Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2019 (30/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 140

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Artículo 10.- Designación directa Hasta una cuarta parte del total de candidatos puede ser designada directamente por el órgano del partido que disponga el estatuto u otra norma interna, de acuerdo con el Anexo 2 del presente reglamento. Esta facultad es indelegable. [...] Artículo 23.- Presentación de la lista de candidatos al Congreso de la República Cada partido político o alianza electoral solo puede inscribir ante el JEE correspondiente una lista de candidatos al Congreso de la República, considerando lo siguiente: [...] 23.4. Hasta una cuarta parte del número total de candidatos que presente la organización política podrá ser designada directamente por el órgano que disponga su normativa interna. Análisis del caso concreto 4. El JEE declaró la improcedencia de la solicitud de la candidatura de César Isidoro Matías Peñaloza, candidato Nº 27 de la organización política Contigo, por el distrito electoral de Lima, mediante la Resolución Nº 00153-2019-JEE-LC1/JNE, del 20 de noviembre de 2019, porque la organización política habría incumplido con el cronograma electoral respecto a la designación del referido candidato, porque este fue designado con posterioridad al día 6 de noviembre del presente año. 5. De la revisión de autos, se aprecia el Acta de Designación Directa de Integrantes de la Lista de Candidatos al Congreso de la República para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, de fecha 17 noviembre de 2019, en donde el presidente de la organización política designó a César Isidoro Matías Peñaloza como postulante al Congreso de la República en representación del distrito electoral de Lima. Así, la designación directa por parte del presidente de la organización política se concretizó no solamente en la mencionada acta, sino también en la Resolución Nº 0192019-TNC/CONTIGO, de fecha 17 de noviembre de 2019. 6. Asimismo, se debe tener en cuenta que la Resolución Nº 019-2019-TNC/CONTIGO es conforme a la comunicación presentada por el postulante Roland Zbigniew Montaño Chlebowski, donde expresa declinar de su candidatura al Congreso de la República en representación de la organización política Contigo. 7. En razón a dicha declinación, la presidencia de la organización política, en uso de sus atribuciones, establecidas en el literal j del artículo 24 del Estatuto de la referida organización política, que señala lo siguiente: "Designar a la quinta parte de candidatos en cada lista que patrocine el Partido, excepto la que postule para Presidente y Vice Presidentes de la República, y precisar el orden de los candidatos de dicha quinta parte en la lista correspondiente". Por lo anterior y mediante el Acta de Designación Directa, de fecha 17 de noviembre de 2019, se designó como nuevo postulante al Congreso a César Isidoro Matías Peñaloza (N.° 27) en la lista de candidatos por el distrito electoral de Lima, en reemplazo del candidato saliente, y así completar la referida lista, según lo establece el Reglamento. 8. Respecto a que dicha designación directa, se realizó después del 6 de noviembre de 2019, que fue el último día para efectuar la democracia interna en las organizaciones políticas, este órgano electoral, determinó efectuar mediante Acuerdo del Pleno, de fecha 20 de noviembre de 2019, lo siguiente: [...] el plazo de democracia interna establecido en el cronograma electoral vincula al proceso de elecciones internas de los candidatos de los partidos políticos y alianzas electorales que postulen al cargo de congresista de la República en los presentes comicios electorales en cualquiera de las tres modalidades establecidas por el artículo 9 del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 aprobado mediante la Resolución Nº 156-2019-JNE, mas no así a los candidatos designados directamente para el presente proceso electoral [énfasis agregado].

En ese sentido, se trata de procesos completamente autónomos, por lo cual los plazos para seleccionar a los postulantes al Congreso de la República, en uno y otro supuesto, son diferentes. 9. Por lo expuesto, se puede concluir que resulta legítimo realizar las designaciones directas con posterioridad al 6 de noviembre de 2019, siempre y cuando se haya realizado hasta la fecha límite para la presentación de la solicitud de inscripción de lista de candidatos, esto es, hasta el 18 de noviembre de 2018. Asimismo, que esta designación cumpla con los requisitos mínimos para su validez, es decir, que no sea una designación mayor a la permitida legalmente y que la realice únicamente el órgano partidario habilitado para ello; siendo así, resulta válida la referida elección. 10. Consecuentemente, corresponde declarar fundado el recurso de apelación y revocar la resolución venida en grado. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Carlos Gustavo Portocarrero Mendoza, personero legal titular de la organización política Contigo; y, en consecuencia, REVOCAR la Resolución Nº 00153-2019-JEE-LC1/JNE, del 23 de noviembre de 2019, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de inscripción de César Isidoro Matías Peñaloza, candidato de la referida organización política, por el distrito electoral de Lima, en el marco de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020. Artículo Segundo.- DISPONER que el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 continúe con el trámite correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1832404-10

Declaran fundada en parte apelación interpuesta contra la Res. Nº 00168-2019-JEE-LIC1/JNE en lo referente a la inscripción de candidatos de organización política
RESOLUCIÓN Nº 0260-2019-JNE Expediente Nº ECE.2020001664 LIMA JEE LIMA CENTRO 1 (ECE.2020001078) ELECCIONES CONGRESALES EXTRAORDINARIAS 2020 RECURSO DE APELACIÓN Lima, veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Margarita Susana Carazas Pedreros, personera legal titular de la organización política Unión por el Perú, en contra de la Resolución Nº 00168-2019-JEE-LIC1/JNE, del 21 de noviembre de 2019, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro

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