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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (28/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 246

TEXTO PAGINA: 212

212 NORMAS LEGALES Viernes 28 de diciembre de 2018 / El Peruano “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL CAP PROVISIONAL DE LA SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN, DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO; DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS, DIRECCIÓN REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO; DIRECCIÓN REGIONAL DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, ARCHIVO REGIONAL DE JUNÍN; Y, ALDEA INFANTIL “EL ROSARIO” Artículo Primero.- APRUÉBESE el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Sede del Gobierno Regional Junín, con ciento cincuenta y nueve (159) cargos ocupados y ciento uno (101) cargos previstos, haciendo un total de general de doscientos sesenta (260) cargos; los mismos que en Anexos 4-B, 4-C y 4-D forman parte integrante de la presente norma regional. Artículo Segundo.- APRUÉBESE el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, con veintitrés (23) cargos ocupados y quince (15) cargos previstos, haciendo un total de general de treinta y ocho (38) cargos; los mismos que en Anexos 4-B, 4-C y 4-D forman parte integrante de la presente norma regional. Artículo Tercero. - APRUÉBESE el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Dirección Regional de Energía y Minas, con dos (2) cargos ocupados y quince (15) cargos previstos, haciendo un total de general de diecisiete (17) cargos; los mismos que en Anexos 4-B, 4-C y 4-D forman parte integrante de la presente norma regional. Artículo Cuarto.- APRUÉBESE el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, con seis (6) cargos ocupados y seis (6) cargos previstos, haciendo un total de general de doce (12) cargos; los mismos que en Anexos 4-B, 4-C y 4-D forman parte integrante de la presente norma regional. Artículo Quinto.- APRUÉBESE el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con diez (10) cargos ocupados y dos (2) cargos previstos, haciendo un total de general de doce (12) cargos; los mismos que en Anexos 4-B, 4-C y 4-D forman parte integrante de la presente norma regional. Artículo Sexto.- APRUÉBESE el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional del Archivo Regional Junín, con dos (2) cargos ocupados y seis (11) cargos previstos, haciendo un total de general de trece (13) cargos; los mismos que en Anexos 4-B, 4-C y 4-D forman parte integrante de la presente norma regional. Artículo Séptimo.- APRUÉBESE el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Aldea Infantil “El Rosario”, con veinticinco (25) cargos ocupados y seis (6) cargos previstos, haciendo un total de general de treinta y uno (31) cargos; los mismos que en Anexos 4-B, 4-C y 4-D forman parte integrante de la presente norma regional. Artículo Octavo.- DERÓGUENSE toda ordenanza que se oponga a la presente Norma Regional. Artículo Noveno.- ENCÁRGUESE a la Gerencia General Regional a través de la Gerencias de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, O fi cina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información, Dirección Regional de Administración y Finanzas y la Sub Dirección de Recursos Humanos el cumplimiento, implementación de la presente Ordenanza. Artículo Décimo.- ENCÁRGUESE a la Sub Dirección Regional de Recursos Humanos, poner de conocimiento de la presente Ordenanza Regional a la Autoridad del Servicio Civil – SERVIR, para los fi nes correspondientes. Artículo Décimo Primero.- ENCÁRGUESE a la Secretaría Ejecutiva del Consejo Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario de publicaciones judiciales de la región y en al diario o fi cial El Peruano. Comuníquese al Gobernador del Gobierno Regional de Junín para su promulgación.Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 03 días del mes de diciembre de 2018. PEDRO MISAEL MARTINEZ ALFARO Consejero Delegado POR TANTO:Mando regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en el Despacho de la Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 07 días del mes de diciembre de 2018. ANGEL D. UNCHUPAICO CANCHUMANI Gobernador Regional 1726139-1 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Aprueban el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Puno ORDENANZA REGIONAL Nº 026-2018-GR PUNO-CRP EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PUNO VISTO: En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional, llevada a cabo el día veinticuatro de noviembre del año dos mil dieciocho el Pleno del Consejo Regional ha aprobado la emisión de la Ordenanza Regional, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta respectiva; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Estado considera que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objeto fundamental el desarrollo integral del país; con este propósito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, de conformidad con el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cado mediante Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas, de igual forma el artículo 15º literal a) de la norma señalada, indica que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional, el artículo 37º literal a) indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales; y el artículo 38º de la norma precitada establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, señala que es misión de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región. Que, los literales a) y e) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales dispone que es atribución del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los