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90 NORMAS LEGALES Jueves 24 de junio de 2021 El Peruano / conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1497 y el Decreto Supremo N° 205-2020-PCM. Artículo 4º.- La presentación física con posterioridad al plazo dispuesto en el artículo 3 de la presente Resolución no es aplicable a la documentación fi rmada digitalmente, de conformidad con la Ley Nº 27269, Ley de Firmas y Certi fi cados Digitales, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2008-PCM, y sus modi fi catorias; así como a otra documentación recibida por la APCI de conformidad con lo que disponga la normativa aplicable sobre la materia. Artículo 5º.- Los órganos y unidades orgánicas de la APCI, en el marco de sus competencias, tienen la responsabilidad de realizar las acciones de fi scalización posterior a la documentación presentada a través de la Mesa de Partes Digital. Artículo 6º.- La Oficina General de Administración y sus unidades orgánicas, en los ámbitos de su competencia, son responsables del funcionamiento de la Mesa de Partes Digital de conformidad con lo dispuesto en la presente Resolución; así como de la conservación en soporte electrónico de la documentación presentada a través de la Mesa de Partes Digital. Artículo 7°.- Dejar sin efecto el artículo 1° de la Resolución Directoral Ejecutiva N° 030-2020/APCI-DE, a partir del 28 de junio de 2021. Artículo 8°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva y su Anexo en el Portal Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI (https://www.gob.pe/apci). Artículo 9°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ NORRIS Director Ejecutivo 1965979-1 COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Autoridad Portuaria Nacional para financiar actividad en el marco del Programa Presupuestal “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA RPE N° 055-2021-DV-PE Lima, 23 de junio de 2021VISTO:El Memorando N° 0000678-2021-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial, remite el Anexo N° 01 que detalla la Actividad, Entidad Ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO:Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el literal e) del numeral 16.1 del artículo 16° de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, precisándose en el numeral 16.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 16.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que trans fi ere los recursos en virtud al numeral 16.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales le fueron entregados los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia fi nanciera; Que, mediante Informe N° 000025-2021-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos, remite la priorización de la Actividad “Elaboración de estudios relacionados al control de la oferta de drogas” que será fi nanciada con recursos de la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”, contando para ello con la aprobación de la Presidencia Ejecutiva; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, en el año 2021, DEVIDA suscribió un Convenio con la Autoridad Portuaria Nacional - APN, para la ejecución de la precitada Actividad, hasta por la suma de CIENTO OCHENTA MIL Y 00/100 SOLES (S/ 180,000.00), cuyo fi nanciamiento se efectuará a través de transferencia fi nanciera; Que, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ha emitido el Informe N° 000059-2021-DV-OPP-UPTO, Informe Previo Favorable que dispone el numeral 16.2 del artículo 16° de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; asimismo, se ha emitido la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000342 y la respectiva conformidad del Plan Operativo de la Actividad; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada norma legal, la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de la Actividad detallada en el Anexo N° 01 de la presente Resolución, de conformidad con el POA aprobado por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos; Con los visados de la Gerencia General, los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina General de Administración, la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera hasta por la suma total de CIENTO OCHENTA MIL Y 00/100 SOLES (S/ 180,000.00), para fi nanciar la Actividad a favor de la Entidad Ejecutora que se detalla en el Anexo N°01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia fi nanciera autorizada por el Artículo Primero, se realice