Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2019 (03/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano / Martes 3 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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8.6.1. Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo 8.6.2. Dirección Regional de Producción 8.6.3. Dirección Regional de Energía y Minas e Hidrocarburos 8.6.4. Dirección Regional de Agricultura 8.6.5. Sub Gerencia de Desarrollo Productivo 8.6.6. Sub Gerencia de Promoción de la Inversión Privada 8.7. GERENCIA REGIONAL DE LA JUVENTUD 8.7.1. Sub Gerencia de Promoción, Organización y Gestión 8.7.2. Sub Gerencia de Investigación, Desarrollo y Monitoreo (...) DE LA GERENCIA REGIONAL DE RECURSOS NATURALES Y GESTION DEL AMBIENTE Artículo 133º La Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Ambiente, es un órgano de línea de segundo nivel organizacional del Gobierno Regional de Madre de Dios. Es un órgano ejecutivo, dependiente jerárquica y administrativamente de la Gerencia General Regional, responsable de la planeación, conducción, coordinación, evaluación, supervisión y fiscalización de las funciones específicas sectoriales en materia de áreas protegidas y ambiente en el ámbito regional. Está representado por un Director de Programa Sectorial IV, Funcionario de confianza designado por el Presidente Regional. Su sigla GRRNYGMA. Artículo 134º Son funciones de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Ambiente: (...) n) Formular planes y proyectos para la utilización de los recursos naturales, implementando programas para la venta de servicios ambientales en las áreas con bosques naturales o áreas protegidas. Artículo 135º Para el logro de sus objetivos la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Ambiente, tiene las siguientes Unidades Orgánicas Estructuradas: 1. Sub Gerencia de Áreas Naturales Protegidas 2. Sub Gerencia de Manejo Productivo de Ecosistemas 3. Sub Gerencia de Gestión Ambiental y Desarrollo Sostenible DE LA SUB GERENCIA DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS Artículo 136º La Sub Gerencia de Áreas Naturales Protegidas es un órgano de tercer nivel organizacional que depende de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Ambiente, se encarga de planear, organizar, dirigir, coordinar, evaluar, supervisar y fiscalizar las políticas, planes, programas y el cumplimiento de la conservación y preservación de los recursos naturales, así como de la administración dé las áreas naturales protegidas de la Región Madre de Dios. Está representado por un Funcionario Director de Programa Sectorial II en el cargo de Sub Gerente por concurso de promoción y ascenso o por concurso público de méritos conforme a la Normatividad Vigente. Su sigla es SGANP. Artículo 137º Son funciones de la Sub Gerencia de Áreas Naturales Protegidas: a) Formular lineamientos de política de explotación, uso y transformación de los recursos naturales y su consecuente reforestación. b) Preservar y administrar en coordinación con los Gobiernos Locales, las reservas y áreas naturales protegidas regionales que están comprendidas íntegramente dentro de su jurisdicción, así como los territorios insulares conforme a la Ley Nº 27902

c) Administración y conservación de las áreas naturales protegidas en la jurisdicción de la Región Madre de Dios en concordancia con la legislación vigente y las políticas y planes del Supremo Gobierno. d) Proponer estudios de especialización productiva, así como la explotación sistematizada y sostenible, uso y transformación de los recursos naturales. e) Conservar y aprovechar sosteniblemente los recursos naturales renovables y no renovables de la Región, estableciendo condiciones de acceso controlado y aprovechamiento de los recursos genéticos, así como la distribución justa y equitativa de sus beneficios. f) Analizar el impacto socioeconómico de los proyectos productivos y agroindustriales de los recursos naturales en la región. g) Promover estudios de investigación de la preservación, conservación y reforestación de recursos naturales que se encuentran en extinción. h) Participar activamente en la solución de los problemas mineros, hidrocarburos, energéticos y otros recursos, buscando la integración de las organizaciones y/o gremios vinculados con las actividades económicas del departamento. i) Realizar eventos educativos y capacitaciones sobre conservación y preservación de recursos naturales mediante cursos, talleres, fórum y otros. j) Supervisar el funcionamiento de las áreas de protección y/o conservación regional y local, así como proponer la creación de otras áreas en el marco del Sistema Nacional de Áreas Protegidas. k) Coordinar con la Sub Gerencia de Áreas Naturales Protegidas sobre programas para la venta de servicios ambientales en regiones con bosques naturales o áreas protegidas. l) Dictaminar en los asuntos de su competencia y de aquellos sometidos a su consideración. m) Realizar otras funciones que le asigne la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Ambiente. DE LA SUB GERENCIA DE MANEJO PRODUCTIVO DE ECOSISTEMAS Artículo 138º La Sub Gerencia de Manejo Productivo de Ecosistemas es un órgano de tercer nivel organizacional, depende de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Ambiente, es responsable de conducir, orientar, evaluar en el marco de la normatividad vigente, las acciones de manejo productivo de ecosistemas en la jurisdicción del Gobierno Regional de Madre de Dios. Está representado por un Funcionario Director de Programa Sectorial II en el cargo de Sub Gerente por concurso de promoción y ascenso o por concurso público de méritos conforme a la Normatividad Vigente. Su sigla es SGMPE Artículo 139º Son funciones de la Sub Gerencia de Manejo Productivo de Ecosistemas: a) Formular lineamientos de política de la explotación, uso y transformación de los recursos naturales a nivel regional en concordancia con las políticas del Gobierno Nacional y Sectorial. b) Identificar y proponer proyectos de inversión en temas de conservación y manejo de ecosistemas de interés regional preservando el medio ambiente. c) Promover el desarrollo de la agroforestería regional sostenible conservando los ecosistemas. d) Monitorear y supervisar la ejecución de los proyectos que se vienen ejecutando. e) Proponer estudios, planes y proyectos productivos de inversión en temas agropecuarios, acuícolas y de ecosistemas de interés regional. f) Analizar el impacto socioeconómico de proyectos productivos y agroindustriales en la región. g) Evaluar los resultados de los proyectos productivos ejecutados en la región. h) Promover la participación de los productores agropecuarios, acuícolas y agroindustriales, brindándoles asesoramiento y asistencia técnica en aspectos de manejo productivo y de ecosistemas.

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