las gracias por los servicios prestados, con eficacia anticipada al 07 de febrero de 2017. Artículo 2.- Aceptar la renuncia del señor abogado Coronel FAP Ever Wilfredo Chávez Silva como Procurador Público Adjunto de la Fuerza Aérea del Perú, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3.- Designar al señor abogado Coronel FAP Ever Wilfredo Chávez Silva como Procurador Público de la Fuerza Aérea del Perú.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1585361-8

Conforman la Unidad Funcional "UNIDU3", encargada de implementar y ejecutar las disposiciones establecidas en el D.U. N° 003-2017 y normas complementarias
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0298-2017-JUS Lima, 9 de noviembre de 2017 VISTOS; el Informe N° 111-2017-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y los Informes N° 1241-2017-JUS/OGAJ y N° 1247-2017-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el numeral 1 del artículo II del Título Preliminar de La Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que la Eficacia es un principio de servicio al ciudadano, el cual consiste en que la gestión se organiza para el cumplimiento oportuno de los objetivos y las metas gubernamentales; Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 003-2017 se aprobaron medidas orientadas a evitar la paralización de la ejecución de obras públicas o asociaciones público privadas y la ruptura de la cadena de pagos que ponen en grave riesgo el desempeño económico del país, como consecuencia de actos de corrupción efectuados por o a través de las empresas concesionarias o contratistas, o de sus socios o partes del consorcio, que hayan sido condenadas o hayan admitido la comisión de delitos contra la administración pública o de lavado de activos, a fin de coadyuvar a la sostenibilidad económica, así como cautelar los intereses del Estado en el marco de la Constitución y las leyes; Que, el mencionado Decreto de Urgencia determina atribuciones y funciones cuya ejecución corresponde al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, teniendo en cuenta el marco legal señalado en el acotado Decreto de Urgencia, corresponde determinar y asignar dichas funciones y atribuciones en base a la compatibilidad funcional existente en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a efecto que exista independencia y autonomía en la toma de decisiones en los procesos operativos de carácter especializado, complejos o de gran magnitud, estableciendo el nivel de responsabilidad funcional;

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