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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (23/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 74

74 NORMAS LEGALES Jueves 23 de diciembre de 2021 El Peruano / lleve a cabo la adquisición de los bienes y servicios; y recomienda descentralizar el proceso de adquisiciones de bienes y servicios para dar celeridad a las ejecuciones presupuestarias. Igualmente, por O fi cio Nº 0157-2021- GRA/GG-OSR-HTA-D de fecha 30 de marzo de 2021, el Director de la O fi cina Sub Regional de Huanta, reporta que la O fi cina de Abastecimiento y Patrimonio Fiscal del Gobierno Regional de Ayacucho, se atribuye la competencia de realizar los procesos de adquisición de bienes y servicios, argumentando que las O fi cinas Sub Regionales no contarían con el Sistema de Módulo Presupuestario en el SIAF-SP, siendo que en los últimos años, los procesos de adquisiciones y bienes y servicios mayores a 8 UITs se realiza en la O fi cina de Abastecimiento y Patrimonio Fiscal de la Sede Central Gobierno Regional de Ayacucho, de acuerdo al artículo 4º y 5º de la Ley Nº 30225 - Ley de Contrataciones del Estado. Luego, por Ofi cio Nº 121-2021-GRA/GG-OSRPSS-D de fecha 12 de abril de 2021, el Director de la O fi cina Sub Regional de Paúcar del Sara Sara, mediante Informe Nº 008-2021-GRA/GG-OSRPSS-OADM, informa que a partir del año 2012, fue implementado con la instalación del SIAF-SP en el Módulo Administrativo y las operaciones de gastos, se vienen ejecutando en dicho módulo hasta la actualidad, siendo que la sede central del Gobierno Regional de Ayacucho, viene realizando las transferencias fi nancieras para la ejecución de los diferentes proyectos y/u obras por la modalidad de encargo, en concordancia al artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 021-2009-EF/77.15; cuyas transferencias que realiza la sede central del Gobierno Regional de Ayacucho, por la modalidad de encargo, son en montos menores o iguales a 8 UITs en cada ejercicio presupuestal, en razón de que según el artículo 19º de la Ley de Contrataciones del Estado, es requisito para convocar un procedimiento de selección contar con la certi fi cación de crédito presupuestario o la previsión presupuestal, siendo que las O fi cinas Sub Regionales no tienen el sistema del Módulo Presupuestario en el SIAF-SP, y cuando los costos delos bienes y servicios que se requieren adquirir o contratar mayores a 8 UITs, se quedan en la sede central del Gobierno Regional de Ayacucho, a fi n de que la O fi cina de Abastecimiento, a través del Comité Especial de Adquisiciones, realicen los diferentes procesos de selección, para lo cual el Área Usuaria - O fi cina Sub Regional de Paúcar del Sara Sara, cumple con enviar las Especi fi caciones Técnicas para el caso de adquisiciones de bienes y los Términos de Referencia para el caso de la contratación de servicios. Finalmente, mediante O fi cio Nº 075-2021-GRA/GG- OSRHCOS-D de fecha 06 de abril de 2021, el Director de la O fi cina Sub Regional de Huanca Sancos, informa que si cuenta con el módulo SIAF-SP pero solamente con el Módulo Administrativo, en ello se realiza el registro y procesamiento de todas las fases del SIAF-SP de los compromisos asumidos durante la adquisición de bienes y servicios menores a los 8 UITs, y no tiene ninguna participación durante el proceso de selección de Subasta Inversa Electrónica, Comparación de Precios, Contratación Directa, Adjudicación Simpli fi cada y Concurso Público, solamente interviene como área usuaria; Que, por O fi cio Nº 210-2021-GRA/GR-GG de fecha 05 de marzo de 2021, el Gerente General del Gobierno Regional de Ayacucho, mediante Informe Nº 008-2021-GRA/GR-GGR-SG de fecha 03 de marzo de 2021, formulado por la Secretaría General, señala que las Ofi cinas Sub Regionales no pueden realizar procesos de selección mayores ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), de acuerdo a la Resolución Ejecutiva Regional Nº 248-2016-GRA/GR, con la cual se delega expresamente funciones solo para dicho tope, y que básicamente no pueden asumir las funciones para realizar los procesos de selección mayores a dicho tope por falta de implementación completa del sistema para las contrataciones en las O fi cinas Sub Regionales, implicando asignar mayores recursos presupuestales para gastos en personal y logística. Sobre el particular, el Artículo Primero de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 248-2016-GRA/GR de fecha 22 de marzo de 