Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2019 (29/05/2019)
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NORMAS LEGALES
Miércoles 29 de mayo de 2019 /
El Peruano
del Ministerio del Interior, conforme a lo establecido en el artículo 3° del presente Reglamento. Artículo 10.- Formato de datos del Servicio de Serenazgo Es obligación del gobierno regional o municipio, registrar sus datos de modo completo, en el Formulario de Registro de Serenazgos FORESER, aprobado por la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior. La información proporcionada por el servicio de serenazgo tendrá validez de declaración jurada con cargo a verificación. Artículo 11.- Contenido de la información básica Información básica, respecto a los servicios de serenazgos: 1. Datos generales del gobierno regional, de la municipalidad provincial, distrital o centro poblado: a. Ley de creación de la Región o de la municipalidad, según corresponda, u Ordenanza Municipal Provincial, en caso de centros poblados. b. Directorio de autoridades del gobierno regional, municipalidad provincial, distrital o centro poblado. 2. Datos generales del servicio de serenazgo: a. Normativa: Ordenanza que crea el servicio de serenazgo. b. Dependencia: Gerencia de Seguridad Ciudadana o la unidad orgánica que haga sus veces. c. Responsable de Seguridad Ciudadana. d. Directorio de Serenazgo del gobierno regional, municipalidad provincial, distrital o centro poblado, según corresponda. e. Locales con los que cuenta el servicio de serenazgo. 3. Especificaciones generales del servicio de serenazgo. 4. Gobierno regional, municipalidad provincial, distrital o centro poblado que cuente con el servicio de Serenazgo (Total de efectivos de Serenazgo: hombres/mujeres/ personas con habilidades diferentes). a. Tipo y cantidad de unidades móviles con que cuenta el servicio de Serenazgo. Estado de funcionamiento. b. Tipo, cantidad y estado de Infraestructura. Local. Módulos. Propios y/o alquilados. c. Tipo de implementos logísticos, telecomunicativos e informáticos y otros del serenazgo, indicando el estado de conservación. d. Servicios básicos. CAPÍTULO IV RESPONSABILIDAD Y ACTUALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN Artículo 12.- Responsabilidad de la información La autoridad regional o municipal designará bajo responsabilidad, al funcionario encargado de ingresar la información a la Plataforma Virtual y remitir la información a la que se refiere el presente reglamento y ejecutar las acciones necesarias para el registro, actualización de datos, veracidad del contenido y otros. La designación del funcionario será informada oportunamente a la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior. La custodia de los Formularios de Registro de Serenos FORESE y de los Formularios de Registro de Serenazgos FORESER, que contengan los datos de los serenos y de los servicios de serenazgos, está a cargo del responsable de la Plataforma Virtual de la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, bajo responsabilidad. Artículo 13.- Responsabilidad funcional La adulteración o mal uso de la información contenida en el Registro Nacional de Serenos y de Serenazgos por parte del funcionario encargado de ingresar la información
a la Plataforma Virtual de los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales, distritales y centros poblados, acarrea responsabilidad administrativa, civil y penal. Artículo 14.- Actualización permanente de información Los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales, distritales y centros poblados están obligados a brindar información, cada vez que se produzcan cambios en el servicio de serenazgo, tales como: datos generales, formación académica, laboral, antecedentes, especificaciones técnicas de infraestructura, logística, servicios básicos, entre otros. Artículo 15.- Actualización anual de información Durante el primer trimestre de cada año, los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales, distritales y centros poblados deben remitir a la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, en forma actualizada y de acuerdo al presente reglamento, la información correspondiente al año fiscal anterior que comprenda los meses de enero a diciembre. Artículo 16.- Código del Sereno La Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior establece mediante Resolución Directoral y para efectos administrativos, la forma en que se asigna un código para los Serenos y los Servicios de Serenazgos registrados por los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales, distritales y centros poblados. Artículo 17.- Organización y almacenamiento de la Información La información del Registro Nacional de Serenos y de Serenazgos se organiza y almacena en una base de datos la cual está disponible conforme a las normas de transparencia y, con las limitaciones establecidas por la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales. Dicha información es transmitida al Instituto Nacional de Estadística e Informática INEI, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 27563, Ley que crea el Registro Nacional de Municipalidades, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 033-2002-PCM. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA.- La Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior aprobará mediante Resolución Directoral el Manual del Usuario del Registro Nacional de Serenos y de Serenazgos, el cual debe contener como mínimo la asignación de altas y bajas de usuarios, claves de acceso, formas de acceso, perfil de usuario, custodia del Formulario de Registro de Serenos FORESE y del Formulario de Registro de Serenazgos FORESER, y la emisión de la información a partir del registro. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- La información nominal correspondiente al año 2018, será remitida por los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales, distritales y centros poblados en un plazo no mayor de noventa (90) días calendario contados a partir de la publicación del presente Reglamento. Segunda.- El Ministerio del Interior asignará a dos (2) funcionarios responsables de la Plataforma Virtual de la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, titular y alterno, para las coordinaciones referentes a la capacitación del funcionario del gobierno regional y/o municipal, encargado de ingresar la información a la Plataforma Virtual y sobre el uso del Formulario de Registro de Serenos FORESE y del Formulario de Registro de Serenazgos FORESER, remitidos por los gobiernos regionales, municipalidades provinciales, distritales y centros poblados.