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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (07/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de noviembre de 2018 El Peruano / que incluso bajo este esquema los resultados de ambas actividades estarían sujetos al control y seguimiento de una misma jefatura, pudiendo afectar ello la independencia de sus labores como O fi cial de Conducta de Mercado, o incluso la independencia de la evaluación de auditoría interna que pueda ser realizada por otro auditor a la gestión de conducta de mercado de la Caja; Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión de Conducta de Mercado y del Departamento de Supervisión Micro fi nanciera “C”; así como de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera; y en uso de las facultades delegadas por la Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Resolución Nº 1132-2018-SBS; RESUELVE:Artículo Único.- No autorizar a Caja Rural Prymera S.A. el nombramiento de un O fi cial de Conducta de Mercado a dedicación no exclusiva, en los términos establecidos en su solicitud. En consecuencia, la Caja deberá designar un O fi cial de Conducta de Mercado a dedicación exclusiva, conforme a lo señalado en el artículo 7.1 del Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas 1708948-1 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. la actualización de direcciones de diversas agencias ubicadas en los departamentos de Puno, Arequipa, Lima y Madre de Dios RESOLUCIÓN SBS Nº 4219-2018 Lima, 26 de octubre de 2018EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS (a.i.) VISTA:La solicitud presentada por Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A., para que esta Superintendencia autorice la actualización de las direcciones de cuatro (04) agencias, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución SBS Nº 14480-2010 del 9 de noviembre de 2010, se autorizó el traslado de una agencia a la ubicación en Jr. Fermín Arbulú Nº 135 – 153, Lote 2, distrito, provincia y departamento de Puno; Que, mediante Resolución SBS Nº 2209-2014 del 15 de abril de 2014, se autorizó la modi fi cación de la dirección de una agencia a la siguiente ubicación en Av. Arequipa Mz. F lote 02, distrito de Majes, provincia de Caylloma y Departamento de Arequipa; Que, mediante Resolución SBS Nº 3611-2014 del 12 de junio de 2014, se autorizó el traslado de una agencia a la ubicación en Av. Prolongación Aviación Nº 4857 y Nº 4859, Urb. Residencial Higuereta, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolución SBS Nº 2312-2015 del 24 de abril de 2015, se autorizó la actualización de la dirección de una agencia a la siguiente ubicación en Av. Madre de Dios Nº 533, distrito de Puerto Maldonado, provincia de Tambopata y Departamento de Madre de Dios; Que, según las Actas de las Sesiones de Directorio de fecha 14.03.2018 y 25.07.2018, se acordó la actualización de las direcciones correspondientes a las referidas agencias;Que, la Caja ha cumplido con presentar la documentación necesaria que sustenta lo solicitado; Que, de conformidad con las facultades establecidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de O fi cinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 de fecha 10.09.2009; y Memorándum Nº 709-2018-SABM del 22.10.2018. RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. la actualización de las direcciones correspondientes a cuatro (04) agencias, conforme al siguiente detalle: Agencia Anterior Actualizado PunoJr. Fermín Arbulú Nº 135 – 153, Lote 2, distrito, provin-cia y departamento de Puno.Jr. Fermín Arbulú Nº 153, piso Primer Sección I local Comercial 101, distrito, provincia y depar-tamento de Puno. El PedregalAv. Arequipa Mz. F lote 02, distrito de Majes, provincia de Caylloma y Departamen-to de Arequipa.Habilitación Urbana Centro Po- blado de Servicios Básicos El Pedregal Mz. F Lote 2, distrito de Majes, provincia de Caylloma y Departamento de Arequipa. HigueretaAv. Prolongación Aviación Nº 4857 y Nº 4859, Urb. Resi-dencial Higuereta, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima.Av. Prolongación Aviación, Manzana E Lote 6, Residencial Higuereta, distrito de Santiago de Surco, provincia y departa-mento de Lima. Puerto MaldonadoAv. Madre de Dios Nº 533, distrito de Puerto Maldona-do, provincia de Tambopata y Departamento de Madre de Dios.Av. Madre de Dios Mz. 4-O Lote 9, distrito y provincia de Tambopata y Departamento de Madre de Dios. Regístrese, comuníquese y publíquese. MYRIAM CÓRDOVA LUNA Intendente General de Micro fi nanzas (a.i.) 1709129-1 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Modifican el Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 193-2018-P/TC Lima, 17 de octubre de 2018 VISTOSEl acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional del 21 de agosto de 2018 y el Informe N.º 074-2018-OAJ/TC; y, CONSIDERANDO Que, de conformidad con el artículo 201 de la Constitución Política del Perú, el Tribunal Constitucional es el órgano de control de la Constitución y es autónomo e independiente; Que, en armonía con el artículo 1 de la Ley N.º 28301, el Tribunal Constitucional se encuentra sometido solo a la Constitución y a su Ley Orgánica; Que, conforme al artículo 2 de la Ley N.° 28301, el Tribunal Constitucional puede dictar reglamentos para su propio funcionamiento, en el ámbito de las competencias que le asigna el artículo 202 de la Constitución Política