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27 NORMAS LEGALES Martes 18 de mayo de 2021 El Peruano / 040-2014-PCM y modi fi catorias, señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos está conformado por siete (7) subsistemas, de los cuales, el Subsistema de Gestión del Empleo es de fi nido como aquel que incorpora el conjunto de políticas y prácticas de personal destinadas a gestionar los fl ujos de servidores en el referido sistema desde su incorporación hasta su desvinculación; Que, el citado Subsistema de Gestión del Empleo incluye el proceso de Gestión de la Incorporación y Administración de Personas, encontrándose conformado el primero de ellos por la selección, vinculación, inducción y período de prueba de los servidores; Que, de acuerdo con el artículo 172, en concordancia con la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, SERVIR se encuentra habilitado a desarrollar las reglas relativas a la gestión de los procesos de selección en el régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; Que, dentro del marco normativo descrito, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 143-2019-SERVIR/PE se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 001-2019-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión de los procesos de selección en el régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil”; Que, con Informe Técnico Nº 000094-2021-SERVIR- GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos mani fi esta que desde la experiencia de los gestores de los recursos humanos de las entidades que han transitado al régimen del servicio civil y que han organizado concursos públicos de méritos se observó la necesidad de efectuar modi fi caciones y precisiones a la citada directiva, las cuales permitirán mejorar y optimizar la gestión de los procesos de selección; Que, el Consejo Directivo de SERVIR en la Sesión N° 012-2021, del 14 de mayo de 2021, aprobó la propuesta de Directiva, formulada por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, que reemplace la Directiva Nº 001-2019-SERVIR/GDSRH; disponiendo que la Presidencia Ejecutiva emita la Resolución que formalice dicho acuerdo; Con los vistos de la Gerencia General, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, y modi fi catorias; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y modi fi catorias; su Reglamento General aprobado con Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalizar el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva N° 004-2021-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión de los procesos de selección en el régimen de la Ley N° 30057 – Ley del Servicio Civil”, que en anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Formalizar el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se deroga la Directiva N° 001-2019-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión de los procesos de selección en el régimen de la Ley N° 30057 – Ley del Servicio Civil”, cuya aprobación fue formalizada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 143-2019-SERVIR-PE. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Diario O fi cial “El Peruano”; y, en el Portal institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JANEYRI ELIZABETH BOYER CARRERA Presidenta EjecutivaDIRECTIVA Nº 004-2021-SERVIR/GDSRH NORMAS PARA LA GESTIÓN DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN EN EL RÉGIMEN DE LA LEY Nº 30057, LEY DEL SERVICIO CIVIL 1. OBJETIVOLa presente Directiva tiene por objetivo establecer las normas técnicas, métodos y procedimientos de cumplimiento obligatorio en materia de gestión de procesos de selección del régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil. 2. FINALIDADLa fi nalidad de la presente Directiva es establecer las reglas comunes del proceso de selección del régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, para promover que las entidades públicas cuenten con servidores civiles idóneos de acuerdo a los per fi les de puestos, sobre la base de los principios de meritocracia, transparencia e igualdad de oportunidades. 3. BASE LEGAL 3.1. Constitución Política del Perú. 3.2. Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, en adelante la Ley. 3.3. Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley Nº 30057. 3.4. Decreto Supremo Nº 041-2014-PCM, que aprueba el Reglamento Especial para Gobiernos Locales. 3.5. Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil. 3.6. Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 068-2021-SERVIR/PE, que formaliza la aprobación de la Directiva Nº 001-2021-SERVIR-GDSRH “Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del servicio civil”. 3.7. Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 238-2014-SERVIR/PE, que formaliza la aprobación de la Directiva Nº 002-2014-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos en las Entidades Públicas”. 3.8. Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 006-2016-SERVIR-PE, que formaliza la aprobación de la Directiva Nº 001-2016-SERVIR/GPGSC “Reglas y Estructura del Servicio Civil de Carrera de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil”. 3.9. Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 070-2021-SERVIR/PE, que formaliza la aprobación de la Directiva Nº 003-2021-SERVIR/GDSRH, “Elaboración de Cuadro de Puestos de la Entidad”. 3.10. Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 312-2017-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva Nº 004-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos - MPP”. Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modi fi catorias, sustitutorias y conexas, de ser el caso. 4. ALCANCE Se encuentran comprendidas dentro de los alcances de la presente Directiva, las entidades señaladas en el artículo 1 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil. Con excepción de las entidades, carreras especiales y servidores establecidos en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil. 5. DISPOSICIONES GENERALES5.1. De fi niciones 5.1.1. Accesitario: Es el/la postulante que habiendo aprobado todas las evaluaciones del proceso de selección, no alcanzó vacante porque se ubica en el