Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2019 (29/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Miércoles 29 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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personal y de los servicios que prestan los serenazgos constituidos en los diversos gobiernos regionales, municipalidades provinciales, distritales y centros poblados conforme a Ley. Artículo 3.- Obligatoriedad del registro El Registro Nacional de Serenos y de Serenazgos es obligatorio para todos los gobiernos regionales y municipios que hayan implementado servicios de serenazgos o lo realicen en el futuro. La data se registra de modo completo, en el Formulario de Registro de Serenos ­ FORESE y el Formulario de Registro de Serenazgos ­ FORESER, siendo transmitido por medio informático. Artículo 4.- Administración e implementación La administración e implementación del Registro Nacional de Serenos y de Serenazgos está a cargo de la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior. La ejecución del Registro Nacional de Serenos y de Serenazgos, también será coordinada con los gobiernos regionales, municipalidades provinciales, distritales y centros poblados. Artículo 5.- Remisión de Información Los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales, distritales y centros poblados, están obligados a ingresar y remitir la información requerida a la plataforma virtual de la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior. CAPÍTULO II DEL REGISTRO NACIONAL DE SERENOS Artículo 6.- Base de datos del Sereno El Registro Nacional de Serenos comprende la información que procesan y remiten los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales, distritales y centros poblados. Dicha información debe ser actualizada permanentemente. En caso de los centros poblados y las municipalidades que no cuenten con los medios informáticos necesarios para su procesamiento, remitirán la información al gobierno regional, municipalidad provincial o distrital a la cual éstos pertenezcan. Dichos gobiernos locales están obligados a ingresar la información a la Plataforma Virtual de la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, conforme a lo establecido en el artículo 3° del presente Reglamento. Artículo 7.- Formato de datos del Sereno Es obligación del gobierno regional o municipio exigir que el personal que preste el servicio de serenazgo, registre sus datos de modo completo, en el Formulario de Registro de Serenos ­ FORESE, aprobado por la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior. La información proporcionada por los serenos tendrá validez de declaración jurada con cargo a verificación. La declaración jurada que falte a la verdad acarrea las responsabilidades legales correspondientes. Artículo 8.- Información básica Información básica respecto al Sereno Municipal: 1. Datos generales: a. Nombres y apellidos. b. Nombres de padre y madre. c. Documento de identidad. d. Fecha de nacimiento. e. Lugar de nacimiento. f. Edad. g. Sexo. h. Estado civil. i. Nombre de la/el cónyuge o conviviente. j. Número de hijos. k. Dirección domiciliaria. l. Correo electrónico. m. Estatura. n. Peso.

o. Teléfono fijo. p. Teléfono celular. q. Afiliación al Sistema Previsional Nacional o al Sistema Privado de Pensiones (AFP) SI /NO / (Especificar a cuál pertenece). 2. Datos de formación académica: a. Nivel de estudios primarios, secundarios, técnicos, universitarios. b. Licencia de conducir (categoría). c. Servicio militar. d. Cursos, talleres y otros. e. Escuela de Serenazgo/Tiempo. i. Participó: - Escuela de capacitación. - Cuenta con certificación de la Escuela/Diploma/ Constancia. - No cuenta con certificación de la Escuela. ii. Participó/Tiempo - Semanas (Especificar). 3. Antecedentes: a. Penales. b. Policiales. c. Judiciales. d. Requisitorias. e. Inscrito en la Lista de Deudores Alimentarios Morosos ­ Registro Nacional de Deudores - (REDAM) del Poder Judicial. f. Referencias (Especificar los datos). 4. Datos laborales: a. Modalidad de contratación. b. Fecha de Ingreso. c. Fecha de salida. d. Motivo de salida (Fin de contrato, u otro a especificar). e. Experiencia vinculada a seguridad y/o serenazgo. f. Licencia para portar armas. g. Cargos o puestos ocupados en el sector público (Especificar). h. Sueldo o remuneración percibida. i. Mérito obtenido - reconocimiento (Diploma ­ Medalla). j. Demérito (Especificar). 5. Datos médicos: a. Grupo sanguíneo. b. Restricciones o impedimentos físicos. c. Persona de contacto en caso de emergencias. d. Certificado psicológico. e. Persona con discapacidad o habilidades diferentes. f. Cuenta con seguro privado o estatal. g. Cuenta con seguro complementario de riesgo. h. Donación de órganos / SI - NO - De acuerdo con su DNI. CAPÍTULO III DEL REGISTRO NACIONAL DE SERENAZGOS Artículo 9.- Base de datos de Serenazgos El Registro Nacional de Serenazgos, comprende la información que procesan y remiten los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales, distritales y centros poblados. Dicha información debe ser actualizada en forma periódica bajo responsabilidad de dichas entidades. En caso de los centros poblados y las municipalidades que no cuenten con los medios informáticos necesarios para su procesamiento, remitirán la información al gobierno regional, municipalidad provincial o distrital a la cual éstos pertenezcan. Dichos gobiernos locales están obligados a ingresar la información a la Plataforma Virtual de la Dirección General de Seguridad Ciudadana

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