Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2018 (09/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de junio de 2018 /

El Peruano

el Consejo Regional procedió a realizar la correspondiente elección democrática para elegir al Vicepresidente del Consejo para el período del año 2018; SE ACUERDA: Primero.- Declarar que como resultado de la elección democrática, universal y pública ha sido elegido Vicepresidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa el señor JAMES JESUS POSSO SANCHEZ, por el período 2018. Segundo.- Disponer la publicación del presente acuerdo regional, en el diario Oficial El Peruano y en el diario de avisos judiciales de la Región Arequipa. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. MIGUEL A. CÁRCAMO GALVÁN Presidente del Consejo Regional 1657124-1

Aprueban donación dineraria a favor del Gobierno Regional para la contratación del personal asistencial en la Red de Salud de Islay durante el ejercicio 2018
ACUERDO REGIONAL Nº 014-2018-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 6 de marzo del 2018 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales" establece en su artículo 37º, las normas que dictan los Consejos Regionales, siendo una de ellas los Acuerdos Regionales, sobre estos, el artículo 39º de la referida norma define a los Acuerdos del Consejo Regional de la siguiente manera: "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional". Que, con fecha 19 de diciembre del 2017, el Gobierno Regional de Arequipa y la Empresa Terminal Internacional del Sur S. A. ­TISUR- suscribieron el Convenio de Cooperación para el Financiamiento de la Contratación de Profesionales de la Salud para la asistencia médica durante el ejercicio 2018 (Convenio Nº 176-2017-GRA/ GR), mediante el cual TISUR S.A., se comprometía a financiar la contratación del siguiente personal asistencial: (i) cuatro médicos generales; (ii) tres médicos especialistas -1 ginecólogo, 1 pediatra, 1 traumatólogo-; (iii) dos enfermeras; (iv) dos obstetrices; (v) dos técnicas en enfermería; durante el periodo comprendido entre enero a diciembre del 2018, el apoyo económico para hacer efectiva dichas contrataciones ascendía a S/. 628,342.08 (Seiscientos veintiocho mil trescientos cuarenta y dos con 08/100 soles), y comprende el pago de las remuneraciones del personal asistencial, bajo el régimen laboral regulado por el Decreto Legislativo Nº 728 y sus beneficios laborales; cabe señalar que el personal contratado estaría a disposición de la Red de Salud de Islay. Que, con oficio Nº 173-2018-GRA/GR, de fecha 2 de marzo de 2018, la Gobernadora Regional remite el expediente administrativo, en el que se sustenta el pedido de aceptación de donación dineraria para el financiamiento de pago de personal asistencial de la Red de Salud de Islay. Que, el artículo 69º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, cuyo TUO ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF,

señala que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos. Dicha Resolución o Acuerdo, según corresponda, serán publicados en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias. En el caso de montos inferiores a las cinco (5) UIT la referida Resolución o Acuerdo se publicará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en la página web de la entidad, bajo responsabilidad. (...). Que, conforme con el artículo 4º, literal d) del Reglamento para la Inafectación del Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y Derechos Arancelarios a las Donaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 096-2007-EF, para la expedición de las resoluciones ministeriales de aprobación de donaciones, los donatarios o los donantes, de ser el caso, deberán presentar ante el Sector correspondiente, entre otros requisitos el Acuerdo de Consejo Regional mediante el cual se acepta la donación. Que, mediante informe Nº 031-2018-GRA/GR/AGAMPS el Ing. Abraham Mario Ponce Sosa ­Asesor de la Gobernación Regional- refiere que la Empresa TISUR S.A., en el marco de los compromisos asumidos al suscribir el convenio, ha procedido a depositar la cantidad de S/. 628,342.08 (Seiscientos veintiocho mil trescientos cuarenta y dos con 08/100 soles), a favor del Gobierno Regional, tal como lo acredita el reporte del Banco de la Nación de fecha 27 de febrero del 2018. Finalmente, es competencia del Consejo Regional de Arequipa, aprobar la donación de recursos financieros efectuada por TISUR S.A., a favor del Gobierno Regional de Arequipa la cual cuenta con la opinión favorable de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, según Informe Nº 309-2018-GRA/ORAJ. Por estas consideraciones, al amparo de la Ley Nº 27867 "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales", modificada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA y sus modificatorias, el Consejo Regional de Arequipa aprobó lo siguiente: SE ACUERDA: Primero.- APROBAR La donación dineraria efectuada por la empresa TISUR S.A. a favor del Gobierno Regional de Arequipa, por el monto ascendente a S/. 628,342.08 (Seiscientos veintiocho mil trescientos cuarenta y dos con 08/100 soles), monto que será utilizado para la contratación del personal asistencial en la Red de Salud de Islay, durante el ejercicio 2018, conforme a lo estipulado en la cláusula 2.4 del Convenio Nº 176-2017-GRA/GR. Segundo.- EXPRESAR a la empresa TISUR S.A. el agradecimiento del Gobierno Regional de Arequipa por el acto de liberalidad realizado a favor del pueblo de esta jurisdicción; Tercero.- AUTORIZAR a la Gobernación Regional la suscripción de los documentos que fueren necesarios para que se concrete la donación aprobada. Cuarto.- DISPONER la publicación del Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano conforme lo dispuesto en el artículo 69º del TUO de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. MIGUEL A. CÁRCAMO GALVÁN Presidente del Consejo Regional 1657135-1

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