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70 NORMAS LEGALES Viernes 24 de diciembre de 2021 El Peruano / SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Rectifican errores materiales incurridos en Anexos de la Resolución de Consejo Directivo N° 024-2017-SUNEDU/CD, que otorgó la licencia institucional a la Universidad de San Martín de Porres RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 136-2021-SUNEDU/CD Lima, 22 de diciembre de 2021VISTOS:La Resolución del Consejo Directivo N° 024-2017-SUNEDU/CD 1 del 9 de agosto de 2017, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad de San Martín de Porres (en adelante, la Universidad); el O fi cio N° 119-2021-VRA-USMP presentado por la Universidad; y, el Informe N° 1284-2021-SUNEDU-02-12 del 14 de diciembre de 2021 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic). CONSIDERANDO1. Antecedentes El numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria establece como función del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) aprobar, denegar, suspender o cancelar las licencias para el funcionamiento del servicio de educación superior universitario bajo su competencia. El 11 de agosto de 2017, se publicó en el diario ofi cial “El Peruano” la Resolución del Consejo Directivo N° 024-2017-SUNEDU/CD del 9 de agosto de 2017, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad para ofrecer el servicio educativo superior universitario. Posteriormente, dicha resolución ha sido objeto de diversas modi fi caciones 2. El 28 de octubre de 2021, mediante O fi cio N° 119-2021-VRA-USMP3, la Universidad solicitó la recti fi cación del error material incurrido en la codi fi cación del local de dos (2) programas de estudios de posgrado: “Gestión Pública (Virtual: Semipresencial)” y “Solución de Confl ictos (Virtual: Semipresencial)” consignados en el Anexo N° 02 de la Resolución de Consejo Directivo N° 024-2017-SUNEDU/CD. Mediante Informe N° 1284-2021-SUNEDU-02-12 del 14 de diciembre de 2021, la Dilic informó al Consejo Directivo sobre la pertinencia de recti fi car el error material incurrido en la codi fi cación del local de dos (2) programas de estudios de posgrado: “Gestión Pública (Virtual: Semipresencial)” y “Solución de Con fl ictos (Virtual: Semipresencial)” consignados en el Anexo N° 02 de la Resolución de Consejo Directivo N° 024-2017-SUNEDU/CD. 2. Sobre la recti fi cación del error material incurrido en la codi fi cación del local de dos (2) programas de estudios listados en los números 117 y 118 en el “ANEXO N° 02 DISTRIBUCIÓN DE LOS PROGRAMAS POR LOCAL DECLARADO de la Resolución del Consejo Directivo N° 024-2017-SUNEDU/CD. En el marco del procedimiento de licenciamiento institucional, la Universidad presentó los siguientes medios de veri fi cación: i) Planes de estudios en donde se señala que los programas de posgrado de “ Gestión Pública (Virtual: Semipresencial) ” y “ Solución de Confl ictos (Virtual: Semipresencial) ” forman parte del “Instituto de Gobierno y de Gestión Pública”; y, ii) Formato de licenciamiento A3, en donde consignó que, en el local (SL10) se encuentra el Instituto de Gobierno y de Gestión Pública; no obstante, en el Formato de licenciamiento A5 4, la Universidad consignó que, en el local (SL11) se brindan los referidos programas, lo cual fue recogido en el Anexo N° 02 de la Resolución del Consejo Directivo N° 024-2017-SUNEDU/CD. Con posterioridad, la Universidad mediante O fi cio N° 119-2021-VRA-USMP asumió la comisión del error material en la codi fi cación del local declarado en el Formato de licenciamiento A5 presentado durante el procedimiento de licenciamiento institucional, respecto de los dos (2) programas de estudios de posgrado descritos en el párrafo precedente. En ese sentido, en atención a la solicitud de recti fi cación efectuada por la Universidad y, de la revisión del expediente de licenciamiento institucional, corresponde efectuar la recti fi cación del error material incurrido en la codi fi cación del local donde se dictan los programas de estudios de posgrado listados en los números 117 y 118 en el “ANEXO N° 02 DISTRIBUCIÓN DE LOS PROGRAMAS POR LOCAL DECLARADO” de la Resolución de Consejo Directivo N° 024-2017-SUNEDU/CD, conforme se detalla a continuación: Dice: (…) ANEXO 02 DISTRIBUCIÓN DE LOS PROGRAMAS POR LOCAL DECLARADO CÓDIGO DEL LOCALN° PROGRAMA EXISTENTESGRADO ACADÉMI- CODENOMINACIÓN DEL GRADO ACADÉMICOTÍTULO QUE OTORGA (…) SL11117GESTIÓN PÚBLICA (VIRTUAL: SEMI-PRESENCIAL) MAESTROMAESTRO EN GESTIÓN PÚ-BLICA- 118SOLUCIÓN DE CONFLICTOS (VIR-TUAL: SEMIPRES-ENCIAL)MAESTRO EN SOLUCIÓN DE CONFLICTOS- (…) Debe decir: (…) ANEXO 02 DISTRIBUCIÓN DE LOS PROGRAMAS POR LOCAL DECLARADO CÓDIGO DEL LOCALN° PROGRAMA EXISTENTESGRADO ACADÉMI- CODENOMINACIÓN DEL GRADO ACADÉMICOTÍTULO QUE OTORGA (…) SL10117GESTIÓN PÚBLI- CA (VIRTUAL: SEMIPRESEN-CIAL) MAESTROMAESTRO EN GESTIÓN PÚ-BLICA- 118SOLUCIÓN DE CONFLICTOS (VIRTUAL: SEMI-PRESENCIAL)MAESTRO EN SOLUCIÓN DE CONFLICTOS- (…) 3. Sobre la recti fi cación del error material incurrido en el “ANEXO N° 01 LOCALES PARA OFRECER EL SERVICIO EDUCATIVO SUPERIOR” de la Resolución del Consejo Directivo N° 024-2017-SUNEDU/CD. En el marco del procedimiento de licenciamiento institucional, la Universidad declaró en el Formato de Licenciamiento A3 contar con once (11) locales en la provincia y departamento de Lima, en los que se encuentra el local (SL11) ubicado en Jr. Badajos N° 264,