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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2021 (30/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Martes 30 de marzo de 2021 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobar la Directiva Nº 004-2021-EF/43.01, denominada “Lineamientos para la administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley Nº 25650”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución, la misma que entra en vigencia a partir del 1 de abril de 2021. Artículo 2. Derogar, a partir del 1 de abril de 2021, la Resolución Ministerial Nº 416-2014-EF/10 que aprueba los “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley Nº 25650” y la Resolución Ministerial Nº 121-2020-EF/43 que dispuso, de manera excepcional, disposiciones en el marco de la regulación de las contrataciones del personal bajo el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público – FAG y del Personal Altamente Cali fi cado – PAC, mientras dure el Estado de Emergencia Nacional. Artículo 3. Est ablecer que las entidades bene fi ciarias deben presentar a la O fi cina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta el 30 de abril de 2021, la documentación original tramitada en el marco de la Resolución Ministerial Nº 121-2020-EF/43, bajo responsabilidad. Artículo 4. Publicar la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas DIRECTIVA Nº 004-2021-EF/43.01 LINEAMIENTOS PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE APOYO GERENCIAL AL SECTOR PÚBLICO EN EL MARCO DEL DECRETO LEY Nº 25650 1. OBJETOLos presentes Lineamientos tienen por objeto establecer disposiciones que regulan de manera exclusiva las obligaciones que deben cumplir las Entidades receptoras de personas contratadas con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público (en adelante, FAG). Asimismo, se establecen procedimientos que permitan una gestión oportuna y e fi ciente en los procesos de contratación, cumplimiento de las cláusulas contractuales y pago de los honorarios profesionales. 2. BASE LEGAL2.1 Ley Nº 27269, Ley de fi rmas y certi fi cados digitales 2.2 Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 2.3 Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública 2.4 Decreto Ley Nº 25650, Crean el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público 2.5 Decreto de Urgencia Nº 038-2006, que modi fi ca la Ley Nº 28212 y dicta otras medidas 2.6 Decreto de Urgencia Nº 053-2009, que dicta medidas urgentes sobre la administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público y otras disposiciones 2.7 Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014. 2.8 Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil 2.9 Decreto Legislativo Nº 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simpli fi cación administrativa 2.10 Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público 2.11 Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, aprueba Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil2.12 Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 2.13 Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modi fi catorias y conexas, de ser el caso. 3. ALCANCELos Lineamientos son de aplicación obligatoria a todos los intervinientes en la administración del FAG y en los procesos de contratación de personas contratadas con cargo al mencionado Fondo, como son: la Comisión del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, la Unidad Transitoria de Pago constituida en la O fi cina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas (UTP), las Entidades receptoras de personas contratadas con cargo al FAG, lo que incluye a sus Titulares o a los funcionarios que cuenten con la delegación de funciones correspondiente, así como a los Consultores FAG. 4. LINEAMIENTOS GENERALES4.1 Comisión del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público (Comisión FAG) Está integrada por: - El/la Viceministro/a de Economía, quien lo preside. - El/la Viceministro/a de Hacienda.- El/la Secretario/a General de la Presidencia del Consejo de Ministros. - Un representante de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas, quien actúa como Secretario Técnico. Es la encargada de aprobar los lineamientos y otros aspectos necesarios para la administración del FAG. Dichos lineamientos son aprobados a través de resolución ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas y son publicados en su portal institucional. 4.2 Unidad Transitoria de Pago (UTP) constituida mediante Decreto de Urgencia Nº 053-2009 Está constituida en la O fi cina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas. Es la encargada de la atención del pago de la contraprestación y de los otros actos que sean necesarios para la continuidad de la administración del FAG. 4.3 Entidades receptorasSon aquellas entidades que cuentan con un presupuesto mensual asignado para la contratación de personas con cargo al FAG. Se consideran como tales a: - Ministerios del Poder Ejecutivo (19). - Gobiernos Regionales (25).- Programa Gobierno Regional de Lima Metropolitana; y- Contraloría General de la República. 4.4 Consultores FAGPersonas contratadas a través del FAG, en el marco del Decreto Ley Nº 25650. 5. LINEAMIENTOS ESPECIFICOS5.1 Del proceso de selección5.1.1 La selección de cada Consultor FAG es de entera responsabilidad del Titular de la Entidad receptora o del funcionario que cuente con la delegación de las funciones correspondientes. La contratación de Consultores FAG solo puede celebrarse para el desarrollo de asesorías, consultorías