Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2019 (17/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Martes 17 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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herramienta sumamente útil y de suma trascendencia en el marco de todo proceso electoral, por cuanto se procura que, con el acceso a estas, el ciudadano puede decidir y emitir su voto de manera responsable, informada y racional, sustentado en los planes de gobierno y en la trayectoria democrática, académica, profesional y ética y de los candidatos que integran las listas que presentan las organizaciones políticas. 5. Así, las declaraciones juradas coadyuvan al proceso de formación de la voluntad popular, por lo que se requiere no solo optimizar el principio de transparencia en torno a estas, sino también se establezcan mecanismos que aseguren que la información contenida en ellas sea veraz, lo que acarrea el establecimiento de mecanismos de prevención general -como las sanciones de exclusión de los candidatos-, que disuadan a los candidatos a consignar datos falsos en sus declaraciones y procedan con diligencia al momento de su llenado y suscripción. 6. En el presente caso, de la DJHV de Semira Pérez Saavedra, candidata a congresista de la organización política Democracia Directa por el distrito electoral de San Martín, se advierte que, en el rubro sobre Declaración jurada de bienes y rentas - bienes muebles del declarante y/o sociedad de gananciales, señaló que no tenía nada que declarar. Así, se observa lo siguiente:

venida en grado y disponer que el JEE continúe con el trámite correspondiente. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por José Franklin Olano Mera, personero legal titular de la organización política Democracia Directa; y en consecuencia, REVOCAR la Resolución Nº 00226-2019-JEE-MOYO/JNE, de fecha 7 de diciembre de 2019, emitida por el Jurado Electoral Especial de Moyobamba, que dispuso la exclusión de Semira Pérez Saavedra, candidata de la referida organización política por el distrito electoral de San Martín, en el marco de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020. Artículo Segundo.- DISPONER que el Jurado Electoral Especial de Moyobamba continúe con el trámite correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ

7. Ahora bien, de la información obtenida de la Sunarp el 22 de noviembre de 2019, y que se plasmó en el informe Nº 012-2019-KEMR-FHV-JEE-MOYOBAMBA/ JNE, del 26 de noviembre de 2019, la fiscalizadora de Hoja de Vida obtuvo como dato que la candidata Semira Pérez Saavedra contaba con un bien mueble, el cual no fue señalado en la DJHV. 8. La omisión advertida en el considerando anterior es aceptada por la organización política, a través de su escrito de descargo y en su apelación, alegando que dicha información no fue registrada en la DJHV debido a que dicho vehículo se encuentra inoperativo. Tan es así que señaló que procedería a dar la baja registral, ante Sunarp 9. En este sentido, de la búsqueda de consulta vehicular en la página web de la Sunarp1, en la fecha, obtenemos como resultado lo siguiente:

Concha Moscoso Secretaria General

1

Ver:

1837705-8

Confirman resolución que dispuso exclusión de candidata para el Congreso de la República por el distrito electoral de Madre de Dios
RESOLUCIÓN Nº 0407-2019-JNE Expediente Nº ECE.2020003234 MADRE DE DIOS JEE TAMBOPATA (ECE.2020002502) ELECCIONES CONGRESALES EXTRAORDINARIAS 2020 RECURSO DE APELACIÓN Lima, dieciséis de diciembre de dos mil diecinueve. VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Aldo Gustavo Rengifo Kahn, personero legal titular de la organización política Partido Popular Cristiano - PPC, en contra de la Resolución Nº 00191-2019-JEE-TBPT/JNE, del 8 de diciembre de 2019, que dispuso la exclusión de Yesenia Barrios Ccoyori, candidata de la referida organización política para el Congreso de la República, por el distrito electoral de Madre de Dios, en el marco de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020; y oído el informe oral. ANTECEDENTES Mediante la Resolución Nº 00116-2019-JEE-TBPT/ JNE, del 1 de diciembre de 2019, el Jurado Electoral Especial de Tambopata (en adelante, JEE) inscribió la lista de candidatos de la organización política Partido Popular Cristiano - PPC, por el distrito electoral de Madre

10. De esta "búsqueda vehicular" de la Sunarp, respecto del vehículo de placa Nº MX03163, en el que figura como propietaria Semira Pérez Saavedra, consta que el mencionado bien mueble fue dado de baja en el registro vehicular de la Sunarp en consideración al estado de desuso, pues figura como estado: fuera de circulación. Por consiguiente, la candidata no tiene la obligación de declararlo en su DJHV. 11. En mérito a lo antes expuesto, corresponde amparar el recurso de apelación, revocar la resolución

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