Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2019 (01/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Miércoles 1 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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Que mediante Informe Nº 118-2019-GAJ-MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable la propuesta señalada en el párrafo anterior por contravenir la norma del Sistema Nacional de Bienes Estatales, recomendando elevar los actuados al Concejo Municipal a fin de proseguir con el trámite; Que mediante Memorandum Nº 131-2019-GM/ MLV la Gerencia Municipal emite opinión favorable por la derogatoria del segundo párrafo del artículo 3º de la Ordenanza Nº 264-2017-MLV; Que mediante Memorándum Nº 387-2019-PPM/MLV la Procuraduría Pública Municipal señala que de acuerdo a lo establecido en los artículos 45º y 47º del Reglamento de la Ley Nº 29151 los bienes estatales de dominio público pueden ser otorgados a terceros sólo en concesión o derecho de uso, no así en arrendamiento; Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º, y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por mayoría de los señores regidores asistentes a la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de abril de 2019, y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DEROGA EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 3º DE LA ORDENANZA Nº 264-2017/MLV QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA EL ARRENDAMIENTO DE PREDIOS DE DOMINIO PRIVADO DE LIBRE DISPONIBILIDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA. Artículo Primero.- Derogar el segundo párrafo del artículo 3º de la Ordenanza Nº 264-2017/MLV, de fecha 10 de abril de 2017. Artículo Segundo.- Las demás disposiciones de la Ordenanza Nº 264-2017/MLV siguen vigentes. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano"; así como en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Victoria www.munilavictoria.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER Alcalde 1765153-1

Proyecto de Ordenanza que Regula el Procedimiento con fines de Regularización de Edificaciones en el Distrito de Lurigancho, el informe Nº 056-2019/MDL-GOPRI del Gerente de Obras Privadas y el informe Nº 1772019/MDL-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, El Memorándum Nº 617-2019/GM-MDL; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia y se rige por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 y conforme lo prescribe el artículo IV del título Preliminar los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, la Constitución Política del Perú (modificada por la Ley Nº 27680) en el artículo 2º, inciso 22, indica que la persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el perfecto desarrollo de su vida; y según artículo 66º los recursos naturales renovables y no renovables son patrimonio de la nación. El estado es soberano en su aprovechamiento y en su artículo 194º establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, señala que los gobiernos locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a Ley, así como planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el artículo 79º numeral 3, ítems 3.6, inciso 3.6.2 de la Ley Nº 27972, establece que las municipalidades distritales tienen la función específica exclusiva de normar, regular, otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalización de construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábrica; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, establece que las municipalidades distritales establecen las ordenanzas en la materia de su competencia, siendo normas de carácter general de mayor jerarquía, pudiendo crear, modificar, suprimir o exonerar las licencias y derechos dentro de los límites establecidos por ley; Que, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 29090, sus modificatorias y reglamentado mediante D.S. Nº 011-2017-VIVIENDA, se establece el procedimiento de Regularización de edificaciones sin licencia o que no tenga conformidad de obra hasta el 17 de septiembre de 2018, siempre que cumplan con la normativa técnica vigente a la fecha de su construcción, o en el caso que le sea favorable, la normativa vigente; Que, la evaluación administrativa del procedimiento de regularización tiene como requisitos mínimos, adjuntar copia del comprobante de pago de la multa por construir sin licencia equivalente al 10% el valor de la obra a regularizar tomando como base el costo a la fecha de construcción actualizada por el índice de precios al consumidor. Que, a fin de salvaguardar la propiedad de terceros y de los habitantes del distrito de Lurigancho de lo indicado en el artículo 30º del D.S. Nº 006-2017-VIVIENDA "Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones", todo tipo de edificación que no cumplan con los parámetros urbanísticos y de protección del patrimonio histórico, o que no se hayan regularizado, serán materia de demolición, de conformidad con el artículo 93º de la Ley Nº 27972; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el concejo municipal aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO CON FINES DE REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES EN EL DISTRITO DE LURIGANCHO Artículo 1º.- OBJETO DE LA ORDENANZA: Establecer la regulación de los procesos administrativos para la

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Ordenanza que establece la regulación de los procesos administrativos para la regularización de edificaciones, flexibilizando la aplicación de las normas técnicas y legales que permitan el otorgamiento de Licencias de edificación
ORDENANZA Nº 282-MDL Lurigancho, 27 de marzo de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO, en Sesión de la fecha; y, VISTO: El dictamen Nº 001-2019/CPP emitido por la Comisión Permanente de Regidores de Desarrollo Urbano, sobre

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