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84 NORMAS LEGALES Viernes 18 de diciembre de 2020 / El Peruano 30 cm de largo, así como el código de paradero donde se presta el servicio. (ii) La exigencia de que aprueben la constatación de características, como mínimo el 80% de la fl ota requerida del paradero solicitado, materializada en el artículo 12 del Anexo de la Ordenanza 347-MSJM. (iii) La exigencia de uniformar a los conductores autorizados de una manera determinada, materializada en el literal m) del artículo 38 del Anexo de la Ordenanza 347-MSJM. (iv) La exigencia de que la numeración correlativa deberá estar ubicada en el casquete del vehículo menor autorizado, materializada en el literal o) del artículo 38 del Anexo de la Ordenanza 347-MSJM. SUSTENTO DE LA DECISIÓN:El fundamento es que las exigencias listadas exceden la regulación dispuesta por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante la Ordenanza 1693, que regula el servicio de transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados o no motorizados en Lima Metropolitana. En consecuencia, la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores contraviene lo previsto en el artículo VII del Título Preliminar y el artículo 154 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que señalan que la competencia municipal distrital debe ejercerse de acuerdo con el marco regulatorio de la entidad metropolitana sin que pueda excederlo, lo que conlleva la imposibilidad de establecer mayores restricciones o cargas a las consideradas por las normas de superior jerarquía. Cabe precisar que la Sala reconoce la competencia de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores para autorizar la prestación del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores, en su jurisdicción. No obstante, el ejercicio de dicha facultad debe ajustarse a lo previsto en el ordenamiento jurídico vigente, sin exceder lo previsto en la normativa de superior jerarquía. ARMANDO LUIS AUGUSTO CÁCERES VALDERRAMA Presidente 1912590-1 SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES Designan responsable titular de brindar información de acceso público que se solicite al Senace, para la atención de solicitudes al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 00079-2020-SENACE/PE Lima, 14 de diciembre de 2020 VISTOS: el Memorando Nº 00207-2020-SENACE- GG/OAC, de la O fi cina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria, el Memorando Múltiple Nº 00061-2020-SENACE-GG de la Gerencia General, el Informe Nº 00182-2020-SENACE-GG-OA/RH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Nº 00182-2020-SENACE-GG/OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29968, se crea el Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, como un organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, se modi fi ca la Ley Nº 29968, en cuanto a la estructura orgánica del Senace, estableciendo en el literal 7.3 del artículo 7 que el Presidente Ejecutivo ejerce la representación legal del Senace y la titularidad del pliego presupuestal de la entidad; Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental al acceso de la información, conforme al numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, en el marco de lo señalado en los artículos 3 y 8 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se debe designar al funcionario responsable de brindar la información que se solicite al amparo de la mencionada Ley; Que, conforme el literal b) del artículo 3 del Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, dispone que es obligación de la máxima autoridad de la Entidad, bajo responsabilidad, designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público; Que, el artículo 4 del Reglamento antes citado dispone que la designación del funcionario responsable de entregar la información se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la Entidad y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, asimismo, es necesario precisar que el artículo 5 del Reglamento de la Ley Nº 27806 señala que, en caso de vacancia o ausencia justi fi cada del funcionario responsable de entregar la información, y cuando no haya sido designado un encargado de cumplir las funciones establecidas en el referido artículo, el Secretario General o quien haga sus veces asumirá las obligaciones establecidas en la Ley y el Reglamento; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 002-2018-SENACE/JEF del 10 de enero de 2018, se designa a la señora Alicia Inés Yllaconza Salcedo, especialista Legal de la O fi cina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria, como responsable de brindar la información de acceso al público, conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 00102-2018-SENACE/JEF, se designa a la señora Mariene Quintana Salgado, Especialista I de la O fi cina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaría, como responsable suplente de brindar información de acceso público, al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, mediante Memorando Nº 00207-2020-SENACE- GG/OAC, el Jefe de la O fi cina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaría, indica que la señora Alicia Inés Yllaconza Salcedo, ya no labora en el Senace, por lo que corresponde emitir un nuevo acto resolutivo para la designación de una nueva servidora responsable de la atención de solicitudes al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, proponiendo a la Señora Geraldine Melania Padilla De la Cruz como servidora responsable titular de brindar información de acceso público que se solicite al Senace; Que, asimismo, el Jefe de la O fi cina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaría, solicita que se ratifi que a la señora Mariene Quintana Salgado como servidora responsable suplente de brindar información de acceso público, al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, designada mediante Resolución Jefatural Nº 00102-2018-SENACE/JEF. Que, conforme a lo anteriormente desarrollado y en atención a lo señalado por la Gerenta General a través del Memorando Múltiple Nº 00061-2020-SENACE-GG y precisado mediante tarea Nº 7 de la plataforma electrónica - EVA, la Unidad de Recursos Humanos a través del