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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (02/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 101

101 NORMAS LEGALES Viernes 2 de diciembre de 2022 El Peruano / 1.5. El artículo 1 establece que, sobre la base del presente reglamento, las municipalidades provinciales deben elaborar y aprobar mediante ordenanza municipal los reglamentos respectivos sobre la materia. 1.6. El artículo 15 señala: Artículo 15.- Impedimentos para ser candidato Resultan aplicables los impedimentos contemplados en la Constitución Política del Perú y en el artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales . Tampoco pueden ser candidatos los miembros del COEL [resaltado agregado]. En el Decreto de Alcaldía Nº 0010-2022-A/MPMN1.7. A través de este decreto de alcaldía, el Concejo Provincial de Mariscal Nieto, actualiza el cronograma electoral de las Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados de la provincia de Mariscal Nieto, para el periodo 2023 - 2026, a llevarse a cabo el 6 de noviembre de 2022. En la Ordenanza Municipal Nº 017-2022-MPMN, que aprueba el Reglamento para las Elecciones de autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Mariscal Nieto 2 1.8. El Articulo 8 de la Ley N° 26864 señala: Artículo 13.- Impedimentos para ser candidato 8.1. Los siguientes ciudadanos:[…]e) Trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado, el personal de la municipalidad del centro poblado, de la municipalidad distrital y de la municipalidad provincial de la jurisdicción, cualquiera sea su condición laboral, salvo que hayan solicitado licencia sin goce de haber a su cargo con una anticipación de treinta (30) días al día de las elecciones. En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones 3 (en adelante, Reglamento sobre la Casilla Electrónica) 1.9. El artículo 16 contempla: Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. […] SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, con el O fi cio Nº 1153-2022-A/MPMN, el señor alcalde informó que el 5 de agosto de 2022, el señor regidor presentó ante el Concejo Provincial de Mariscal Nieto su solicitud de licencia sin goce de haber desde el 6 de octubre al 6 de noviembre de 2022, debido a su intención de participar como candidato en las Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados de la provincia de Mariscal Nieto. 2.2. Dicha solicitud de licencia sin goce de haber fue concedida por los miembros del Concejo Provincial de Mariscal Nieto en la sesión ordinaria del 17 de agosto de 2022, formalizada luego mediante el Acuerdo de Concejo Nº 041-2022-MPMN, por el periodo comprendido desde el 6 de octubre al 6 de noviembre del presente año.2.3. Sobre el particular, en atención a lo señalado en la Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados (ver SN 1.4.) y el Reglamento Marco para las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de 2022 (ver SN 1.6.), en concordancia con la LEM (ver SN 1.1.), el periodo de licencia que deben solicitar los trabajadores y funcionarios de la municipalidad es de treinta (30) días calendarios antes del día de la elección , por lo que la licencia deberá abarcar desde el 7 de octubre al 6 de noviembre de 2022. 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del mencionado concejo provincial y de acuerdo con lo establecido en la LOM (ver SN 1.3.), corresponde que este órgano electoral convoque a don Alex Yoel Calizaya Cuayla, identi fi cado con DNI Nº 45565069, candidato no proclamado de la organización política Unión por el Perú, para que asuma temporalmente el cargo de regidor de dicho concejo provincial. 2.5. Dichas convocatorias se realizan conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas de la provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, del 29 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Mariscal Nieto, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse, según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, la credencial otorgada a don Fidel Quispe Belizario, regidor del Concejo Provincial de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, por el periodo comprendido desde el 7 de octubre hasta el 6 de noviembre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados de la provincia de Mariscal Nieto 2022. 2. CONVOCAR a don Alex Yoel Calizaya Cuayla, identi fi cado con DNI Nº 45565069, candidato no proclamado de la organización política Unión por el Perú, para que asuma temporalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, por el periodo comprendido desde el 7 de octubre hasta el 6 de noviembre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021- JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Aprobado por la Resolución Nº 0362-2022-JNE, publicada el 6 de abril de 2022 en el diario o fi cial El Peruano. 2 http://www.munimoquegua.gob.pe/ 3 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2130779-1