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145 NORMAS LEGALES Sábado 30 de noviembre de 2019 El Peruano / Provisional del Distrito Fiscal de Apurímac, en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal de Andahuaylas - Chincheros, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 4714-2016-MP-FN, de fecha 21 de noviembre de 2016. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Jorge Hermógenes Fernández Mávila, Fiscal Superior Titular Penal de Andahuaylas - Chincheros, Distrito Fiscal de Apurímac, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal de Andahuaylas - Chincheros, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2286-2017-MP-FN, de fecha 05 de julio de 2017. Artículo Tercero.- Dar por concluida la designación del abogado Lucho Wilmer Ascarza Castillo, Fiscal Provincial Titular Civil y Familia de Antabamba, Distrito Fiscal de Apurímac, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Antabamba, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1990-2018-MP-FN, de fecha 14 de junio de 2018. Artículo Cuarto.- Dar por concluida la designación de la abogada Martha Violeta Pérez Sánchez, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Apurímac, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Aymaraes, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2486-2018-MP-FN, de fecha 13 de julio de 2018. Artículo Quinto.- Designar al abogado Jorge Hermógenes Fernández Mávila, Fiscal Superior Titular Penal de Andahuaylas - Chincheros, Distrito Fiscal de Apurímac, en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal de Andahuaylas - Chincheros. Artículo Sexto.- Designar a la abogada Miriam Hurtado Miranda, Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Apurímac, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal de Andahuaylas - Chincheros. Artículo Séptimo.- Designar al abogado Lucho Wilmer Ascarza Castillo, Fiscal Provincial Titular Civil y Familia de Antabamba, Distrito Fiscal de Apurímac, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Aymaraes. Artículo Octavo.- Designar a la abogada Martha Violeta Pérez Sánchez, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Apurímac, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Antabamba. Artículo Noveno.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1832379-1 Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima y lo destacan en la Fiscalía Suprema de Control Interno RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3389-2019-MP-FN Lima, 29 de Noviembre de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 552-2019-MP-FN, de fecha 15 de marzo de 2019, se dispuso, entre otros, asignar de manera temporal como Adscrita al Despacho de la Fiscalía de la Nación, una plaza de Fiscal Provincial proveniente de la Segunda Fiscalía Provincial Civil de Lima. Que, considerando que la plaza fi scal antes mencionada se encuentra vacante, se hace necesario nombrar al fi scal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa veri fi cación de los requisitos de ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado José Luis Delgado Pedroza, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima, y su designación en el Pool de Fiscales de Lima, así como su destaque en el Despacho de la Fiscalía Suprema de Control Interno, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2299-2014-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2014. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado José Luis Delgado Pedroza, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima, designándolo temporalmente como Adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación y destacándolo para que preste apoyo al Despacho de la Fiscalía Suprema de Control Interno, a partir de la fecha y hasta el 31 de marzo de 2020, fecha en la que deberá retornar a su plaza asignada, con reserva de su plaza de origen. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1832379-2 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000249-2019-JN/ONPE Lima, 28 de noviembre del 2019VISTOS: O fi cio N° 002232-2019-CG/DC, de la Contraloría General de la República; el Informe N° 000207-2019-GG/ONPE, de la Gerencia General; el Informe N° 000200-2019-GAD/ONPE, de la Gerencia de Administración; el Memorando N° 003475-2019-GPP/ONPE, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; así como el Informe N° 000431-2019-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:El artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modi fi catorias, dispone entre otros, que las sociedades de auditoría son designadas previo concurso público de méritos y contratadas por la Contraloría General de la Republica para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados fi nancieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas. Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a sus presupuestos institucionales a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Asimismo, el mencionado artículo de la citada Ley señala que, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del Pliego en caso del