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36 NORMAS LEGALES Martes 30 de marzo de 2021 / El Peruano Contrato de Concesión Nº 563-2021, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario o fi cial El Peruano, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de la Empresa Transmisora Eléctrica Catacaos S.A.C., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME GALVEZ DELGADO Ministro de Energía y Minas 1938717-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban Plan Operativo Institucional (POI) 2021 Anual Modificado Versión 1, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 098-2021-MIMP Lima, 29 de marzo de 2021 VISTOS, el Informe N° D000069-2021-MIMP-OP de la O fi cina de Planeamiento y la Nota N° D000065-2021- MIMP-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias, señala que una de las funciones de los Ministros de Estado es el dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; Que, con Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, entre otros, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y modi fi catorias, se aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, la cual tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional - POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, los literales a) y b) del numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional, señalan como causales de modi fi cación del POI durante su ejecución, la presentación de cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones que estén relacionadas al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; así como la incorporación de nuevas Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas, entre otros, que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI de las entidades; Que, mediante Resolución Ministerial N° 029- 2019-MIMP se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de carácter permanente, la cual tiene como función, entre otras, validar el documento del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional - POI, según lo establecido en el numeral 4.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD y modi fi catorias; Que, con Resolución Ministerial N° 335-2020-MIMP se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) 2021 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2021 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, con Acta N° 001-2021 del 16 de marzo de 2021, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, constituida con Resolución Ministerial N° 029-2019-MIMP, valida la propuesta del Plan Operativo Institucional 2021 Anual Modi fi cado Versión 1 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, el literal a) del artículo 29 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi fi catorias, señala que es función de la O fi cina de Planeamiento de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto dirigir, establecer, supervisar y consolidar el proceso técnico de formulación de los planes estratégicos y operativos, así como coordinar la formulación de los planes nacionales y sectoriales y proyectos del Sector; Que, mediante Nota N° D000065-2021-MIMP- OGPP del 17 de marzo de 2021, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite a la Secretaría General el Informe N° D000069-2021-MIMP-OP de la Ofi cina de Planeamiento, a través del cual se indica que la modi fi cación del POI 2021 realizada por las 3 Unidades Ejecutoras del Pliego 039: MIMP se efectuó en virtud a las causales previstas en los literales a) y b) del numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional, por lo que emite opinión técnica favorable para la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) 2021 Anual Modi fi cado Versión 1 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catoria; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi fi catorias; y la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el “Plan Operativo Institucional (POI) 2021 Anual Modi fi cado Versión 1 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, que en Anexo forma parte de la presente Resolución.