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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (02/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Martes 2 de agosto de 2022 El Peruano / ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Índice de reajuste diario a que se refiere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, correspondiente al mes de agosto de 2022 CIRCULAR Nº 0019-2022-BCRP Lima, 1 de agosto de 2022El índice de reajuste diario, a que se re fi ere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de agosto es el siguiente: DÍA ÍNDICE DÍA ÍNDICE 1 10,53140 17 10,58243 2 10,53458 18 10,585633 10,53777 19 10,588824 10,54095 20 10,592025 10,54413 21 10,595226 10,54732 22 10,598427 10,55051 23 10,60163 8 10,55369 24 10,60483 9 10,55688 25 10,60803 10 10,56007 26 10,61124 11 10,56326 27 10,61445 12 10,56646 28 10,6176513 10,56965 29 10,6208614 10,57284 30 10,6240715 10,57604 31 10,6272816 10,57923 El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el artículo 1235º del Código Civil. Se destaca que el índice en mención no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al día del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolución judicial (artículo 1236º del Código Civil, en su texto actual consagrado por la Ley No. 26598). EDUARDO TORRES LLOSA VILLACORTA Gerente General 2091236-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para participar en evento a realizarse en España UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº CU-163-2022-UNSAAC Cusco, 13 de julio de 2022EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el O fi cio Virtual Nº 496-2022-VRIN-UNSAAC, signado con el Expediente Nº 417650, presentado por el DR. LEONCIO ROBERTO ACURIO CANAL, Vicerrector de Investigación de la Institución, solicitando Licencia Ofi cializada, pasajes y viáticos para estancia de carácter internacional en Madrid – España a la Mgt. Yeshica Isela Ormeño Ayala responsable del proyecto de investigación “APLICACIÓN DE LA INGENIERÍA DE REQUISITOS A LOS PROYECTO DE INVESTIGACIÓN DE LA UNSAAC EN DESARROLLO SOFTWARE Y USO DE TICS”; y, CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio Nº 002-2022-AINGREQ- UNSAAC la Docente Mgt. Yeshica Isela Ormeño del Departamento Académico de Ingeniería Informática, de la Facultad de Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Informática y Mecánica de la UNSAAC, solicita Licencia Ofi cializada, pasajes y viáticos para estancia de carácter internacional en Madrid – España para llevar a cabo actividades plani fi cadas en torno al proyecto de investigación previsto en el Plan Operativo del Proyecto 016-2018-FONDECYT-DE: “APLICACIÓN DE LA INGENIERÍA DE REQUISITOS A LOS PROYECTO DE INVESTIGACIÓN DE LA UNSAAC EN DESARROLLO SOFTWARE Y USO DE TICS” desde el 29 de agosto al 26 de setiembre del año 2022; Que, mediante Contrato Nº 021-2018-UNSAAC celebrado por FONDECYT y la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco, precisa que con Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 016-2018-FONDECYT-DE de fecha 02 de febrero 2018 la UNSAAC resultó bene fi ciaria del fi nanciamiento de la Convocatoria del Esquema Financiero E041-2017-UNSAAC-02 denominado “Proyectos de Investigación”; Que, con Resolución Nº R-0395-2018-UNSAAC de fecha 21 de marzo de 2018 se aprueba el presupuesto en la suma de S/. 300,000.00 (Trescientos mil con 00/100 soles) para ejecución de gastos del Proyecto de Investigación Tipo Aplicada Intermedio titulado: “APLICACIÓN DE LA INGENIERÍA DE REQUISITOS A LOS PROYECTO DE INVESTIGACIÓN DE LA UNSAAC EN DESARROLLO SOFTWARE Y USO DE TICS” bajo la responsabilidad de la Mgt. Yeshica Isela Ormeño; Que, mediante Resolución Nº R-114-2022-UNSAAC de fecha 21 de febrero de 2022 se amplía el plazo de los Esquemas Financieros 20117-1 y 2017-2, Proyectos de Investigación y Tesis de Pre y Posgrado en el Maco del Convenio Especí fi co CONCYTEC-UNSAAC-FONDECYT de las Convocatorias 2017-1 y 2017-2, a partir del día siguiente de la emisión de la presente resolución conforme a los plazos establecidos en el referido cuadro de manera de fi nitiva, a favor de los referidos Esquemas Financieros y con las acciones administrativas del caso de los responsables docentes y estudiantes; Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, está vigente la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; especialmente la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nº 27619, Reglamentado por el D.S. Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fi nes; Que, al respecto el Art. 1º de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante Resolución de la más alta autoridad; asimismo el Art. 3 de la referida Ley señala que las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, conforme a lo señalado la Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, expide la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota Nº 01596 indicando la afectación presupuestal para atender lo solicitado, conforme aparece en el Anexo que forma parte de la presente resolución. Que, la petición formulada ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en Sesión