Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2019 (15/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Viernes 15 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Modifican la Ordenanza Nº 035-MDLV, que dispuso la creación de zona de reglamentación especial denominada "Damero de Gamarra"
ORDENANZA Nº 298/MLV La Victoria, 11 de febrero de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión ordinaria de fecha 11 de febrero de 2019, VISTO: el Dictamen Conjunto Nº 001-2019-CPPALCRDE/MDLV, de las Comisiones de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y de Rentas y Desarrollo Económico; respecto al Proyecto de Ordenanza que, Modifica, Incorpora y Deroga, Disposiciones de la Ordenanza Nº 035-MDLV, de fecha 23 de noviembre de 1999, y modificada por la Ordenanza Nº 044-08MDLV, que crea la Zona de Reglamentación Especial denominada Damero de Gamarra; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 8, del artículo 9º, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal, tiene como atribuciones aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, el numeral 3.2, del artículo 83º, de la indicada Ley, las Municipalidades Distritales tienen como una de sus funciones específicas, la de regular y controlar el comercio ambulatorio, de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial; Que, mediante Ordenanza Nº 035-MDLV, de fecha 23 de noviembre de 1999, se dispone la Creación de Zona de Reglamentación Especial denominada "Damero de Gamarra.", estableciéndose un tratamiento especial urbanístico compatible con su conservación, sus delimitaciones, tránsito peatonal y vehicular, elementos de seguridad, carretillas de manos, vehículos de carga y descarga, prohibiciones, espacios públicos entre otros; Que, mediante Ordenanza Nº 044-08-MDLV, de fecha 05 de abril de 2008, se aprobó la modificación del artículo 33º y la Tercera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 035-99-MDLV, modificaciones referidas a la suscripción de contratos de arrendamiento, concesión o similares; Que, mediante Informe Nº 019-2019-GDE-MLV, de fecha 30 de enero de 2019, la Gerencia de Desarrollo Económico remite el Informe Nº 033-2019-SGCIM-GDE/ MLV, emitido por la Subgerencia de Comercio Informal y Mercados, proponiendo este último, la modificatoria de

la Ordenanza Nº 035-MDLV, de fecha 23 de noviembre de 1999, Ordenanza que dispone la Creación de Zona de Reglamentación Especial denominada "Damero de Gamarra.", señalando que el principal objetivo del proyecto de Ordenanza es el reordenamiento de dicha zona comercial, bajo el contexto social, económico, estructural, de ornato, de limpieza, para lo cual, se requiere principalmente, el apoyo de las entidades públicas y privadas. En ese orden de ideas, propone incorporar el numeral 2.1) del artículo 2º del Título Preliminar, modificar el artículo 5º e Incorporar los numerales 5.1), 5.2), 5.3), 5.4), modificar el artículo 12º, derogar los artículos 21º y 33º de la Ordenanza Nº 035-MDLV; Que, mediante Informe Nº 022-2019-GFC/MLV, de fecha 06 de febrero de 2019, la Gerencia de Fiscalización y Control señala que entre sus funciones tiene la responsabilidad de velar por el cumplimiento de las disposiciones municipales, precisando que de los tres Dameros señalados en el proyecto de ordenanza, se han identificados tres aspectos que implicarían la inmediata intervención de la autoridad municipal: a) las zonas estrictamente peatonales, b) la prohibición del uso de espacios públicos para la comercialización de productos y c) Asociaciones pasibles de prorroga o renovación dentro de los dameros; ante ello opina que el proyecto de ordenanza contribuye y brinda los elementos necesarios para la recuperación de espacios públicos y el restablecimiento del orden en las zonas que conforman los Dameros de Gamarra; Que, mediante Informe Nº 031-2019-GPP/MLV de fecha 06 de febrero de 2019, la Gerencia de Planificación y Presupuesto señala que es de suma importancia la necesidad del ornato, bienestar y seguridad en el Distrito de la Victoria, toda vez que son pilares fundamentales de la actual gestión Municipal, requiriéndose sanciones ejemplares legalmente justificadas bajo los parámetros constitucionales con el fin de inculcar el respeto y cuidado por las áreas de dominio público y el derecho de todos a vivir en un ambiente idóneo y con calidad de vida; ante ello opina que el proyecto de Ordenanza que modifica, incorpora, deroga y ratifica disposiciones de la Ordenanza Nº 035-99 resulta viable; Que, mediante Informe Nº 057-2019-GAJ/MDLV, de fecha 06 de febrero de 2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que de la revisión de los informes técnicos de las unidades orgánicas competentes conteniendo la justificación y motivación para la prosecución del trámite del proyecto de Ordenanza que modifica, incorpora, deroga y ratifica disposiciones de la Ordenanza Nº 035-99-MDLV; ante ello opina se prosiga con el trámite correspondiente para su respectiva aprobación, de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Dictamen Conjunto Nº 001-2019-CPPAL-CRDE/MDLV, de fecha 11 de febrero de 2019, las Comisiones de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y de Rentas y Desarrollo Económico recomiendan al Concejo Municipal aprobar la Ordenanza que Modifica, Incorpora, Deroga y Ratifica Disposiciones de la Ordenanza Nº 035-MDLV, que dispone la Creación de Zona de Reglamentación Especial denominada "Damero de Gamarra."; Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º, y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por UNANIMIDAD de los señores regidores asistentes a la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de febrero de 2019, y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE, MODIFICA, INCORPORA Y DEROGA, DISPOSICIONES DE LA ORDENANZA Nº 035-MDLV, DE FECHA 23 DE NOVIEMBRE DE 1999, MODIFICADA POR LA ORDENANZA Nº 044-08-MDLV, QUE CREA LA ZONA DE REGLAMENTACIÓN ESPECIAL DENOMINADA DAMERO DE GAMARRA" Artículo Primero.- La presente Ordenanza tiene como objeto modificar, incorporar y derogar, disposiciones

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