Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (30/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 184

184 NORMAS LEGALES Jueves 30 de diciembre de 2021 El Peruano / restituir el derecho de las personas jurídicas, es decir reincorporando en el Plan Regulador del Decreto de Alcaldía Nº 007-2018, a la Empresa de Transportes los Tigres de Ate Sociedad Anónima Cerrada y restituyendo su fl ota inicial; Que, mediante Informe Técnico Nº 300-2019-MDA- GDE/SGTTV-AT, el área técnica de la Sub Gerencia de Transito Transporte y Vialidad, propone modi fi car el Ítem Nº 3 del Anexo III del Decreto de Alcaldía Nº 007-2018-MDA, respecto a la cantidad máxima de unidades distribuidas por zonas de trabajo e incorporando a la Empresa de Transportes Los Tigres de Ate S.A.C., y los paraderos ubicados en la Av. Santa Cecilia con Av. Santa María – Urb. Industrial la Aurora, Av. Michel Faraday Cuadra 05 con Av. Benjamín Franklin – lotización Industrial Santa Rosa; Calle Luis Galvani con pista Auxiliar de la Vía Evitamiento – Lotización Industrial Santa Rosa, dentro de la Zona de Trabajo Nº 01; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 045-2019-MDA-GDE/SGTTV-AL, concluye que se realice la reincorporación a la Empresa de Transportes los Tigres de Ate S.A.C en la zona de Trabajo Nº 01; Que, de la revisión de los actuados elaborada mediante el Informe Técnico Nº 009-2020-MDA-GDE/SGTTV-AT-FECP, se recomienda modi fi car el Ítem Nº 3 del Anexo III del Decreto de Alcaldía Nº 007-2018-MDA, a fi n de reincorporar a la Empresa de Transportes Los Tigres de Ate S.A.C., en la Zona de Trabajo Nº01; Que, mediante Informe Técnico Nº 106-2021-MDA- GDE/SGTTV-AT-PADC e Informe Técnico Legal Nº 006-2021-MDA-GDE/SGTTV-AT-JCCJ, recomiendan restructurar los derechos de la Empresa de Transportes Los Tigres de Ate S.A.C. reincorporándolos al Plan Regulador; Que, es necesario modi fi car el Decreto de Alcaldía Nº007-2018-MDA, en el extremo del numeral 2 de Anexo IV “RELACIÓN DE PARADEROS AUTORIZADOS POR ZONA DE TRABAJO ACTUALIZADAS”, considerando a la Empresa de Transportes Los Tigres de Ate S.A.C en los paraderos incorporados en el presente Decreto de Alcaldía; Que, mediante informe Nº 785-2021-MDA-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que resulta procedente que mediante Decreto de Alcaldía se modi fi que el Decreto de Alcaldía Nº007-2018MDA, que aprueba la Actualización del Estudio Técnico del Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Ate – “Plan Regulador”, conforme a la propuesta formulada por la Sub Gerencia de Transito, Transporte y Vialidad a través de los Informes Técnicos y Legales citados precedentemente; Que, mediante Proveído Nº 463-2021-MDA/GM la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía de acuerdo a los documentos adjuntos y conforme a Ley; ESTANDO A LAS CONSIDERACIONES EXPUESTAS Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS EN EL INCISO 6) DEL ARTÍCULO 20º Y ARTÍCULO 42º DE LA LEY Nº 27972 - LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES; Artículo 1º.- MODIFICAR; el Ítem Nº 3 del Anexo III del Decreto de Alcaldía Nº 007-2018-MDA respecto a la cantidad máxima de unidades distribuidas por zonas de trabajo, según se detalla: CANTIDAD MAXIMA DE UNIDADES DISTRIBUIDAS POR ZONAS DE TRABAJO Zona de TrabajoFLOTA VEHICULAR REGISTRADAMáximo de unidades a incorporarseFlota Máxima por Zona de Trabajo con proyección social hasta el 2021 ZT-01 250 40 290 ZT-02 172 0 172ZT-03 648 0 648ZT-04 984 140 1.124ZT-05 849 165 1.014ZT-06 2.046 0 2.046ZT-07 604 94 698ZT-08 796 0 796ZT-09 2.484 202 2.686 ZT-10 969 133 1.102 ZT-11 2.516 358 2.874 TOTALES 12.318 1.132 13.450 Artículo 2º.- REINCORPORAR; al Decreto de Alcaldía Nº007-MDA-2018, a la Empresa de Transportes Los Tigres de Ate S.A.C., en la Zona de Trabajo Nº01. Artículo 3º.- MODIFICAR; el numeral 2 del Anexo IV del al Decreto de Alcaldía Nº007-MDA-2018, incorporando los paraderos de la Empresa de Transportes Los Tigres de Ate S.A.C. detallados de la siguiente manera: ZONA DE TRABAJO Nº 01 Paradero Nomenclatura – Ubicación 1ºAV. SANTA CECILIA CON AV. SANTA MARÍA – URB INDUSTRIAL LA AURORAUbicación: Lado oeste de la Av. Santa Cecilia, Norte de la Av. Santa MaríaDistancia: a 8.00 m. de la Av. Santa MaríaUnidades: 03 vehículos menores 2ºAV. MICHAEL FARADAY CUADRA 05 CON AV. BENJAMÍN FRANKLIN – LOTIZ. INDUSTRIAL SANTA ROSAUbicación: Lado Norte de Av. Michael Faraday / Lado Este de la Av. Benjamín FranklinDistancia: a 40.00 m. de la Av. Benjamín FranklinUnidades: 05 vehículos menores 3ºCALLE LUIS GALVANI CON PISTA AUXILIAR DE LA VÍA EVITAMIENTO – LOTIZ. INDUSTRIAL SANTA ROSAUbicación: Lado Sur de la Calle Luis Galvani, Lado Oeste de la Vía EvitamientoDistancia: a 8.00 m. de la Pista Auxiliar de la Vía EvitamientoUnidades: 03 vehículos menores Artículo 4º.- DISPONER; que la persona jurídica cumpla con habilitar los espacios físicos de los paraderos detallados en el artículo anterior del presente decreto. Artículo 5º.- DISPONER; que la Sub Gerencia de Transito, Transporte y Vialidad, emita la resolución correspondiente a la autorización del Permiso de Operación para prestar el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores a la persona jurídica incorporada en el presente decreto. Artículo 6º.- DISPONER; que se publique el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate. Artículo 7º.- HACER DE CONOCIMIENTO; el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, y a sus órganos de línea. Artículo 8º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Económico, Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones, y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EDDE CUÉLLAR ALEGRÍA Alcalde 2025676-1