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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2021 (17/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Sábado 17 de julio de 2021 El Peruano / Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA (en adelante, Reglamento), dispone en su artículo 66 que, el periodo del Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal es de tres (3) años, computados desde la elección o designación del primer miembro del Directorio; debiéndose renovar totalmente este órgano colegiado al término de dicho periodo, incluyendo a aquellos directores que fueron elegidos o designados para completar periodos; precisándose que sus miembros continuarán en funciones hasta la elección o designación de sus reemplazos para la conformación del nuevo Directorio, en concordancia con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Ministerial N° 228-2018-VIVIENDA; Que, mediante Resolución Ministerial N° 382-2018-VIVIENDA, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 11 de noviembre de 2018, se designa a Wilder Sergio Hilario Aquino, en el cargo de Director Titular, y al señor Oscar Gregorio Herrera Ibañez, en el cargo de Director Suplente, ambos a propuesta de la Sociedad Civil en el Directorio de EPS MUNICIPAL MANTARO S.A., el mismo que de conformidad a lo establecido en el considerando anterior corresponde renovarse, por lo que, resulta pertinente la conclusión de las designaciones antes referidas; Que, conforme a los documentos de Vistos, la DS ha verifi cado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad vigente respecto de cuatro (04) candidatos propuestos por la Sociedad Civil, concluyendo que dos (02) candidatos resultan aptos; los mismos que fueron evaluados y en razón al puntaje obtenido, se determina que corresponde designar al señor Leopoldo Máximo Márquez Espíritu, en el cargo de Director Titular, y al señor Jorge Luis Mercado Granados, en el cargo de Director Suplente, para un nuevo periodo en el Directorio de EPS MUNICIPAL MANTARO S.A.; Que, en ese sentido, corresponde dar por concluida las designaciones del señor Wilder Sergio Hilario Aquino, en el cargo de Director Titular, y del señor Oscar Gregorio Herrera Ibañez, en el cargo de Director Suplente en el Directorio de EPS MUNICIPAL MANTARO S.A., realizada a través de la Resolución Ministerial N° 382-2018-VIVIENDA, y designar al señor Leopoldo Máximo Márquez Espíritu, en el cargo de Director Titular, y al señor Jorge Luis Mercado Granados, en el cargo de Director Suplente, ante el Directorio de EPS MUNICIPAL MANTARO S.A.; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2020-VIVIENDA; el Reglamento Decreto Legislativo N° 1280, aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA; y, la Resolución Ministerial N° 228-2018-VIVIENDA, que aprueba el Procedimiento para la Designación y Vacancia de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal; SE RESUELVE:Artículo 1.- Conclusión de designación de Director Titular y Suplente Dar por concluida la designación del señor Wilder Sergio Hilario Aquino, en el cargo de Director Titular y del señor Oscar Gregorio Herrera Ibañez, en el cargo de Director Suplente, en el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal Mantaro Sociedad Anónima - EPS MUNICIPAL MANTARO S.A., realizada a través de la Resolución Ministerial N° 382-2018-VIVIENDA. Artículo 2.- Designación del Director Titular Designar al señor Leopoldo Máximo Márquez Espíritu, en el cargo de Director Titular, para un nuevo periodo en el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal Mantaro Sociedad Anónima - EPS MUNICIPAL MANTARO S.A., propuesto por la Sociedad Civil. Artículo 3.- Designación del Director Suplente Designar al señor Jorge Luis Mercado Granados, en el cargo de Director Suplente, para un nuevo periodo en el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal Mantaro Sociedad Anónima - EPS MUNICIPAL MANTARO S.A., propuesto por la Sociedad Civil. Artículo 4.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Viceministerial a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, a la Contraloría General de la República y a la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal Mantaro Sociedad Anónima - EPS MUNICIPAL MANTARO S.A., para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 5.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial, en el Portal Institucional (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER ERNESTO HERNÁNDEZ CAMPANELLA Viceministro de Construcción y Saneamiento 1973571-1 ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU Crean la Red de Bibliotecas Públicas Municipales N° 3 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000074-2021-BNP Lima, 15 de julio de 2021VISTOS: El Informe N° 000048-2021-BNP-J-DDPB de fecha 02 de julio de 2021, de la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias; y, el Informe Legal N° 000153-2021-BNP-GG-OAJ de fecha 09 de julio de 2021, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú señala que la Biblioteca Nacional del Perú es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura y es el ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas, conforme a lo establecido en la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas; Que, el artículo 5 de la Ley N° 30570 establece que la Biblioteca Nacional del Perú tiene entre sus funciones esenciales, las siguientes: “b. Formular, plani fi car, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar el cumplimiento de las políticas y planes de desarrollo bibliotecario nacional para la gestión e fi ciente y e fi caz del Sistema Nacional de Bibliotecas.” (…) “e. De fi nir y emitir normas técnicas bibliotecológicas y estándares de calidad aplicables a todos los sistemas y procesos de las bibliotecas integrantes del Sistema Nacional de Bibliotecas, que aseguren la mejora en la gestión y su efi caz funcionamiento”, entre otras; Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley N° 30570, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-MC señala que la Biblioteca Nacional del Perú como ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas “(…) es una autoridad técnico-normativa, dicta normas y articula el funcionamiento de bibliotecas organizadas en todo el