Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2018 (10/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Lunes 10 de diciembre de 2018 /

El Peruano

(10) días hábiles a la fecha en que debe realizarse la publicación en el Boletín Concursal. Para tales efectos, los solicitantes deberán presentar un ejemplar del aviso a publicar que contenga la información señalada en el acápite IV.2 de la presente Directiva. Asimismo, los solicitantes son los responsables de cumplir con las formalidades establecidas en los citados artículos de la Ley General del Sistema Concursal. 2. La publicación a la que hace referencia el numeral 78.1 del artículo 78 de la Ley General del Sistema Concursal, es realizada directamente por el liquidador a cargo del procedimiento de disolución y liquidación, a través del SIPCON. V.3.2. Las publicaciones de oficio son realizadas por los órganos del Indecopi responsables de la publicación, detallados en el acápite V.1 de la presente Directiva, cumpliendo con las disposiciones establecidas en la Ley General del Sistema Concursal. V.4 Régimen de Fe de Erratas V.4.1 Publicaciones de oficio: Las publicaciones realizadas de oficio por los órganos competentes del Indecopi que contengan errores materiales deben ser objeto de rectificación mediante fe de erratas. En caso la publicación genere el cómputo de un plazo legal, la fecha de publicación de la fe de erratas es la fecha a tomar en cuenta para el cómputo del referido plazo. V.4.2 Publicaciones a pedido de parte: Las publicaciones de convocatoria a Junta de Acreedores podrán ser objeto de rectificación mediante fe de erratas, únicamente si el error a corregir no implica una modificación del lugar, día u hora en la que se llevará a cabo la Junta de Acreedores o de los temas a tratar incluidos en la agenda. La publicación de la fe de erratas debe ser solicitada, ante el órgano del Indecopi responsable de realizar la publicación, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la publicación a corregir. Para tales efectos, el solicitante presenta el aviso correspondiente a ser publicado. En el supuesto del numeral 78.1 del artículo 78 de la Ley General del Sistema Concursal, la fe de erratas es publicada directamente por el liquidador a cargo del procedimiento de liquidación, a través del SIPCON. VI. DIFUSIÓN La presente Directiva se publica en el Diario Oficial El Peruano y es remitida a la Comisión de Procedimientos Concursales y a la Sala Especializada en Procedimientos Concursales, para su conocimiento y fines pertinentes. VII. VIGENCIA La presente Directiva entra en vigencia el día 15 de diciembre de 2018. 1721328-1

CONSIDERANDO: Que, el Literal f) del Artículo 16° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM, establece que la Presidencia del Consejo Directivo tiene la función de designar, remover y aceptar la renuncia de los servidores que ejerzan cargos de confianza; Que, el Artículo 11° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, dispone que los trabajadores bajo contrato administrativo de servicios pueden, sin que implique la variación de la retribución o del plazo establecido en el contrato, ejercer la suplencia al interior de la entidad contratante o quedar sujetos, únicamente, a las siguientes acciones administrativas de desplazamiento de personal: (i) designación temporal; (ii) rotación temporal; y, (iii) comisión de servicios; Que, en dicho marco, la designación temporal de funciones permite que un servidor CAS, en adición a sus funciones, desempeñe las funciones de un directivo superior o empleado de confianza de libre designación y remoción, que ocupa una plaza prevista en el Cuadro de Asignación de Puestos de la Entidad, en caso de ausencia temporal; Que, encontrándose vacante el cargo de cargo de Subdirector de la Subdirección de Políticas y Mejora Regulatoria de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, cargo previsto como de confianza en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del OEFA, aprobado por Resolución Ministerial N° 79-2018-MINAM, resulta necesario designar temporalmente a el/la servidor/a que desempeñará dicho cargo; Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la Oficina de Administración; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 7° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en uso de las atribuciones conferidas por los Literales f) y t) del Artículo 16° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar temporalmente al señor José María Mariño Tupia, Coordinador Legal - Coordinador de la Subdirección de Políticas y Mejora Regulatoria, en adición sus funciones, en el cargo de Subdirector de la Subdirección de Políticas y Mejora Regulatoria de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo 1721364-1

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Designan temporalmente Subdirector de la Subdirección de Políticas y Mejora Regulatoria de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 128-2018-OEFA/PCD Lima, 5 de diciembre de 2018

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