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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (24/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 100

100 NORMAS LEGALES Viernes 24 de diciembre de 2021 El Peruano / Proceder a su publicación en la página web institucional, y 3) Proceder a su implementación y difusión a los COPROSEC y CODISEC de su ámbito territorial. Que, con Informe Técnico Nº 12-2021-GRJ/CORESEC- ST, de fecha 03 junio del 2021, el Secretario Técnico CORESEC – JUNIN – Lic. Alain Munarriz Escobar remite al Presidente del Comité Regional de Seguridad Ciudadana - Gobernador Regional de Junín el Plan Regional de Seguridad Ciudadana, en la que CONCLUYE: *Que se DEROGUE la Ordenanza Regional Nº 305-GRJ/CR, que aprueba el Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2019. *Que se apruebe la Ordenanza Regional que aprueba el Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2021. Que, con Informe legal Nº 215-2021-GRJ/ORAJ, de fecha 08 de junio del 2021, la Directora Regional de Asesoría Jurídica – Abg. Silvia Ticze Huamán remite al Gerente General Regional un informe en la que CONCLUYE: Que, Es PROCEDENTE la aprobación del Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2021, conforme los fundamentos expuestos. Que, con fecha 03 de setiembre del 2021 la Comisión Especial se reunió virtualmente a fi n de analizar y evaluar el informe técnico – legal sobre el tema de seguridad ciudadana, en la que los miembros revisaron, evaluaron y analizaron el expediente, previo a las preguntas del caso; la Comisión por Unanimidad aprobó estar conforme con los documentos, aclarando que la vigencia del Plan de Seguridad Ciudadana 2019 tuvo vigencia exclusivamente el año 2019, acordando ya realizar la emisión del dictamen correspondiente. Que, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, contando con el Dictamen Nº 001-2021-GRJ-CR/CE de la Comisión Especial, en concordancia con su Reglamento Interno, ha aprobado por UNANIMIDAD lo siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL PLAN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA PARA EL AÑO 2021” ACUERDA:Artículo Primero: APROBAR, el “Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2021”, conforme al literal d) y e) del artículo 19º del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, documento aprobado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC), y presentado por el Secretario Técnico del CORESEC, cuya vigencia es para el periodo del presente año en curso. Artículo Segundo: ENCARGAR, a Ejecutivo Regional adoptar las medidas necesarias, para la implementación del Plan Regional de Seguridad Ciudadana – 2021, debiendo informar al Consejo Regional periódicamente, sobre las acciones realizadas para el logro de este fi n. Artículo Tercero: DEROGAR, las normas que se oponga a la presente. Artículo Cuarto: ENCARGAR, a la Secretaria Ejecutiva del Consejo Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la página web del Gobierno Regional Junín. Dado en la Sala Virtual del Gobierno Regional de Junín a los, 14 días del mes de Setiembre del año 2021. XIMENA M. LOPEZ CASTRO Consejera DelegadaConsejo Regional POR LO TANTO:Mando, promúlguese, comuníquese y cúmplase.Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 20 días del mes de Setiembre de 2021. FERNANDO POOL ORIHUELA ROJAS Gobernador Regional 2024431-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza para la prevención y control de la contaminación sonora ORDENANZA N° 2419-2021 Lima, 20 de diciembre de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del Artículo 9, así como en el Artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y de conformidad con lo opinado por las Comisiones de Medio Ambiente y Servicios a la Ciudad y de Asuntos Legales, mediante sus Dictámenes N° 010-2021-MML-CMASC y N° 139-2021-MML-CMAL de 9 y 25 de noviembre de 2021, respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN SONORA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I DEL OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN, PRINCIPIOS Y DEFINICIONES Artículo 1. Objeto. La presente ordenanza tiene por objeto establecer el marco normativo metropolitano aplicable a las acciones de prevención y control de la contaminación sonora causante de impactos negativos al ambiente y a la población, generados por el desarrollo de las actividades comerciales, de servicios y actividades domésticas, que se efectúan en el ámbito territorial de la provincia de Lima. Asimismo, busca garantizar un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el óptimo desarrollo de la vida de los habitantes. Artículo 2. Ámbito de Aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente ordenanza se aplican en toda la provincia de Lima; y son de cumplimiento obligatorio para la Municipalidad Metropolitana de Lima y las municipalidades distritales; así como para las personas naturales o jurídicas de derecho público o privado. Artículo 3. Principios y Lineamientos de Política Ambiental. Principios acordes con la Ley General del Ambiente, la Política Nacional del Ambiente y la Política Metropolitana del Ambiente. Principio Precautorio.- Cuando haya indicios razonables de peligro grave o irreversible al ambiente o, a través de este, a la salud, la ausencia de certeza cientí fi ca no debe utilizarse como razón para no adoptar o postergar la ejecución de medidas e fi caces y e fi cientes destinadas a evitar o reducir dicho peligro.