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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (30/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 181

181 NORMAS LEGALES Jueves 30 de diciembre de 2021 El Peruano / para el Año Fiscal 2022 indica que las entidades públicas pueden aprobar disposiciones de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público y de Ingreso de Personal antes del 31 de diciembre del año 2021; Que, según el literal f) de la disposición indicada en el párrafo precedente, precisa que, para el caso de los Organismos Públicos Descentralizados de los gobiernos locales, estas son aprobadas mediante resolución de su titular; Que, el artículo 16° del Estatuto del SERPAR LIMA, establece que la Secretaría General es el órgano de la Alta Dirección que constituye la máxima autoridad administrativa del Servicio de Parques de Lima y ejerce como titular de la entidad; Que, se debe proceder a emitir el acto resolutivo que aprueba la Directiva para la Implementación de Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público del Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA; Que, en uso de las facultades conferidas en el Estatuto del SERPAR LIMA aprobado con Ordenanza Nº 1784-MML, y conforme al Reglamento de Organización y Funciones del SERPAR LIMA aprobado con Ordenanza N° 1955-MML; Con las visaciones de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR, la Directiva N° 008-2021/SG/SERPAR-LIMA/MML “Directiva para la Implementación de Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público del Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA para el Ejercicio Fiscal 2022”, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER, que la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Modernización, a través de la Subgerencia de Presupuesto, del Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA, es responsable del seguimiento y control de lo dispuesto en la presente Directiva. Artículo Tercero.- DISPONER , la publicación de la presente Resolución y la Directiva en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal web de la entidad. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO, cualquier norma interna que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Quinto.- NOTIFÍQUESE, la presente Resolución a las Gerencias y dependencias del SERPAR LIMA. Regístrese y comuníquese.CECILIA MÓNICA ESPICHE ELÍAS Secretaria General DIRECTIVA N° 008-2021/SG/SERPAR LIMA/MML DIRECTIVA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO PÚBLICO DEL SERVICIO DE PARQUES DE LIMA - SERPAR LIMA Elaborado por: Subgerencia de Presupuesto I. OBJETIVO Establecer disposiciones de austeridad, disciplina y calidad del gasto público para el Ejercicio Fiscal 2022, en el Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA. II. FINALIDAD Optimizar el uso de recursos económicos en el Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA, bajo los principios de efi ciencia y e fi cacia, a efectos de cumplir con los objetivos institucionales correspondientes al año fi scal 2022. III. BASE LEGAL - Ley N° 31365 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022.- Ley N° 31366 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 - Decreto Supremo N° 082-2019-EF, Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 - Ley de Contrataciones del Estado.- Decreto Supremo N° 357-2021-EF, Decreto Supremo que aprueba el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2022 de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. - Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. - Ordenanza N° 1784 - Estatuto del Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA. - Ordenanza N° 1955 - Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA IV. ALCANCE Las normas y disposiciones contenidas en la presente directiva son de observancia y aplicación obligatoria para todos los/as servidores/as SERPAR LIMA con independencia del nivel jerárquico y modalidad contractual que lo vincula a la entidad. V. DEFINICIONESY/O CONCEPTOS 5.1. Acto Administrativo: es una declaración de voluntad de la administración pública. Crean y extinguen derechos, modi fi can el orden jurídico en la materia, y producen efectos jurídicos. 5.2. Certifi cación de Crédito Presupuestario: es el documento expedido por el/la Subgerente de Presupuesto del SERPAR LIMA o quien haga sus veces, con el cual se garantiza la existencia de crédito presupuestal disponible y libre de afectación para la asunción de obligaciones con cargo al presupuesto de la entidad. 5.3. Contrato Administrativo de Servicios (CAS): es una modalidad contractual administrativa y privativa del Estado, que vincula a una entidad pública, en este caso, a SERPAR LIMA, con una persona natural que presta servicios de manera no autónoma. Se encuentra regulado mediante el Decreto Legislativo N° 1057. 5.4. Crédito Presupuestario: es la dotación de recursos consignada en los Presupuestos del Sector Público, con el objeto de que las entidades públicas puedan ejecutar gasto público. Es de carácter limitativo y constituye la autorización máxima de gasto que toda entidad pública puede ejecutar, conforme a las asignaciones individualizadas de gasto, que fi guran en los presupuestos, para el cumplimiento de sus objetivos aprobados. 5.5. Cuadro de Asignación de Personal (CAP): es el documento de Gestión Institucional que contiene la planta orgánica de cargos de fi nidos y aprobados de la entidad, necesarios para su adecuado funcionamiento, sobre la base de su estructura orgánica prevista en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y sus modi fi caciones formalmente aprobadas. 5.6. Documento de Gestión: es el conjunto de normas técnicas y prácticas usadas para administrar los documentos de todo tipo, recibidos y creados en una organización. 5.7. Especí fi ca de Gasto: son instrumentos normativos que permiten la agrupación o estructuración de los gastos de acuerdo con ciertos criterios, que permite presentar todos los aspectos posibles de las transacciones gubernamentales, generando información que se ajusta a los requerimientos de los/as servidores/as de gobierno. 5.8. Gasto público: Son el conjunto de erogaciones que por concepto de gastos corrientes, gastos de capital y servicio de deuda, realizan las Entidades con cargo a los créditos presupuestarios respectivos, para ser orientados a la atención de la prestación de los servicios públicos y acciones desarrolladas de conformidad con las funciones y objetivos institucionales. 5.9. Genérica de Gasto: es el mayor nivel de agregación del gasto presupuestario que comprende gastos corrientes de personal y obligaciones sociales,