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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (30/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 176

176 NORMAS LEGALES Jueves 30 de diciembre de 2021 El Peruano / presencial y virtual en las instalaciones del Auditorio de la Dirección Regional de Agricultura, utilizando las tecnologías de la información, llevado a cabo el día 25 de Octubre de 2021, aprobó por MAYORIA la siguiente: ACUERDO REGIONAL:Artículo Primero: APROBAR la transferencia de Infraestructura y Otros Componentes del Proyecto de Inversión: “INSTALACION DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO EN LA LOCALIDAD DE HUICUNGO”, con SNIP 7298 y CUI Nº 2229618, y con un valor neto de S/ 1´722,249.04, a favor de la Municipalidad Distrital de Huicungo, conforme se detalla continuación: Nombre del Proyecto Valor Neto Costo del Proyecto liquidadoEntidad Receptora Tipo de Transferencia “INSTALACION DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO EN LA LOCALIDAD DE HUICUNGO”S/ 1´722,249.04S/ 1´733,215.23Municipalidad Distrital de HuicungoExterna Artículo Segundo: AUTORIZAR al Gobernador Regional de San Martín para que a través de la Gerencia General Regional disponga las acciones administrativas para la implementación del presente Acuerdo Regional, derivándosele el expediente administrativo correspondiente. Artículo Tercero: ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración, realizar los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial El Peruano y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en el distrito judicial de San Martín, conforme a Ley. Artículo Cuarto: REALIZAR los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal Web del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Quinto: DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.FIDELITO SALAS VÁSQUEZ Consejero DelegadoConsejo Regional 2025557-1 Aprueban la Formulación y Presentación de los Estados Financieros del Pliego 459 Gobierno Regional San Martín, al 31 de diciembre del 2020 ACUERDO REGIONAL Nº 044-2021-GRSM/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Moyobamba, 10 de noviembre de 2021 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y;CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia; Que, los Artículos 11º y 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponen que “El Consejo Regional es el Órgano Normativo y Fiscalizador del Gobierno Regional, correspondiéndole las atribuciones y funciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”. Que, el numeral 2 del artículo 54 del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional San Martín, establece que, son funciones de la O fi cina de Contabilidad y Tesorería, Consolidar la información contable y formular al fi nal de cada ejercicio los Estados Financieros y Presupuestales del Pliego y remitirlos a los organismos pertinentes. Que, en ese sentido, mediante Informe Técnico Nº46-2021-GRSM/OCYT, de fecha 25 de octubre de 2021, el Jefe de la O fi cina de Contabilidad y Tesorería concluye, entre otras, que Cada Unidad Ejecutora, ha cumplido con la presentación sistematizada y física de su información Financiera y Presupuestaria, lo cual ha permitido su integración y consolidación a nivel de pliego, así también, que la Información fi nanciera y presupuestaria del ejercicio 2019 del pliego 459 Gobierno Regional San Martín, ha sido presentada y sustentada ante la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Económica y Finanzas, dentro del plazo establecido en la normatividad vigente, con Ofi cio Nº111-2021-GRSM/GR. Que, los estados financieros del Gobierno Regional San Martín, son formulados bajo los alcances establecidos en las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público –NIC SP debidamente oficializadas por la Dirección General de Contabilidad Pública del MEF en su calidad de Ente Rector. También, considera los alcances de la Resolución Directoral Nº 022-2020-EF/51.01, de la Directiva Nº 003-2020-EF/51.01, que establece los lineamientos para la elaboración y presentación de Información Financiera y Presupuestaria, aplicados en cada una de las 22 Unidades Ejecutoras adscritas al Pliego. Que, el literal n. del artículo 21 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante la Ley), establece que es atribución del Presidente Regional (ahora Gobernador Regional), Presentar la Memoria y el Informe de los Estados Presupuestarios y Financieros del Gobierno Regional al Consejo Regional. Que, por su parte, el literal d. del artículo 15 de la Ley, establece que son atribuciones del Consejo Regional: Aprobar los Estados Financieros y Presupuestarios. Que, mediante Nota Informativa Nº286-2021- GRSM/ORA de fecha 26 de octubre de 2021, mediante el cual el Jefe de la Oficina Regional de Administración solicita al Gerente General Regional del Gobierno Regional San Martín, solicite a este despacho opinión legal sobre la “Presentación de Estados Financieros del Pliego 459- Gobierno Regional San Martín, al 31 de diciembre de 2020” y posteriormente, sea remitido al Consejo Regional para su aprobación mediante Acuerdo de Consejo. Que, Informe Legal Nº 722-2021-GRSM/ORAL, la Ofi cina Regional de Asesoría Legal, opina favorablemente por la emisión de un Acuerdo Regional que apruebe los Estados Financieros del Pliego 459- Gobierno Regional San Martín, al 31 de diciembre de 2020, conforme a lo establecido en el literal d del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, debiendo ser presentado por el Gobernador Regional al Consejo Regional de San Martín para la emisión del Acuerdo Regional.