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60 NORMAS LEGALES Viernes 29 de enero de 2021 / El Peruano de la información correspondiente a los datos generales y UPSS incluyendo infraestructura, recursos humanos, equipamiento y organización de la atención a cargo de la IPRESS.” 1923432-1 PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO Disponen ampliación del plazo para el proceso de transferencia de causas y/o procesos a la Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria RESOLUCIÓN DEL PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO N° 04-2021-PGE/PG Lima, 27 de enero del 2021VISTOS: El Informe N° 004-2021-JUS/PGE-OAJ del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Procuraduría General del Estado y el O fi cio N° 001-2020-EF/77.01 del Procurador Público Especializado en Materia Hacendaria, y el Acta de la Décimo Sexta Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado (virtual); CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Legislativo Nº 1326 se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno, autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones; Que mediante el Decreto Supremo N° 018-2019-JUS se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, con la fi nalidad de optimizar el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado, garantizando el desarrollo efectivo de las actividades desplegadas por los operadores en bene fi cio de los intereses del Estado; Que conforme a los numerales 4 y 9 del artículo 4 del citado reglamento, son funciones de la Procuraduría General del Estado velar por el e fi ciente ejercicio de la defensa jurídica del Estado, aplicando los mecanismos que sean necesarios para ello y dentro del ámbito de sus competencias, estableciendo lineamientos, protocolos y registros que coadyuven a una e fi ciente defensa; Que mediante la Resolución del Procurador General del Estado N° 42-2020-PGE/PG, se aprobaron los criterios adicionales sobre las competencias de la Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria, disponiendo en su artículo 3 que el proceso de transferencia de causas y/o procesos a la citada procuraduría pública, se realiza en un plazo que no excede los ciento veinte (120) días calendarios; Que mediante el o fi cio de Visto, el Procurador Público Especializado en Materia Hacendaria comunica a la Procuraduría General del Estado sobre el retraso en el proceso de digitalización de los expedientes a transferirse, informando que ciento cuarenta y cinco (145) procuradurías públicas han cumplido con digitalizar y registrar sus expedientes conforme a lo dispuesto en la Resolución del Procurador General del Estado N° 42-2020-PGE/PG; no obstante, se han identi fi cado a cincuenta y nueve (59) procuradurías públicas o entidades públicas que se encuentran pendientes de efectuar dicha transferencia; Que estando a lo expuesto y conforme a los documentos de Vistos, considerando además lo informado por el Procurador Público Especializado en Materia Hacendaria, sobre los motivos justi fi cados que han generado retraso en el proceso de digitalización de los expedientes a transferirse, es conveniente y necesario conceder un plazo adicional al establecido en el artículo 3 de la Resolución del Procurador General del Estado N° 42-2020-PGE/PG, con la fi nalidad de que culmine el proceso de transferencia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 018-2019-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la ampliación del plazo establecido en el artículo 3 de la Resolución del Procurador General del Estado N° 42-2020-PGE/PG, por sesenta (60) días calendario adicionales, para el proceso de transferencia de causas y/o procesos a la Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria. Artículo 2.- Establecer que el proceso de transferencia culmina cuando las procuradurías públicas o entidades públicas señaladas en la parte considerativa de la presente resolución, hayan trasladado la totalidad de causas y/o procesos a la Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria conforme a la Resolución del Procurador General del Estado N° 42-2020-PGE/PG. El Procurador Público Especializado en Materia Hacendaria, dentro del plazo de quince (15) días hábiles de concluido el mencionado proceso, emite un informe fi nal a la Procuraduría General del Estado. Artículo 3.- Disponer que, culminado el proceso de transferencia de acuerdo a lo señalado en el artículo precedente, toda remisión posterior de expedientes a la Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria, a solicitud de una procuraduría pública o entidad pública, se coordina directamente con la Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria, la que evaluará la pertinencia de la solicitud. Artículo 4.- Autorizar al Procurador Público Especializado en Materia Hacendaria para que apruebe las acciones pertinentes y el otorgamiento de plazos, a fi n de optimizar la remisión de expedientes mencionada en el artículo anterior. Por cada caso en particular, se eleva un informe a la Procuraduría General del Estado dentro de los dos (2) días hábiles de aprobada la transferencia. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Procuraduría General del Estado (https://cdje.minjus.gob.pe). Regístrese comuníquese y publíquese. DANIEL SORIA LUJAN Procurador General del Estado 1923821-1 Aprueban conformación de la Comisión de Planeamiento Estratégico de la Procuraduría General del Estado RESOLUCIÓN DEL PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO N° 05-2021-PGE/PG Lima, 27 de enero del 2021VISTOS: El Informe N° 003-2021-JUS/PGE-OPPM del Jefe de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y el Informe N° 009-2021-PGE/OAJ del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la Procuraduría General del Estado, y el Acta de la Décimo Sexta Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado (virtual); CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del