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100 NORMAS LEGALES Jueves 4 de febrero de 2021 / El Peruano MUNICIPALIDAD DE ANCON Ordenanza que aprueba la modificación del TUPA vigente de la Municipalidad Distrital de Ancón ORDENANZA Nº 444-2021-MDA Ancón, 25 de enero del 2021VISTO:Memorándum Nº 036-2021-GM/MDA, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 015-2021-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 002-2021-GPPR/MDA de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Título II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, señal que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que el artículo 60º del T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que las municipalidades crean, modi fi can, suprimen tasas y contribuciones, y otorgan exoneraciones dentro de los límites que fi ja la ley, disponiendo en el inciso a) que la creación y modi fi cación de tasas y contribuciones se aprueban por ordenanza municipal. Que, el Artículo 41.1 del Decreto Supremo Nº 004- 2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; establece que los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados son de obligatoria aplicación por las entidades competentes para tramitarlos, las que no están facultadas para modi fi carlos o alterarlos. Las entidades están obligadas a incorporar dichos procedimientos y servicios estandarizados en su respectivo Texto Único de Procedimientos Administrativos. Que, mediante Ordenanza Nº 405-2019-MDA se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ancón, el cual compendia y sistematiza los procedimientos administrativos y servicios administrativos brindados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación aprobados. La citada ordenanza fue rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 070-MML; ambas normas fueron publicadas el 13 de junio de 2019. Que, mediante Ordenanza Nº 412-2019-MDA se modi fi ca el TUPA de la Municipalidad procediéndose a incorporar los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento, ordenanza que fue rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 0233-MML; ambas normas fueron publicadas el 26 de octubre de 2019. Que, mediante Ordenanza Nº 439-2020-MDA se modi fi ca la Ordenanza Nº 412-2019-MDA, procediéndose a incluir los procedimientos administrativos relacionados al cambio de giro de la licencia de funcionamiento de un establecimiento cali fi cado con nivel de riesgo bajo y medio. Que, mediante la Ley Nº 30877, Ley General de Bodegueros, se establece el marco jurídico que reconoce el valor social de la actividad bodeguera, a fi n de dinamizar la competitividad y productividad de dichas unidades económicas, creando un procedimiento administrativo de licencia provisional de funcionamiento para bodegas. Que, mediante D.S. Nº 200-2020-PCM, publicado el 19 de diciembre de 2020, se aprueba Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento y de Licencia Provisional de Funcionamiento para Bodegas.Que, mediante Ordenanza Nº 443-2020-MDA, publicado el 11.01.2021, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Ancón. Que, mediante Informe Nº 002-2021-GPPR/MDA la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones en cumplimiento al marco normativo vigente cumple con remitir el proyecto de Ordenanza que modi fi ca el TUPA de la municipalidad. Que, mediante el Informe Nº 015-2021-GAJ/MDA la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto al proyecto de Ordenanza presentado por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones. Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL TUPA VIGENTE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN Artículo Primero.- MODIFICAR la denominación del procedimiento Nº 3.25 del TUPA vigente de la Municipalidad, quedando redactado de la siguiente manera: “3.25. Licencia de Funcionamiento para Cambio de Giro” en cumplimiento a lo dispuesto en el D.S. Nº 200-2020-PCM. Artículo Segundo.- ANULAR el procedimiento Nº 3.26 del TUPA vigente de la Municipalidad denominado “3.26. Cambio de giro de la licencia de funcionamiento de un establecimiento cali fi cado con nivel de riesgo medio”. Artículo Tercero.- INCORPORAR el procedimiento Nº 3.26 en el TUPA vigente de la Municipalidad, denominado: “3.26. Licencia Provisional de Funcionamiento para Bodegas” en cumplimiento a lo dispuesto en el D.S. Nº 200-2020-PCM, conforme al Anexo adjunto el cual forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación y difusión de la presente ordenanza de acuerdo a ley, y a las demás Unidades Orgánicas de la MDA su cumplimiento en el marco de su competencia funcional. Artículo Quinto.- DISPONER que la presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario o fi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 1924950-1 Ordenanza que fija el monto mínimo del Impuesto Predial, fechas de vencimiento, la Tasa del Interés Moratorio (TIM) de deudas tributarias y prorroga de vencimiento y beneficio por pronto pago en Arbitrios Municipales ORDENANZA Nº 445-2021-MDA Ancón, 25 de enero del 2021VISTO:El Informe Nº 021-2020-GATYR/MDA de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas que presenta el Proyecto de “Ordenanza que fi ja el monto mínimo del Impuesto Predial, fechas de vencimiento y la tasa del interés moratorio (TIM)”, y el Informe Nº 025-2020-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;