Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2019 (03/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

Martes 3 de diciembre de 2019 /

El Peruano

i) Presentar a la Gerencia Regional propuestas de convenios con diversas instituciones estatales, privadas y organizaciones de productores agropecuarios y otros. j) Promover la aplicación de nuevas tecnologías apropiadas a la zona, para lograr el desarrollo regional. k) Controlar la aplicación de las normas y estrategias en concordancia con la política nacional y la conservación de los ecosistemas como estrategia para mejorar la calidad de vida de la población dentro del marco de la regionalización y descentralización de la Región de Madre de Dios. l) Otras funciones que sean asignadas por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. DE LA SUB GERENCIA DE GESTIÓN AMBIENTAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE Artículo 140º La Sub Gerencia de Gestión Ambiental y Desarrollo Sostenible, es un órgano de tercer nivel organizacional, depende de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Ambiente, es responsable de evaluar, planificar, formular, integrar, desarrollar, coordinar, conducir, orientar, supervisar y ejecutar, políticas, planes, programas y proyectos de conservación y aprovechamiento económico del patrimonio natural de la Región con enfoque de "Desarrollo Sostenible", con eficiencia, equidad y bienestar social, priorizando la gestión integral de los recursos naturales y el cambio climático para alcanzar un alto grado de conciencia y cultura ambiental con la finalidad de lograr una mejor calidad de vida para la población, el desarrollo de las actividades económicas, el mejoramiento del ambiente urbano y rural, y la conservación del patrimonio natural de la Región en conformidad a las políticas nacionales enmarcados en la Ley Nº 28611 Ley General del Ambiente. Está representado por un Funcionario Director de Programa Sectorial II en el cargo de Sub Gerente por concurso de promoción y ascenso o por concurso, público de méritos conforme a la Normatividad Vigente. Su sigla es SGGAYDS. Artículo 141º Son Funciones de la Sub Gerencia de Gestión Ambiental y Desarrollo Sostenible: a) Evaluar, implementar, proponer y conducir políticas, normas planes, proyectos para el ordenamiento territorial ambiental de las actividades económicas y el uso racional de los recursos naturales que garanticen el desarrollo sostenible de la región. b) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, control administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial en concordancia con la política, planes y agenda ambiental regional y los planes de los Gobiernos Locales. c) Implementar el sistema regional de gestión ambiental, en coordinación con las comisiones ambientales regionales formulando el Sistema de Información Regional SIAR. d) Formular e implementar instrumentos de gestión ambiental y ordenamiento territorial promoviendo la Zonificación Económica - Ecológica orientado al mejor uso y aprovechamiento de los recursos naturales con equilibrio ambiental. e) Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad biológica y sobre gestión ambiental y cambio climático, dentro del marco de las estrategias regionales y nacionales. f) Promover la educación e investigación ambiental en la región e incentivar la participación ciudadana en todos los niveles. g) Controlar y supervisar el cumplimiento de las normas, contratos, proyectos y estudios en materia ambiental y sobre uso racional de los recursos naturales, en su respectiva jurisdicción. h) Conducir las inspecciones técnicas en el cumplimiento de la normatividad ambiental e imponer sanciones administrativas ante una infracción de normas ambientales regionales.

i) Otorgar Certificación Ambiental para la pequeña minería y minería artesanal y otros proyectos públicos y privados conforme a la normativa vigente. j) Formular planes, desarrollar e implementar programas para la venta de servicios ambientales en regiones con áreas protegidas en coordinación con la Sub Gerencia de Áreas Naturales Protegidas. k) Realizar estudios de valoración económica de los servicios ambientales y su articulación con el mercado de carbono previo análisis del impacto socioeconómico del medio ambiente y el cambio climático. l) Realizar estudios para identificar los servicios ambientales, mecanismos de financiamiento, pago y supervisión de dichos servicios ambientales dentro áreas protegidas en coordinación con el MINAM m) Aprobar y supervisar los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) de su circunscripción, implementando las acciones correspondientes. n) Analizar el impacto ambiental de los proyectos que se vienen ejecutando en su jurisdicción. o) Fomentar, coordinar y organizar en el sector público y privado de todos los niveles, lo concerniente al uso racional de los recursos naturales, ponderando su importancia y garantizando su protección por medio de la educación ambiental: p) Integrar la política nacional ambiental con las políticas sociales, culturales y de ordenamiento territorial, para contribuir a superar la pobreza y lograr él desarrollo sostenible de la Región Madre de Dios. q) Promover la planificación transfronteriza sobre contaminación ambiental, con responsabilidad social acorde a la normativa vigente sobre la materia, porque la calidad ambiental no solo es para la Región, el país o el continente sinó para el mundo entero. r) Alcanzar el ordenamiento del uso y ocupación del territorio regional, mediante la Zonificación Ecológica, Económica y Ambiental, en un marco seguridad jurídica y prevención de conflictos. s) Promover el ordenamiento urbano, así como el manejo integrado de residuos urbanos e industriales que estimula su reducción, reuso y reciclaje asegurando una calidad ambiental adecuada para la salud y el desarrollo integral de las personas, prevenir la afectación de ecosistemas, recuperando ambientes degradados y promoviendo una gestión integrada de los riesgos ambientales, así como una producción limpia y ecoeficiente. t) Promover la participación de los sectores productivos, extractivos, piscicultores, minería, asociaciones agropecuaria y de transformación en reducir los impactos ambientales. u) Asesorar en aspectos técnico normativos especializados en materia de su competencia. v) Otras funciones que le sean asignadas por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Ambiente DE LA GERENCIA REGIONAL FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE Artículo 142 Aº La Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre, es el órgano de línea de segundo nivel organizacional del Gobierno Regional de madre de Dios, que se constituye en la Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre, encargada de definir las políticas, organizar, dirigir, controlar, fiscalizar, regular y ejercer las funciones en materia de recursos forestales y de fauna silvestre, en el marco de la normatividad vigente dentro del ámbito del Departamento de Madre de Dios. Depende jerárquicamente de la Gerencia General Regional y tiene como máximo nivel jerárquico al Gerente Regional Forestal y de Fauna Silvestre. Su sigla es GRFFS. Mantiene relaciones técnico-normativas con la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) a través del Organismo Supervisor de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR), con el Ministerio de Agricultura a través del Servicio Nacional Forestal y Fauna Silvestre (SERFOR) como Autoridad Nacional Forestal y otras instancias públicas que contribuyan al cumplimiento de sus funciones y competencias.

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