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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2021 (17/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Sábado 17 de julio de 2021 El Peruano / Hospital Regional de Ayacucho, tiene como fi nes y objetivos amparados jurídicamente en el marco del Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021, y en estricto cumplimiento y adecuación a los Lineamientos de la Organización del Estado; Que, fi nalmente, por Acuerdo de Consejo Regional Nº 049-2021-GRA/CR de fecha 10 de mayo de 2021, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, acordó por unanimidad solicitar la intervención inmediata y oportuna de la Contraloría General de la República para ejecutar una acción de control integral al Hospital Regional “Miguel Ángel Mariscal Llerena” de Ayacucho, por la presunta existencia de irregularidades administrativas y presuntos actos de corrupción en la adquisición de bienes y servicios, entre otros, en el marco de la emergencia sanitaria del COVID-19, correspondiente al periodo 2020 - 2021; Que, conforme al artículo 1º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Por otro lado, el artículo 4º de la precitada Ley señala que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, asimismo, en el artículo 5º de la Ley Nº 27658, establece que, el proceso de modernización de la gestión del Estado se sustenta fundamentalmente en las siguientes acciones: a) Mejorar la calidad de la prestación de bienes y servicios coadyuvando al cierre de brechas. b) Concertación, con la participación de la sociedad civil y las fuerzas políticas, diseñando una visión compartida y planes multianuales, estratégicos y sustentables. c) Descentralización, a través del fortalecimiento de los Gobiernos Locales y Regionales y la gradual transferencia de funciones. d) Mayor e fi cacia y e fi ciencia en el logro de los objetivos y en la utilización de los recursos del Estado, eliminando la duplicidad o superposición de competencias, funciones y atribuciones. e) Revalorización de la Carrera Pública, se pone especial énfasis en el principio de la ética pública y la especialización, así como el respeto al Estado de Derecho. f) Institucionalización de la evaluación de la gestión por resultados, a través del uso de modernos recursos tecnológicos, la plani fi cación estratégica y concertada, la rendición pública y periódica de cuentas y la transparencia a fi n de garantizar canales que permitan el control de las acciones del Estado. g) Regulación de las relaciones intersectoriales, entre otros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013- PCM, se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, la cual tiene 5 Pilares centrales: i) Las políticas públicas nacionales y el planeamiento, ii) El presupuesto por resultados, iii) La gestión por procesos y la organización institucional, iv) El servicio civil meritocrático y v) El seguimiento, monitoreo, evaluación y la gestión del conocimiento; elaborados sobre la base de los componentes del modelo de gestión por resultados y complementados por 3 ejes transversales: i) El gobierno abierto, ii) El gobierno electrónico y iii) La articulación interinstitucional; siendo animados por un proceso explícito de gestión del cambio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, el cual regula los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; y en su artículo 4º establece los principios generales a aplicarse, como a) Servicio a la ciudadanía.- Las entidades se organizan para responder mejor a las necesidades de la ciudadanía asegurando una prestación ágil, oportuna, efectiva y de calidad, para lograr resultados que impacten positivamente en el bienestar de la ciudadanía y en el desarrollo del país; b) E fi cacia.- Las entidades se organizan para asegurar el cumplimiento de políticas, estrategias, metas y resultados. c) E fi ciencia.- Las entidades adoptan formas organizativas haciendo un uso racional de los recursos públicos; d) Especialidad.- Las entidades integran sus competencias y funciones según su a fi nidad y complementariedad; e) Jerarquía.- Las entidades se organizan en un régimen jerarquizado y desconcentrado cuando corresponda, sobre la base de competencias y funciones a fi nes; y f) Legalidad.- Las competencias de las entidades deben estar plenamente justifi cadas y amparadas en la ley y re fl ejarse en sus normas de organización y funciones; Que, con Decreto Supremo Nº 056-2018-PCM, se aprueba la Política General de Gobierno al 2021, con cinco (05) Ejes de Política como son: 1) Integridad y lucha contra la corrupción; 2) Fortalecimiento institucional para la gobernabilidad; 3) Crecimiento económico equitativo, competitivo y sostenible; 4) Desarrollo Social y bienestar de la población; y 5) Descentralización efectiva para el desarrollo; y dieciocho (18) Lineamientos Prioritarios, para el cual las instancias de los tres (03) niveles de Gobierno deben efectuar y articular acciones a fi n de dar cumplimiento a la Política, contribuyendo cada uno desde su espacio territorial. De otro lado, en el numeral 1 del artículo 5º de la precitada Ley, en el lineamiento de integrad y lucha contra la corrupción, es combatir la corrupción y las actividades ilícitas en todas sus formas, y asegurar la transparencia en todas las entidades gubernamentales. Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1026, se establece un régimen especial facultativo para los Gobiernos Regionales y Locales que deseen implementar procesos de modernización institucional integral. Para tal efecto la precitada norma, precisa que tiene por fi nalidad facultar a los gobiernos regionales y locales a implementar un proceso de modernización institucional integral para mejorar los servicios a la ciudadanía y potenciar el desarrollo de sus jurisdicciones, así como hacer efectivo el traslado de recursos humanos del gobierno nacional a los gobiernos regionales y locales en el marco del proceso de descentralización; y el proceso de modernización institucional integral comprende aspectos de reestructuración, simpli fi cación administrativa, orientación a resultados, mejora de la calidad del gasto y democratización; Que, en tal contexto, la Gerencia General del Gobierno Regional de Ayacucho, en el Informe Nº 006-2021-GRA/GR--G de fecha 07 de abril de 2021, advierte que en el Hospital Regional “Miguel Ángel Mariscal Llerena” de Ayacucho se habría identi fi cado situaciones adversas, serias debilidades a nivel administrativo y de gestión, y presuntos actos de corrupción que se encontrarían en procesos de investigación por las autoridades competentes (Ministerio Público), estando involucrados funcionarios y servidores de la propia entidad, las cuales inciden en la adecuada, e fi caz y e fi ciente atención integral del servicio de salud a la población ayacuchana con calidad, equidad y oportunidad con tecnología actualizada y actividad docente; por lo que; resulta necesario y urgente declarar en proceso de reorganización administrativa el referido Hospital Regional de Ayacucho y conformar una comisión sectorial encargada de elaborar el informe técnico para viabilizar tal proceso; Que, según la Ordenanza Regional Nº 018-2018- GRA/CR de fecha 09 de octubre de 29018, que aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Hospital Regional “Miguel Ángel Mariscal Llerena” de Ayacucho, es un órgano desconcentrado de la Dirección Regional de Salud y Gobierno Regional de Ayacucho, por intermedio de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, que brinda atención de salud especializada, siendo responsable de lograr el desarrollo de las personas del niño, adolescente, adulto y adulto mayor, a través de la protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona; y en el marco de la modernización y descentralización del Gobierno Nacional al Gobierno Regional acorde al nivel de complejidad, alcanzó la categoría de II-2. Entre las funciones generales del Hospital Regional “Miguel Ángel Mariscal Llerena” de Ayacucho, se tiene: a) Lograr la recuperación de la salud y la rehabilitación de las facultades y capacidades de los pacientes, en condiciones de oportunidad, equidad, calidad y plena accesibilidad, en consulta externa, hospitalización y emergencia, en el marco de las políticas nacionales y regionales del sector; b) Apoyar la formación y especialización de los recursos humanos,