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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (30/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 170

170 NORMAS LEGALES Jueves 30 de diciembre de 2021 El Peruano / la provincia de Huamanga, con sus 44 metros de altura, monumento que representa a los héroes caídos y la ruptura con el colonialismo, y que a su vez es historia y santuario ayacuchano que nos lleva a un escalón más alto; por lo mismo, es que sería grato y pertinente ser sede de los Juegos Bolivarianos, ya que nuestra ciudad representa esa unión, compromiso e historia; Que, para la realización de los Juegos Bolivarianos, se presentarán como propuestas-deporte y modalidades deportivas entre ellas: atletismo; bádminton; baloncesto; balonmano; béisbol; boliche; boxeo; canotaje; ciclismo: ciclismo BMX, ciclismo de montaña, ciclismo en pista, ciclismo en ruta; deportes acuáticos: clavados, nado sincronizado, natación, natación en aguas abiertas, waterpolo; equitación; esgrima; esqui acuático; futbol: fútbol, futsal; gimnasia: gimnasia acrobática, gimnasia artística, gimnasia rítmica; golf; haltero fi lia; judo; karate; lucha; patinaje: patinaje artístico, patinaje de carreras; raquetbol; remo; rugby; sóftbol; squash; tackwondo; tenis; tenis de mesa; tiro deportivo; tiro con arco; triatlon; vela; voleibol; voleibol de playa; Que, los eventos deportivos, especialmente los multideportivos, como es el caso de los Juegos Bolivarianos, contribuyen de manera decisiva al desarrollo del deporte amateur y profesional en la región y el país organizador, impulsando su práctica, convirtiéndose en un factor que dinamiza el desarrollo económico y social de la región y del país que lo organiza, permitiendo emprender grandes proyectos de desarrollo deportivo, generando un gran impacto que va mucho más allá del propio evento, a través de la promoción del turismo, la motivación y movilización de la ciudadanía en torno a un proyecto común, la generación de oportunidades de trabajo y divisas, entre otros aspectos; Que, organizar este tipo de eventos permite obtener posibilidades de desarrollo económico, social y local que puedan surgir de la interconexión entre turismo y deporte para una región como Ayacucho; por cuanto, es menester tener en cuenta que la práctica deportiva y su visualización (asistencia a espectáculos deportivos) tienen un componente económico y social que supera puramente el ámbito deportivo; es más, la rentabilidad de estos eventos no es solo una cuestión de bene fi cio económico directo e indirecto, incluso social, sino del impacto mediático, que implica la promoción de la ciudad fuera de nuestro territorio o área de atracción natural; dado que, en este evento participan siete países (Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador, Panamá, Perú y Venezuela), además, se tiene que en las últimas ediciones se han invitado a países como Paraguay, El Salvador o República Dominicana; por otro lado, el uso de equipamiento deportivo e infraestructura requerido para la celebración de estos eventos no obedece a una inversión, sino más bien a la amortización de instalaciones de interés general que existen, porque responden a una necesidad social; además, la celebración de acontecimientos deportivos a lo largo de todo el año permite combatir la estacionalización de la actividad turística, a través de la movilización de un turismo de calidad, con cierto potencial económico a lo largo de todo el año; Que, es necesario destacar que ser sede de los Juegos Bolivarianos, contribuirá en la mejora de la infraestructura que se va a utilizar para el evento deportivo, ya que puede hacerse modi fi caciones y ampliaciones patrocinadas por una marca; si el evento resulta ser un éxito, la sede será considerada para repetir de nuevo el evento; en caso de que el evento sea trasmitido por los medios de comunicación, dará lugar a un mayor número de ingresos por parte de los patrocinadores; ingresos por a fl uencia de público que acuda al evento; crear y reforzar el hábito deportivo educando a la población desde la infancia, de tal forma que luego se extienda favoreciendo un modo de vida saludable; complementar el proceso formativo-educativo de las niñas y los niños a través de un entorno deportivo adecuado; fomentar el conocimiento de un amplio abanico de modalidades deportivas; procurar a cada persona la formación deportiva que necesite según sus intereses y capacidades; desarrollar una formación integral en la que se contemplen todas sus capacidades motrices, cognitivas, sociales y afectivas mediante la participación en diferentes actividades deportivas; y, formar personas que en un futuro sean practicantes y/o seguidores del deporte en general o de alguna actividad deportiva; Que, el deporte es una industria muy potente y transversal que genera muchos bene fi cios económicos y sociales; aparte de ello, es de resaltar que el objetivo que tiene una ciudad para albergar este tipo de eventos es estudiar los distintos sectores en los cuales tiene un gran impacto y, fi nalmente la celebración de competiciones y eventos deportivos es vista ya como una fuente generadora de bene fi cios directos, inducidos y externos con efectos positivos sobre la economía local, la sociedad y la proyección exterior del espacio físico en el que se celebren y ser parte de la historia peruana y ayacuchana, asimismo permite mejorar nuestro sentido sobre el sector deporte, turismo y mejora de la infraestructura en las áreas deportivas; asimismo, si estos eventos deportivos son organizados correctamente, pueden suponer grandes bene fi cios tanto para la entidad que los organiza como para la ciudad-país donde se organiza los eventos; Que, es menester tener en consideración que, para la postulación como Sede de los Juegos Bolivarianos 2025, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho declare de interés y prioridad la postulación a los XX Juegos Bolivarianos 2025; por lo mismo que, resulta justi fi cable declararlo en ese sentido, el mismo que contribuirá al fomento de la práctica deportiva en niños, jóvenes, adultos, adultos mayores; así como, a la masi fi cación deportiva que reporta ganancias sociales en salud, seguridad, integración, etc., y, crea las condiciones necesarias para la identi fi cación, captación y surgimiento de los atletas de alta competencia, quienes son los que al fi nal participan en los eventos multideportivos; resultando también justi fi cable, más todavía, en el contexto del bicentenario de la Batalla de Ayacucho, por ello, la región de Ayacucho espera ser sede de este importante evento de alta competencia deportiva, que permitirá dinamizar la economía regional y mostrar todo el potencial productivo y turístico de nuestra región; Que, el literal g) del artículo 138º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2012-GRA/CR, establece que la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología, Deporte y Recreación tiene la función de dictaminar los proyectos de Ordenanzas y Acuerdos en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el literal a) del artículo 15º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, establece que el Consejo Regional tiene entre sus atribuciones la aprobación, modi fi cación y derogación de las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; por otro lado, el artículo 38º de la primera norma invocada, precisa que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; asimismo, el artículo 46 concordante con el literal a) del artículo 47 de la misma Ley, sobre las Funciones especí fi cas de los gobiernos regionales en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación, establece formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación de la región. Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú; Ley Nº27783 - Ley de Descentralización, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias Ley Nº27902, Ley Nº29053 y Ley Nº28968, Ordenanza Regional Nº 003-2012-GRA/CR, Ordenanza Regional Nº 003-2020-GRA/CR y demás normas conexas; el Consejo Regional con el voto unánime de sus miembros aprueba la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE INTERÉS Y PRIORIDAD LA POSTULACIÓN DE LA REGIÓN AYACUCHO COMO SEDE DE LOS XX JUEGOS BOLIVARIANOS AYACUCHO-2025. Artículo Primero.- DECLARAR de interés y prioridad la postulación de la Región de Ayacucho como Sede de los XX Juegos Bolivarianos, Ayacucho-2025.