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99 NORMAS LEGALES Jueves 4 de febrero de 2021 El Peruano / Artículo Cuarto.- REMÍTASE el presente Acuerdo Regional a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, para su conocimiento. Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente acuerdo en el Diario Ofi cial “El Peruano”, en un diario de mayor circulación local y a la O fi cina de Tecnologías de la Información su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. RAUL EDGAR SOTO RIVERA Consejero Delegado 1925160-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban transferencia financiera del Servicio de Administración Tributaria de Lima a favor de la Contraloría General de la República SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 001-004-00004546 Lima, 29 de enero de 2021.CONSIDERANDO:Que, mediante Edicto N° 225 se creó el Servicio de Administración Tributaria - SAT, como organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica de Derecho Público Interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y fi nanciera; Que, la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, tiene como objeto, propender al apropiado, oportuno y efectivo ejercicio del control gubernamental, para prevenir y veri fi car, mediante la aplicación de principios, sistemas y procedimientos técnicos, la correcta, e fi ciente y transparente utilización y gestión de los recursos y bienes del Estado, el desarrollo honesto y probo de las funciones y actos de las autoridades, funcionarios y servidores públicos, así como el cumplimiento de metas y resultados obtenidos por las instituciones sujetas a control, con la fi nalidad de contribuir y orientar el mejoramiento de sus actividades y servicios en bene fi cio de la Nación; Que, el artículo 20 de la referida ley, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, la citada disposición también señala que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican el diario o fi cial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web; Que, mediante Resolución Jefatural N° 001-004- 00004522 de fecha 15 de diciembre de 2020, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2021 del Servicio de Administración Tributaria; Que, con O fi cio N° 000309-2020-CG/GAD de fecha 1 de octubre de 2020, la Contraloría General de la República solicita al SAT, se proceda a efectuar la transferencia fi nanciera relacionada a la contratación de la sociedad de auditoría; Que, con Memorando N° D000018-2021-SAT-GCA de fecha 29 de enero de 2021, la Gerencia Central de Administración de Recursos remite el Informe N° D000016-2021-SAT-GFN elaborado por la Gerencia de Finanzas solicitando se gestione la emisión de la resolución jefatural que autorice la segunda transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República, con cargo al Presupuesto Institucional 2021 del Organismo Público Descentralizado 500231: Servicio de Administración Tributaria de Lima, para cubrir los gastos correspondientes al 50% del concepto de retribución económica (Incluido IGV), para el periodo auditado 2020; En uso de las facultades conferidas por los artículos 12 y 13 del Reglamento de Organización y Funciones del SAT, aprobado mediante Ordenanza N.º 1698 y modi fi cado por la Ordenanza N° 1881; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Organismo Público Descentralizado 500231: Servicio de Administración Tributaria de Lima, hasta por la suma de S/ 57,008.00 (Cincuenta y siete mil ocho con 00/100 soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, en el marco de lo establecido por el artículo 20 de la Ley N° 27785. Artículo 2°.- La transferencia fi nanciera autorizada por la presente resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional 2021 del Organismo Público Descentralizado 500231: Servicio de Administración Tributaria de Lima, por la suma de S/ 57,008.00 (Cincuenta y siete mil ocho y 00/100 soles). Artículo 3°.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.- La Gerencia de Finanzas del SAT, es responsable de efectuar las acciones que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, así como del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes para los cuales se realiza la presente transferencia. Artículo 5°.- Encargar a la O fi cina de Imagen Institucional del SAT la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 6°.- Encargar al responsable del Portal de Transparencia del Servicio de Administración Tributaria la publicación de la presente resolución en la página Web de la Entidad: www.sat.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL FILADELFO ROA VILLAVICENCIO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 1924920-1