Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2019 (05/12/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 5 de diciembre de 2019 /

El Peruano

del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas". Que, el artículo 4º del Reglamento Interno del Consejo Regional, señala: "El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, es autónomo en el ejercicio de sus funciones, de acuerdo a la Constitución Política del Estado y debidamente concordado con la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 22 de noviembre de 2019, mediante Citación Nº 023-2019-GRUCR-SCR, se dispone como tercer punto de agenda, el Oficio Nº 864-2019-GRU-GR., de fecha 21 de noviembre de 2019, remitido por el Gobernador Regional de Ucayali ­ señor Francisco Antonio Pezo Torres, quien solicita Autorización de Viaje del 04 al 11 de diciembre de 2019, para participar en la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático ­ COP25, a realizarse en la ciudad de Madrid ­ País de España, organizado por Mecanismo de Desarrollo Alternos. Que, mediante Informe Legal Nº 077-2019-GRUGGR-ORAJ/TTC, de fecha 21 de noviembre de 2019, el Abogado Telésforo Trujillo Caico ­ Director de Sistema Administrativo III de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, recomienda: i) El objetivo del evento, tiene relación directa con las competencias asignadas por la Ley Marco sobre el Cambio Climático, a los tres niveles de Gobierno, en temas como la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y la captura de carbono; en ese contexto él Estado Peruano participa en temas de cambio climático promovido por las Naciones Unidas y otras organizaciones a nivel mundial; ii) En el presente caso, el viaje al exterior del Gobernador Regional de Ucayali. No irroga gastos al Tesoro Público; no obstante, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali atribuye dicha facultad a dicho órgano colegiado, autorizar el viaje del Gobernador Regional a la ciudad de Madrid, País de España, del 04 al 11 de diciembre del presente año, para asistir a la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático ­ COP25. Que, el literal h) del artículo 3º del Reglamento Interno del Consejo Regional, sobre las atribuciones del Consejo Regional, establece: "Autorizar los viajes al extranjero en comisión de servicio o representación al Gobernador Regional, Vicegobernador y de los Consejeros Regionales". Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 22 de noviembre de 2019, celebrada en el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac Nº 460 - Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por Unanimidad, se aprueba el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero.- AUTORIZAR el VIAJE AL EXTERIOR del país, al Gobernador Regional de Ucayali ­ señor Francisco Antonio Pezo Torres, del 04 al 11 de diciembre de 2019, para participar en la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático ­ COP25, a realizarse en la ciudad de Madrid ­ País de España, organizado por Mecanismo de Desarrollo Alternos. Artículo Segundo.ESTABLECER que la participación del Gobernador Regional de Ucayali ­ señor Francisco Antonio Pezo Torres a la invitación indicado en el Artículo Primero, no irroga gastos al Gobierno Regional de Ucayali.

Artículo Tercero.- REMITASE el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para los fines pertinentes y a su retorno el Gobernador Regional ­ señor Francisco Antonio Pezo Torres, cumpla con informar al Pleno del Consejo Regional, respecto al mencionado encuentro. Artículo Cuarto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial "El Peruano", en un diario de mayor circulación local y a la Oficina de Tecnologías de la Información su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JESSICA LIZBETH NAVAS SÁNCHEZ Consejera Delegada 1833469-1

Disponen la inmatriculación de predio rústico ubicado en el Centro Poblado San Pablo de Tushmo - Yarinacocha
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0736-2019-GRU-GR Pucallpa, 29 de octubre del 2019 VISTO: El OFICIO Nº 1611-2019-GRU-GGR-GRI, INFORME Nº 014-2019-GRU-GRI-SGE-SGO-DEZO, CONSTANCIA DE ÚNICO CONDUCTOR DE PREDIO Nº 001-2017-DISAFILPA, CONSTANCIA DE POSESION Nº 298-2019-MDY-GAT-SGPUR, CERTIFICADO NEGATIVO DE CATASTRO Nº 068-2019-MDY-GAT-SGCUC, INFORME LEGAL Nº 0259-2019-GRU-GGR-ORAJ/ RAB; OFICIO Nº 835-2019-GRU-GGR-ORAJ, demás antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los Artículos 190º y 191º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se establece que los gobiernos regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, con fecha 16 de octubre de 2008, la señora OLGA OSORES INGA y, el Ingeniero Civil NIXON FRANKLIN ODICIO ASAYAC (contratado por el Gobierno Regional de Ucayali para realizar el Expediente Técnico del Proyecto: "Construcción del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario de Yarinacocha ­ II Etapa") suscribieron el CONTRATO PRIVADO DE PROMESA DE COMPRA ­ VENTA DE TERRENO RURAL SECTOR SAN PABLO DE TUSHMO ­ YARINACOCHA, de una fracción de un lote de terreno ubicado en la jurisdicción del Centro Poblado San Pablo de Tushmo ­ Yarinacocha, por la suma de Diez Mil y 00/100 Soles (S/ 10,000.00) correspondiente a 02 Hectáreas, para la construcción de una Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Tipo Compacta; Que, con fecha 27 de noviembre de 2017, la Dirección de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Agraria de la Dirección Regional de Agricultura de Ucayali, otorgó a favor del Gobierno Regional de Ucayali, la CONSTANCIA DE ÚNICO CONDUCTOR DE PREDIO Nº 001-2017-DISAFILPA, del Predio "PTAR", en el C.P. San Pablo de Tushmo ­ Yarinacocha, con las colindancias que indica; documento que sustenta la posesión ACTUAL y ÚNICO CONDUCTOR DEL PREDIO en el cual se ejecutan los trabajos de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la Obra: "CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO DE YARINACOCHA II ETAPA SECTOR 10 ­ PUCALLPA",

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