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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (30/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 168

168 NORMAS LEGALES Jueves 30 de diciembre de 2021 El Peruano / y/o judiciales con calidad de cosa juzgada, o sanción administrativa o inhabilitación para el ejercicio de la función pública vigente; y 7) Contar con Registro en el Aplicativo Informático de Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP - MEF) en la Unidad Ejecutora de origen; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, concordante con el literal a) del artículo 15º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del artículo 45º de la misma Ley Orgánica, establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ty sus modi fi catorias, concordante con el artículo 158º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2012-GRA/CR, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa; Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP “Desplazamiento de Personal”, aprobado por Resolución Directoral Nº 013-92-INAP-DNP; y demás normas conexas; el Consejo Regional de Ayacucho con el voto por mayoría de sus miembros, aprobó la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de la Ordenanza Regional Nº 020-2017-GRA/CR, modi fi cada por la Ordenanza Regional Nº 004-2018-GRA/CR, que “Declara de Necesidad y Prioridad Pública Regional de Implementación del Proceso de Desplazamiento De fi nitivo del Personal Asistencial y Administrativo de Salud en las diferentes Unidades Ejecutoras del Sector Salud de la Región Ayacucho, destacados y/o rotados debidamente justifi cados conforme a la normatividad vigente”; cuyo anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- NOTIFICAR la presente Ordenanza Regional a los miembros integrantes del Comité de Reglamentación de la Ordenanza Regional Nº 020-2017-GRA/CR, modi fi cada por la Ordenanza Regional Nº 004-2018-GRA/CR; para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- ESTABLECER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, conforme lo dispone el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano; en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región; y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, para conocimiento y los fi nes pertinentes. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ayacucho para su respectiva promulgación. En la sede del Consejo Regional de Ayacucho, a los 29 días del mes de octubre del año dos mil veintiuno. EDGAR RAÚL OLIVARES YANQUI PresidentePOR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 24 días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno. CARLOS ALBERTO RUA CARBAJAL Gobernador 2025849-1 Ordenanza Regional que declara de interés y prioridad la postulación de la Región Ayacucho como Sede de los XX Juegos Bolivarianos Ayacucho 2025 ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2021-GRA/CR Ayacucho, 24 de noviembre de 2021EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO. POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria virtual de fecha 15 de noviembre de 2021, deliberó el Dictamen del proyecto de Ordenanza Regional que “Declara de Interés y Prioridad la Postulación de la Región Ayacucho como Sede de los XX Juegos Bolivarianos Ayacucho-2025”, formulado por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología, Deporte y Recreación, del Consejo Regional de Ayacucho”; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma de los Artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Estado, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones; asimismo, en su artículo 14º establece que “La educación promueve el conocimiento, el aprendizaje y la práctica de las humanidades, la ciencia, la técnica, las artes, la educación física y el deporte. Prepara para la vida y el trabajo y fomenta la solidaridad”; Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, artículo modi fi cado por la Ley Nº 29053, señala que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, correspondiéndole las funciones y atribuciones que se establecen en su ley orgánica y aquellas que le sean delegadas. Parámetro normativo a partir del cual, conforme a lo establecido en el inciso a) del artículo 15º de esta ley, se tiene bien establecido que son atribuciones del Consejo Regional “Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; Que, el artículo 2º del Reglamento Interno de Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, aprobado con Ordenanza Regional Nº 003-2012-CRA/CR, establece que “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional y constituye el máximo órgano deliberativo, el mismo que ejerce funciones y atribuciones que establece la Ley conforme a la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modi fi catorias y demás disposiciones concordantes, vigentes en materia de descentralización y regionalización”; Que, el alcalde de la Municipalidad Provincial de Huamanga, Arq. Yuri A. Gutiérrez Gutiérrez, mediante Ofi cio Nº 746-2021-MPH, de fecha 10 de agosto de