2016, delega a los Directores de las O fi cinas Sub Regionales del Gobierno Regional de Ayacucho, las funciones y atribuciones para las contrataciones cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes al momento de la transacción, conforme al literal a) del artículo 5º de la Ley Nº 30225, cuya delegación es para el año fi scal 2016, argumentando que las Sub Regiones, por la misma naturaleza administrativa y fi nanciera, no podrían emitir la certi fi cación del crédito, toda vez que no contarían con la potestad de disponer los recursos técnicos, pues, en este caso solamente tienen facultad de utilizar el sistema integrado de administración fi nanciera en forma limitada y, únicamente, el módulo administrativo, más no así otros módulos, lo que implica que para la certi fi cación del crédito presupuestario se tendría que efectuar en la Sede Central de la Entidad; Que, según el Manual de Organización y Funciones (MOF) del Gobierno Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional Nº 030-2008-GRA/CR, las Ofi cinas Sub Regionales son órganos desconcentrados del Gobierno Regional de Ayacucho de ejecución local, jerárquicamente dependen de la Gerencia General Regional; funcional y técnicamente de los Órganos de Línea, Apoyo y Asesoramiento; y presupuestalmente de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y son responsables de ejecutar el presupuesto asignado; así mismo de cumplir las funciones de los sistemas administrativos en lo que corresponda; coordinar y ejecutar las acciones técnico-administrativas y participar en la conducción del Programa de Inversión Pública del Gobierno Regional en sus respectivos ámbitos operativos, conforme a la normatividad legal vigente; y según el Cuadro Nominativo de Personal (CNP) del Gobierno Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional Nº 022-2007-GRA/CR de fecha 11 de setiembre de 2007, existen diez (10) Ofi cinas Sub Regionales en la jurisdicción de la Región Ayacucho, con sede en las provincias de Huanta, La Mar, Cangallo, Huancas Sancos, Vilcas Huamán, Sucre, Lucanas, Parinacochas y Paúcar del Sara Sara, con poca capacidad operativa de personal; Que, el argumento descrito en la Resolución Ejecutiva Regional Nº 248-2016-GRA/GR de fecha 22 de marzo de 2016, por ejemplo, devendría en contradictorio respecto a los encargos, como en el caso de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 238-2020-GRA/GR de fecha 16 de junio de 2020, por la cual el Gobernador Regional de Ayacucho autoriza la asignación de fondos por la modalidad de ENCARGO a favor de la O fi cina Sub Regional de Huaca Sancos para la ejecución del Proyecto: Meta 0206 “Construcción de Trocha Carrozable Pumasapo - Manzanayocc, Urabamba - San Andrés - Espinozayocc - Taccra, Distrito de Sancos, Provincia de Huanca Sancos - Ayacucho” por el importe de S/. 2´600,000.00 (Dos Millones Seis Cientos Mil y 00/100 Soles) con cargo a la fuente de fi nanciamiento: 00 Recursos Ordinarios, de los cuales el monto de S/. 1´255,845.00, se realizará la asignación de fondos por la modalidad d encargo a favor de la O fi cina Sub Regional de Huanca Sancos; y el monto de S/. 1´344,155.00 Soles será para la adquisición de materiales de construcción, lo cual se ejecutarán a través de la Sede Central. Similar caso ocurre con la Resolución Ejecutiva Regional Nº 415-2020-GRA/GR de fecha 25 de setiembre de 2020, por la cual el Gobernador Regional de Ayacucho autoriza la asignación de fondos por la modalidad de ENCARGO a favor de la O fi cina Sub Regional de Parinacochas para la ejecución del Proyecto: Meta 0049 “Instalación de Servicios Educativos en 07 I.E. del Inicial en el ámbito de los Distritos de Coronel Castañeda, Chumpi y Pullo de la Provincia de Parinacochas”, por el importe de S/. 2´205,712.00 (Dos Millones Doscientos Cinco Mil Setecientos Doce y 00/100 Soles), con cargo a la fuente de fi nanciamiento: 00 Recursos Ordinarios, de los cuales el monto de S/. 2´046,212.00 Soles se realizará la asignación de fondos por la modalidad de ENCARGO a favor de la O fi cina Sub Regional de Parinacochas, y el monto de S/. 159,500.00 Soles será para la adquisición de materiales de construcción como Cemento Portland Tipo I, lo cual se ejecutarán a través de la Sede Central. También es el caso de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 277-2020-GRA/GR de fecha 07 de julio de 2020, por la cual el Gobernador Regional de Ayacucho autoriza la asignación de fondos por la modalidad de ENCARGO a favor de