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52 NORMAS LEGALES Sábado 15 de agosto de 2020 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, por la suma total de S/ 122,583.00 (Ciento Veintidós Mil Quinientos Ochenta y Tres y 00/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme a lo siguiente: N° TipoProyecto o ProgramaDenominación InstituciónN° de Convenio o Contrato Monto Total del desembolso en Soles S/ 1 Subvenciones a personas jurídicasProyectoSAMAYCOV: Desarrollo de un dispositivo electrónico portátil a bajo costo para evaluar riesgo de neumonía basado en sonido pulmonar anormal en pacientes con sospecha de COVID-19 en zonas vulnerables.ASOCIACION CIVIL UNIVERSIDAD DE CIENCIAS Y HUMANIDADES UCH054-2020 20,000.00 2 ProyectoVentilador mecánico nacional de bajo costo con características mínimas para la emergencia del COVID-19DIGITAL AUTOMATION & CONTROL S.A.055-2020 19,950.00 3 ProyectoPlataforma universal de equipos de alta protección respiratoria aprovechando impresión 3D LOLIMSA CONSULTORIA DE SISTEMAS S.A.C056-2020 15,000.00 4 ProyectoDesarrollo de un Monitor de signos vitales llevable para uso en pacientes con COVID-19 y otras enfermedades.MAXCORP TECHNOLOGIES S.A.C.057-2020 17,633.00 5 ProyectoDiagnóstico molecular rápido, accesible y preciso de SARS-CoV-2 mediante la implementación de las tecnologías RT-LAMP y CRISPR-Cas12 y Análisis de patógenos asociados a COVID-19 mediante MALDI TOF TOFINCA´ BIOTEC S.A.C 059-2020 30,000.00 6 ProyectoElaboración de Mascarilla en Tejido de Punto Rectilíneo Reutilizable Capaz de Proteger al Usuario contra el Virus COVID 19, Adecuado para uso de Personal de Salud y Personas Expuestas por Condiciones LaboralesWAKA-S TEXTILES FINOS S.A.C061-2020 20,000.00 TOTAL 122,583.00 Artículo 2.- Noti fi car la presente Resolución a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, a la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, a la O fi cina General de Administración del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT y a la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA LEÓN VELARDE SERVETTO Presidenta 1877733-1 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO Concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados el mes de julio de 2020 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 052-2020-INGEMMET/PE Lima, 11 de agosto de 2020VISTO, el Informe N° 013-2020-INGEMMET/DCM, de fecha 11 de agosto de 2020, emitido por la Dirección de Concesiones Mineras del INGEMMET, sobre concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados el mes de julio de 2020. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Registro Público de Minería, actualmente INGEMMET, publicará mensualmente en el Diario O fi cial “El Peruano”, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, de fecha 05 de julio de 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el artículo 38 del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM, y con la visación de la Dirección de Concesiones Mineras; SE RESUELVE:Artículo Único.- Publíquese en el Diario O fi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados el mes de julio de 2020, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 38º del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM. Asimismo, la