Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2018 (08/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Miércoles 8 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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disponer que el JEE continúe con el trámite de la presente solicitud de inscripción. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Kelly Maldonado Mosquera, personero legal titular de la organización política Vamos Perú; en consecuencia, REVOCAR la Resolución Nº 00055-2018-JEE- MCAC/JNE, de fecha 18 de junio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Mariscal Cáceres, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Pólvora, provincia de Tocache, departamento de San Martín, para participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Artículo Segundo.- DISPONER que el Jurado Electoral Especial de Mariscal Cáceres continúe con el trámite de calificación correspondiente conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO

Mediante Resolución Nº 00076-2018-JEE-MCAC/ JNE, de fecha 21 de junio de 2018 (fojas 89 a 91), emitida por el Jurado Electoral Especial de Mariscal Cáceres (en adelante, JEE), se declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos presentada por la organización política Vamos Perú, para el Concejo Distrital de Bajo Biavo al considerar que, de acuerdo al artículo 111 del estatuto de la organización política, sus elecciones internas debieron realizarse en el distrito de Bajo Biavo y no en la provincia de Bellavista, como ha ocurrido en el presente caso; hecho que contraviene su normativa interna. El 24 de junio de 2018, el personero legal titular de la organización política Vamos Perú, interpuso recurso de apelación (fojas 94 a 98) contra la referida resolución, bajo los siguientes fundamentos: a) El reglamento electoral señala que la organización total del proceso electoral está a cargo del Tribunal Electoral Nacional, este delega funciones al Comité Electoral Provincial, el cual es establecido en la capital de cada provincia y es el encargado de la realización del proceso electoral dentro de ese ámbito (inclusive sus distritos). b) El proceso de elecciones internas ha sido diseñado para realizarse en la capital de cada provincia, de tal modo que la organización política no ha cometido infracción a la democracia interna que sea insubsanable. CONSIDERANDOS

ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1678264-2 Sobre la calificación de las solicitudes de inscripción de listas 1. El artículo 178 de la Constitución Política del Perú contempla, como una de las competencias y deberes principales del Jurado Nacional de Elecciones, velar por el cumplimiento de las normas sobre las organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral. 2. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 36, inciso f de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, corresponde a los Jurados Electorales Especiales conocer, en primera instancia, las solicitudes de inscripción de candidatos presentados por las organizaciones políticas, a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos que deben satisfacer las solicitudes de inscripción, en aplicación de la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas (en adelante, LOP), la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM), así como el Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado por la Resolución Nº 0082-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, el 9 de febrero de 2018 (en adelante, el Reglamento). Sobre la normativa en relación a la democracia interna 3. El artículo 19 de la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas (en adelante, LOP), dispone que la elección de autoridades y candidatos de los partidos políticos y movimientos de alcance regional o departamental debe regirse por las normas de democracia interna establecidas en dicha ley, en el estatuto y en el reglamento electoral de la agrupación política, el cual no puede ser modificado una vez que el proceso ha sido convocado. 4. El artículo 20 del citado cuerpo normativo, establece que la elección de autoridades y de los candidatos a cargos públicos de elección popular es realizada por un órgano electoral central conformado por un mínimo de tres (3) miembros, el cual tiene autonomía respecto de los demás órganos internos y cuenta con órganos descentralizados, también colegiados, que funcionan en los comités partidarios. 5. Asimismo, el segundo párrafo del referido artículo señala que el órgano electoral central tiene a su cargo la realización de todas las etapas de los procesos electorales del partido, incluidas la convocatoria, la inscripción de los candidatos, el cómputo de votos o la verificación del

Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Bajo Biavo, provincia de Bellavista, departamento de San Martín
RESOLUCIÓN Nº 0640-2018-JNE Expediente Nº ERM.2018018272 BAJO BIAVO - BELLAVISTA- SAN MARTÍN JEE MARISCAL CÁCERES (ERM.2018006242) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018 RECURSO DE APELACIÓN Lima, once de julio de dos mil dieciocho. VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Kelly Maldonado Mosquera, personero legal titular de la organización política Vamos Perú, en contra de la Resolución Nº 00076-2018-JEE-MCAC/JNE, de fecha 21 de junio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Mariscal Cáceres, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Bajo Biavo, provincia de Bellavista, departamento de San Martín, para participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral. ANTECEDENTES Con fecha 18 de junio de 2018 (fojas 1), Kelly Maldonado Mosquera, personero legal titular de la organización política Vamos Perú, presentó la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Bajo Biavo, provincia de Bellavista, departamento de San Martín, a fin de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018.

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