Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2019 (03/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano / Martes 3 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Artículo 142 Bº Son funciones de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre: a) Planificar, promover, administrar, controlar y fiscalizar el uso sostenible, conservación y protección de flora y fauna silvestre, en el ámbito de su competencia territorial. b) Diseñar, formular, ejecutar, supervisar y evaluar los planes, estrategias, proyectos de inversión pública y políticas forestales y de fauna silvestre en al ámbito de su competencia en el marco de la implementación de la Política Nacional Forestal. c) Propiciar mecanismos permanentes de participación ciudadana para la gestión forestal y de fauna silvestre a nivel regional, en coordinación con los gobiernos locales. d) Promover la competitividad de los productores forestales en términos de asociatividad, producción y acceso al financiamiento. e) Aprobar los planes de manejo forestal y de fauna silvestre de los títulos habilitantes y otros actos administrativos que no constituyen títulos habilitantes, en el ámbito de su competencia. f) Supervisar, verificar y fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones de los títulos habilitantes y de las distintas a modalidades de manejo y aprovechamiento forestal y de fauna silvestre. g) Autorizar el establecimiento, ampliación o traslado de plantas de transformación, establecimientos comerciales, y depósitos de productores forestales y de fauna silvestre, en el ámbito territorial de su competencia. h) Emitir y suscribir guías de transporte forestal y de fauna silvestre, así como designar mediante Resolución Gerencial al personal responsable de esta función. i) Ejercer la potestad sancionadora en materia forestal y de fauna silvestre. j) Transferir y custodiar los productos de flora y de fauna silvestre decomisados. k) Clasificar, disponer, limitar el valor y/o destruir los productos forestales y de fauna silvestre decomisados, de acuerdo a la normatividad vigente. l) Promover y coordinar el desarrollo de capacidades del sector productivo forestal en su jurisdicción para elevar los niveles de competitividad regional y el uso sostenible del patrimonio forestal y de fauna silvestre en el ámbito de su competencia territorial. m) Diseñar y ejecutar un plan de asistencia técnica y asesoramiento a los pequeños productores y comunidades nativas y campesinas en su jurisdicción n) Ejercer la Gestión, Control y Fiscalización de los recursos forestales y de fauna silvestre de las plantaciones forestales y los sistemas agroforestales, del manejo forestal comunitario y campesino, dentro del ámbito territorial da su competencia o) Emitir resoluciones y suscribir contratos con personas naturales o jurídicas para el otorgamiento de títulos habilitantes para el aprovechamiento de los recursos forestales y de fauna silvestre en sus diferentes modalidades, de acuerdo a lo previsto en la legislación forestal y de fauna silvestre, así como toda documentación complementaria que corresponda, en el ámbito de su competencia territorial p) Emitir informes fundamentados conforme la normatividad vigente y en el ámbito de su competencia q) Generar y participar en la gestión e integración de la Información forestal y de fauna silvestre, en el ámbito de su competencia, para la implementación en la Infraestructura de Datos Espaciales Regionales - IDER y del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre - SNIFFS. r) Elaborar, ejecutar y monitorear el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA), en materia forestal y de fauna silvestre, en el ámbito de su competencia s) Proponer, crear y administrar las Unidades de Gestión Forestal y de Fauna silvestre - UGFFG, en el ámbito de su competencia. t) Promover e implementar acciones conjuntas y brindar acompañamiento a la Unidad Técnica de Manejo Forestal Comunitario (UTMFC) y a los Comités de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre (CGFFS).

u) Elaborar y ejecutar las actividades dispuestas por el ente rector del Sistema Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SINAFOR - y de la Política Nacional Forestal, que deban desarrollarse en el ámbito de su competencia v) Asumir las responsabilidades asignadas por el Sistema Nacional de Control y Vigilancia Forestal y de Fauna Silvestre (SNCVFFS), de acuerdo a las competencias transferidas w) Delegar funciones a las sedes con carácter resolutivo de su jurisdicción, para una mejor operatividad institucional, x) Gestionar el fortalecimiento de capacidades de las sedes operativas y las sub gerencias y) Emitir resoluciones para extinción y plan de cierre de contratos de títulos habilitantes y otros actos administrativos z) Liderar, conducir el proceso de zonificación y ordenamiento forestal en el Departamento de Madre de Dios aa) Coordinar acciones con las autoridades competentes ante la presunta comisión de un delito e infracciones en perjuicio de los recursos forestales y de fauna silvestre, en el Ámbito territorial de su competencia bb) Promover acciones de prevención y control de incendios, plagas forestales y especies invasoras, según las normas y planes establecidos por las autoridades del sector, en el ámbito de su competencia territorial forestal y de fauna silvestre cc) Proponer, gestionar, ejecutar, evaluar y supervisar las acciones de cooperación relativas a recursos forestales y de fauna silvestre en el departamento de Madre de Dios dd) Representar al Gobierno Regional en asuntos vinculados a la cooperación técnica y financiera en materia de recursos forestales y de fauna silvestre, remitiendo su recomendación a la Gerencia General Regional para la decisión respectiva ee) Otras funciones que le asigne la Gerencia General. Artículo 142 Cº Para el logro de sus objetivos la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre, tiene las siguientes Unidades Orgánicas Estructuradas: 1. Sub Gerencia de Manejo y Aprovechamiento Forestal y de Fauna Silvestre 2. Sub Gerencia de Control, Supervisión y Vigilancia Forestal y de Fauna Silvestre 3. Sub Gerencia de Gestión y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre 4. Sedes Operativas Forestal y de Fauna Silvestre DE LA SUB GERENCIA DE MANEJO Y APROVECHAMIENTO FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE Artículo 142 Dº La Sub Gerencia de Manejo y Aprovechamiento Forestal y de Fauna Silvestre, es la unidad orgánica de línea de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre, responsable de promover el desarrollo del sector forestal y de fauna silvestre en el departamento de Madre de Dios, bajo un enfoque de Competitividad y Manejo Sostenible, depende jerárquicamente de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre. Tiene como sigla SGMAFFS. Artículo 142 Eº Son funciones de la Sub Gerencia de Manejo y Aprovechamiento Forestal y Fauna Silvestre: a) Evaluar solicitudes, y emitir opinión para el otorgamiento de títulos habilitantes, así como la aprobación de Planes de Manejo con fines de aprovechamiento de los recursos forestales y de fauna silvestre en sus diferentes modalidades, de acuerdo a lo previsto en la legislación forestal y de fauna silvestre. b) Generar, actualizar, procesar, consolidar, validar y difundir la información estadística, cartográfica y satelital de los recursos forestales y de fauna silvestre, de acuerdo a los lineamientos de la Autoridad Nacional Forestal, en coordinación con el Infraestructura de Datos Espaciales Regionales - IDER. c) Elaborar, proponer, coordinar y supervisar, en el marco de la Política Nacional de Ordenamiento Territorial,

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