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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2020 (30/05/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Sábado 30 de mayo de 2020 / El Peruano N° TipoPro- yecto o Pro- gramaDenominación InstituciónN° de Convenio o Con- trato Monto Total del desem- bolso en Soles S/ 18Pro- yectoPrototipo de una línea de hilatura semiautomática para la estandarización del hilo de fibra de alpaca para mejorar la compe- titividad del productor artesanal de la región andina - PunoUniversidad de Lima089-2018 141,020.00 19Pro- yectoDesarrollo de una prueba rápida en formato Lateral Flow Assay (LFA) para el diagnóstico de leish- maniasis tegumentaria americana en centros de atención primaria de salud en áreas rurales endémicas del PerúUniversidad Peruana Cayetano Heredia095-2018 73,060.00 20Pro- yectoBiorremediación con micorrizas arbuscu- lares nativas en el control del cadmio de clones de Teobroma cacao como estra- tegia sostenible a la seguridad alimentaria ecológica en la amazo- nia peruana.Universidad Católica Sedes Sapientiae105-2018 81,238.00 21Pro- yectoExploración de metales estratégicos (In, Ge y Ga) en los Andes Centrales: abaste- cimiento sostenible de materias primas para la fabricación de tecnologías verdesPonti ficia Universidad Católica del Perú107-2018 144,272.00 22Pro- yectoEfecto de enmiendas inorgánicas y orgáni- cas en el estableci- miento del cultivo de Teca ( Tectonis grandis ) en condiciones de campo en la región San MartínInstituto de Cultivos Tropicales150-2018 22,850.00 23Pro- yectoMicropropagación vegetal a partir de yemas terminales de árboles productivos de castaña ( Bertholletia excelsa ) para la recu- peración, conserva- ción y aprovechamien- to sostenible de sus bosques.Asociación Centro de Innovación Cientí fica Amazónica168-2018 131,680.00 24Pro- yectoImpacto de la actividad ecoturística de los em- prendimientos locales en la sostenibilidad del Santuario Histórico Bosque de PómacUniversidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo175-2018 25,141.00 25Pro- yectoFrutales nativos: riqueza fitoquímica para el biocomercio de especies de páramos y bosques nublados para una reforestación rentableAsociación para la Ciencia e Innovación Agraria para la Red Norte179-2018 103,470.00 TOTAL 1’961,211.64 Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, a la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, a la O fi cina General de Administración del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT y a la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”.Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA LEÓN VELARDE SERVETTO Presidenta 1867032-1 Aprueban transferencia financiera a favor de la Universidad Nacional de Trujillo RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 047-2020-CONCYTEC-P Lima, 28 de mayo de 2020VISTOS: El Informe Técnico - Legal Nº 011-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y el Proveído Nº 026-2020-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y; CONSIDERANDO:Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, en adelante la Directiva, la cual ha sido modi fi cada mediante Resolución de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P de fecha 21 de mayo de 2019; Que, el Numeral 6.3.1 de la Directiva establece que la Dirección Ejecutiva del FONDECYT y la Unidad de Seguimiento y Monitoreo son los responsables de verifi car que se cumplan todos los requisitos establecidos en el convenio o contrato respectivo, los requisitos establecidos en las Bases del Instrumento Financiero, en el Plan Operativo del Proyecto, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros documentos normativos similares para proceder a los desembolsos solicitados por el FONDECYT, así como de precisar si se trata de un Instrumento/Esquema Financiero que se encuentra en ejecución cuyo convenio ha sido suscrito con entidades públicas o personas jurídicas privadas domiciliadas y no domiciliadas en el país, o si se trata de un Esquema Financiero proveniente de un concurso; Que, el Numeral 6.3.2 de la Directiva señala que la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la emisión del Certi fi cado de Crédito Presupuestario y de veri fi car que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, conforme al Numeral 6.3.3 de la Directiva, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica es responsable de: i) Veri fi car la vigencia del convenio o contrato materia de subvención o transferencia, ii) Veri fi car que la entidad o persona jurídica a quien se propone transferir o subvencionar, cuente con la Resolución que lo declare ganador del Instrumento Financiero respectivo, y iii) Verifi car que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva;