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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (26/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Martes 26 de abril de 2022 El Peruano / de nulidad de todo lo actuado, por las consideraciones expuestas en el presente pronunciamiento. 2. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVASánchez Corrales Secretario General (e) 1 Con Resolución Nº 0118-2022-JNE, del 24 de febrero de 2022, se resolvió, entre otros, dejar sin efecto, de manera provisional, su credencial otorgada en el cargo de gobernador del Gobierno Regional de Tumbes, en tanto se resuelve su situación jurídica. Convocándose a don José Antonio Alemán Infante, con DNI Nº 00234340, para que asuma, provisionalmente, dicho cargo, otorgándosele la respectiva credencial que lo faculta como tal. 2 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano . 3 Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes, obtenido de: <https://regiontumbes.gob.pe/piloto/documentos/Reglamento%20Interno%20del%20Consejo%20Regional%20del%20Gobierno%20Regional%20Tumbes/Reglamento%20Interno%20del%20Consejo%20Regional%20del%20GRT.pdf> 4 Obra el O fi cio Múltiple Nº 014-2020-GOB.REG TUMBES-CORESEC-P, del 22 de junio de 2020, con el asunto: Invitación a sesión ordinaria virtual del Comité Regional de Seguridad Ciudadana - CORESEC TUMBES. 5 Obra el O fi cio Múltiple Nº 020-2020-GOB.REG TUMBES-CORESEC-P, del 9 de setiembre de 2020, con el asunto: Invitación a sesión ordinaria virtual del Comité Regional de Seguridad Ciudadana - CORESEC TUMBES. 6 Obra el O fi cio Múltiple Nº 028-2020-GOB.REG TUMBES-CORESEC-P, del 21 de octubre de 2020, con el asunto: Invitación a sesión ordinaria virtual del Comité Regional de Seguridad Ciudadana - CORESEC TUMBES. 7 Obra el O fi cio Múltiple Nº 030-2020-GOB.REG TUMBES-CORESEC-P, del 19 de noviembre de 2020, con el asunto: Reprogramación de sesión ordinaria virtual del Comité Regional de Seguridad Ciudadana - CORESEC TUMBES. 8 Obra el O fi cio Múltiple Nº 032-2020-GOB.REG TUMBES-CORESEC-P, del 7 de diciembre de 2020, con el asunto: Invitación a sesión ordinaria virtual del Comité Regional de Seguridad Ciudadana - CORESEC TUMBES. 2060839-1 Revocan acto de inscripción de renuncia y declaran restablecida la condición de afiliado de ciudadano a la organización política Movimiento Regional Unidad Cívica Lima RESOLUCIÓN Nº 0410-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022002945 YAUYOS - LIMADNROPAPELACIÓN Lima, doce de abril de dos mil veintidósVISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don José Luis Medina Saavedra (en adelante, señor recurrente) en contra del acto de inscripción de su renuncia como afi liado a la organización política Movimiento Regional Unidad Cívica Lima, que aparece en el Sistema del Registro de Organizaciones Políticas (SROP), efectuada por la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP). PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. Mediante el escrito presentado virtualmente el 25 de febrero de 2022, registrado a nombre del señor recurrente, se solicitó ante la DNROP su renuncia de afi liación política al Movimiento Regional Unidad Cívica Lima. 1.2. En atención a ello, la DNROP cambió el estado de a fi liación del señor recurrente, procediendo con la anotación de renuncia, la cual aparece en el sistema de consulta detallada de a fi liación e historial de candidaturas del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), ubicada en el portal electrónico institucional <www.jne.gob.pe>, en el enlace SROP 1. SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS2.1. El 18 de marzo de 2022, el señor recurrente presentó recurso de apelación en contra de la mencionada inscripción de renuncia, a fi n de que se declare la nulidad del acto administrativo que declaró procedente su desa fi liación, por los siguientes argumentos: a) El 3 de octubre de 2021 se a fi lió a la organización política Movimiento Regional Unidad Cívica Lima, en cuyas actividades participa de manera continua y organizada. b) Al realizar la consulta de a fi liación en línea, se dio con la sorpresa de que se había registrado su renuncia a la mencionada organización política; sin embargo, dicha renuncia fue ingresada el 25 de febrero de 2022 por un tercero cuya identidad no conoce, sin que se haya consignado el número de expediente que dio origen a su tramitación. c) La solicitud de renuncia en cuestión no fue elaborada ni presentada de manera presencial o virtual por él, sino que se cometió suplantación de su identidad, falsifi cación de fi rmas y otros ilícitos penales. d) En vista de ello, el 15 de marzo de 2022, presentó la denuncia correspondiente ante la Comisaría de la Policía Nacional de Perú en Cotabambas. e) Se está vulnerando su derecho a la libertad de asociación y a la asociación con fi nes políticos, además de su derecho a participar en la vida política, reconocidos en los numerales 13 y 17 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, respectivamente, y en los artículos 31 y 35 del mismo cuerpo normativo. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. Los numerales 13 y 17 del artículo 2 determinan: Artículo 2.- Derechos fundamentales de la persona Toda persona tiene derecho: [...] 13. A asociarse y a constituir fundaciones y diversas formas de organización jurídica sin fi nes de lucro, sin autorización previa y con arreglo a ley. No pueden ser disueltas por resolución administrativa. […]17. A participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación. Los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de elección, de remoción o revocación de autoridades, de iniciativa legislativa y de referéndum. 1.2. El artículo 31 menciona lo siguiente: Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos mediante referéndum; iniciativa