Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2019 (05/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano / Jueves 5 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, de conformidad al artículo 1 de la Ordenanza Nº 403-MDSJM, Ordenanza que prorroga la vigencia de los integrantes de la sociedad civil como miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital - CCLD de San Juan de Miraflores, señala "Prorrogar la vigencia de los representantes de la Sociedad Civil, como miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital - CCLD de San Juan de Miraflores, por un plazo no mayor a cien (100) días calendarios, o hasta que se produzca la proclamación de los nuevos delegados elegidos en el proceso eleccionario del presente año". Que, mediante Informe Nº 084-2019-SGPV/GDIS/ MDSJM de la Subgerencia de Participación Vecinal, en cumplimiento de sus funciones y de la normativa referente al proceso de elección de representantes de la sociedad civil ante el CCLD, propone el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso de Elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, en sujeción a la normatividad vigente, precisando que ha efectuado las coordinaciones con la ONPE, contando con la asistencia técnica de la gerencia de Información y Educación Electoral; Que, mediante Memorándum Nº 401-2019-GDIS/ MDSJM la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social solicita opinión técnica legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica respecto del proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso de Elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores (2019 - 2021); Que, mediante Informe Nº 547-2019-GAJ/MDSJM la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la emisión del proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso de Elección de los representantes de la sociedad civil ante el Concejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores (2019 - 2021), en virtud de los artículos 40º y 105º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del artículo 9 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por unanimidad aprueba: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES (2019-2021) Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de San Juan De Miraflores (2019-2021), documento que consta de veintinueve (29) artículos y una (1) Disposición Complementaria y Final y siete (7) anexos, y que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR a la señorita Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, para que mediante Decreto de Alcaldía y Resolución de Alcaldía apruebe los procedimientos complementarios de la presente ordenanza para el desarrollo del "Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad de San Juan de Miraflores (2019-2021)". Artículo Tercero.- DEROGAR toda disposición o norma municipal que se oponga o contravenga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el diario Oficial "El Peruano"; y a la Gerencia de Tecnologías de Información y Estadística su publicación, con el texto íntegro de los artículos y anexos del Reglamento, en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores.

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES (2019-2021) TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO PRIMERO DEL OBJETO, ALCANCE, PRINCIPIOS Y DEFINICIONES Artículo 1.- Objeto El presente reglamento tiene como objeto regular los mecanismos y procedimientos del proceso de elecciones de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores. Artículo 2.- Alcance El presente reglamento tiene alcance a todas las organizaciones sociales u organizaciones de la sociedad civil de la jurisdicción distrital de San Juan de Miraflores. Artículo 3.- Principios El presente reglamento se basa en los siguientes principios: - Autonomía. - Imparcialidad. - Igualdad. - Independencia. - Jurisdicción. - Legalidad. - Libertad. - Objetividad. Artículo 4.- Definiciones - Acta Padrón: Documento donde se registran las etapas e incidencias de un proceso electoral. Comprende las actas electorales (de instalación, sufragio y escrutinio) y el padrón de electores. - Acta de Instalación: Parte del acta electoral donde se registra la instalación de la mesa de sufragio, la cantidad de cédulas recibidas y las observaciones (si las hubiera). Este documento deben firmarlo todos los miembros de mesa (titulares y suplentes) ya que constituye la única prueba de que un miembro de mesa ha cumplido con el cargo. - Acta de Sufragio: Parte del acta electoral donde se registra el inicio y fin del sufragio anotando las incidencias respectivas antes de iniciar etapa de escrutinio. En este documento se anotan las incidencias ocurridas durante el sufragio, el total de Delegados Electores que votaron y el total de cédulas que no se usaron. - Acta de Escrutinio: Parte del acta electoral donde se registran los resultados electorales. - Ánfora Electoral: Caja donde se depositan las cédulas de la votación correspondiente. - Cámara Secreta: Recinto cerrado, sin otra comunicación al exterior que la que permite la entrada y salida al lugar donde funciona la Mesa de Sufragio, debe estar completamente aislado y contar con espacio suficiente para actuar con libertad. No se permite dentro de la cámara secreta efecto alguno de propaganda electoral. - Candidato: Representante de la sociedad civil que aspira a desempeñar el cargo de Consejero del Consejo de Coordinación Local Distrital, a través del voto popular. - Cédula: Documento a través del cual el Delegado Elector vota. - Circunscripción Electoral: Lugar o unidad territorial donde se realiza un proceso electoral. - Cuota de género: Porcentaje establecido por ley para asegurar la participación de mujeres o varones en la lista de candidatos. - Cuota joven: Porcentaje establecido por ley para asegurar la participación de jóvenes mujeres o jóvenes varones en la lista de candidatos.

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